ÁREA:
DERECHO PROCESAL CIVIL
LÍNEA:
PROCESO ABREVIADO
En la presente entrada le
ofrecemos el modelo de una demanda judicial de tercería de propiedad, en otra
oportunidad ofreceremos una demanda de tercería de derecho preferente. Advertimos que
la presente demanda se refiere a hechos ficticios y sirve de referencia para su
ampliación y mejora por los usuarios. Asimismo, en la elaboración de la
presente demanda hallamos problemas en establecer al Juez competente, habiendo
justificado nuestra presentación de demanda ante el juez que tramita el proceso
principal en el pie de página respectivo, también hallamos problemas en
determinar el petitorio de la demanda, siendo que el mismo lo justificamos a
través de los pies de página, puede agregarse o modificarse este petitorio, lo
importante es la esencia de la pretensión. Esperamos les sea de utilidad.
(AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo
de demanda judicial de tercería de propiedad
EXPEDIENTE : (número del Expediente principal)
ESPECIALISTA : (Especialista del Expediente Principal)
ESCRITO : 01-2013
SUMILLA : Demanda de Tercería de Propiedad
SEÑOR
JUEZ DEL (indicar el juzgado que conoce del proceso principal)[1]
JUAN RAMOS ALCOCER,
con DNI 40661255, con domicilio real en (…), señalando domicilio procesal en (…);
a Ud. respetuosamente, digo:
I.-
DE LOS DEMANDADOS Y SU DIRECCIÓN DOMICILIARIA[2]
1.- JOSÉ ROSAS BARRIOS,
demandante en el proceso principal, a quien se le deberá de notificar en (…)
2.- RAUL AMESQUITA EGUREN,
demandado en el presente proceso, a quien se le deberá de notificar en (…)
II.-
OPORTUNIDAD
El Artículo 534 del CPC establece que “La tercería de propiedad puede interponerse
en cualquier momento antes que se inicie el remate del bien.” En el
presente caso, la tercería se interpone antes de que se remate el bien de mi
propiedad.
III.-
PETITORIO
Como
pretensión principal, interpongo demanda de tercería de
propiedad para que se disponga la suspensión del proceso civil Expediente
Judicial (…) que se encuentra en etapa de ejecución, siendo que existe
resolución judicial (…) que ordena la venta del bien inmueble consistente en la
Casa Habitación ubicada en (…) con ficha registral (…)[3]
y, como consecuencia:
Como primera pretensión accesoria,
solicito se reconozca mi derecho de propiedad respecto del bien inmueble
consistente en la Casa Habitación ubicada en (…) con ficha registral (…) en
oposición a los litigantes del presente proceso principal[4]
Como segunda pretensión accesoria,
solicito se deje sin efecto la medida cautelar de embargo en forma de inscripción
dictada por Resolución (…)[5]
IV.-
FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- Quien presenta la presente
demanda de tercería de propiedad, es propietario del bien inmueble consistente
en la Casa Habitación ubicada en (…) con ficha registral (…), tal como se puede
verificar de la PARTIDA REGISTRAL Nro. (…) emitida por la Oficina Registral de
Moquegua.
2.- Es del caso, que en
dicha partida registral se verifica como propietario actual a mi persona, este
documento constituye un documento público de fecha cierta que acredita mi
derecho de propiedad, a esto se suma que adjunto a la presente copia legalizada
de la Escritura Pública de Compraventa de (…) que acredita la compra de dicho
bien inmueble en la ciudad de Moquegua.
3.- En estas
circunstancias, en el presente proceso principal se ha dictado medida cautelar
de embargo respecto de un bien inmueble de mi propiedad utilizando una Ficha
Registral emitida por la Oficina Regional de Registros Públicos de Arequipa en
donde aparentemente se hace constar como propietario del bien inmueble al Sr (…) demandado en el presente
proceso.
4.- De esta manera, he tomado conocimiento de
este proceso principal por medio de una notificación dejada por debajo de la
puerta en esta mi propiedad, la cual recién tomo conocimiento debido a un viaje largo realizado al Norte del
Perú en la ciudad de Tumbes, donde también tengo otro bien inmueble.
5.- Dentro de este
contexto, solicito se declare fundada la presente demanda.
V.-
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La presente demanda tiene
como fundamento de derecho lo previsto en el Artículo 533 del Código Procesal Civil (CPC) que indica “La tercería se entiende con el demandante y
el demandado, y sólo puede fundarse en la propiedad de los bienes afectados
judicialmente por medida cautelar o para la ejecución; o en el derecho
preferente a ser pagado con el precio de tales bienes.” En el presente
caso, acredito que soy propietario del bien materia de embargo.
VI.-
VÍA PROCEDIMENTAL
El artículo 486, inciso 5
del CPC establece que “Se tramitan en
proceso abreviado los siguientes asuntos contenciosos: (…) 5.- Tercería.”,
razón por la cual el presente proceso se tramita en la vía del proceso
abreviado.
VII.-
MONTO DEL PETITORIO
Debido a la naturaleza de
la pretensión no es cuantificable en dinero.
VIII.-
REQUISITO ESPECIAL DE ADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA
El Artículo 535 del CPC establece que “La demanda de tercería no será admitida si
no reúne los requisitos del Artículo 424 y, además, si el demandante no prueba su derecho con documento público o
privado de fecha cierta, en su defecto, si no da garantía suficiente a
criterio del Juez para responder por los daños y perjuicios que la tercería
pudiera irrogar.”
De esta manera, como medio
de prueba y anexo a la presente demanda presentó:
1.-
Ficha Registral de la Oficina de Registros Públicos de Moquegua, documento
público de fecha cierta que acredita mi derecho de propiedad sobre el bien
embargado.
2.-
Escritura Pública de Compraventa del bien embargado, documento público de fecha
cierta que sustenta la inscripción en Registros Públicos.
De esta manera, para el
presente caso no es necesario otorgar garantía suficiente, salvo que el Juez
considere lo contrario.
IX.-
MEDIOS PROBATORIOS
1.- Original de la Ficha
Registral de la Oficina de Registros Públicos de Moquegua, documento público de
fecha cierta que acredita mi derecho de propiedad sobre el bien embargado.
2.- Copia Legalizada de Escritura
Pública de Compraventa del bien embargado, documento público de fecha cierta
que sustenta la inscripción en Registros Públicos.
3.- Cedula de Notificación
y anexos con lo que acredito porque tomé conocimiento del presente proceso
4.- Constancia que
acredita que vivo en la ciudad de Tumbes.
X.-
ANEXOS
1-A Copia de Documento
Nacional de Identidad
1-B Original de la Ficha
Registral de la Oficina de Registros Públicos de Moquegua, documento público de
fecha cierta que acredita mi derecho de propiedad sobre el bien embargado.
1-C Copia Legalizada de Escritura
Pública de Compraventa del bien embargado, documento público de fecha cierta
que sustenta la inscripción en Registros Públicos.
1-D Cedula de Notificación
y anexos con lo que acredito porque tomé conocimiento del presente proceso
1-E Constancia que acredita que vivo en la ciudad
de Tumbes.
POR
LO EXPUESTO:
A UD. pido admitir a
trámite la presente demanda.
Arequipa, 12 de julio de 2013
[1]
El artículo 100 del CPC establece que “Puede intervenir en un proceso quien
pretende se le reconozca su derecho en oposición a los litigantes, como
consecuencia de alguna medida cautelar ejecutada sobre un bien de su propiedad
o sobre el cual tuviera un mejor derecho que el titular de la medida cautelar.”
Como se verifica la intervención es un proceso, por lo que la tercería se
presentará ante el mismo Juez que conoce del proceso principal, no siendo
posible generar un nuevo proceso.
[2] El artículo 533 del CPC establece que “La
tercería se entiende con el demandante y el demandado (…)” se entiende del
proceso principal.
[3]
Esto es conforme a lo previsto en el
art. 536 del CPC que establece “Admitida la tercería de propiedad, se
suspenderá el proceso si estuviera en la etapa de ejecución, aunque esté
consentida o ejecutoriada la resolución que ordena la venta de los bienes (…)”
[4] Esto es conforme a lo previsto en el art. 100
del CPC que establece “Puede intervenir
en un proceso quien pretende se le reconozca su derecho en oposición a los
litigantes, como consecuencia de alguna medida cautelar ejecutada sobre un bien
de su propiedad o sobre el cual tuviera un mejor derecho que el titular de la
medida cautelar.”
[5]
Estando a que la tercería de propiedad puede ser considerada como una oposición
a una medida cautelar consideramos oportuno utilizar la terminología prevista en
el último párrafo del art. 637 del CPC que establece “De ampararse la
oposición, el juez deja sin efecto la medida cautelar.”
Me ha servido... gracias por compartir... en relacion a todo su blogs...
ResponderEliminarMuchas gracias, seguiré trabajando en esto
EliminarGracias José María, inestimable trabajo para el País, busqué una de mejor derecho de propiedad, pero no encontré. Saludos.
ResponderEliminarBueno espero luego colocar una demanda de mejor derecho de propiedad, gracias por el comentario
EliminarMuy buena, puntual.
ResponderEliminarorienta al litigante precisar la pretensión, excelente
ResponderEliminaryo kiero una demanda sobre terceria de propiedad sobre mueble (vehiculo)
ResponderEliminaryo kiero una demanda sobre terceria de propiedad sobre mueble (vehiculo)
ResponderEliminarcomo sera la contestación de dicha demanda
ResponderEliminarMUCHAS GRACIAS... ME HA SERVIDO.
ResponderEliminarmuchas gracias... no sabes cuanto me ayudo.
ResponderEliminarGracias por el modelo me sirvió de mucho! Quisiera saber si me podian ayudar con una demanda de terceria de derecho preferente por favor, gracias
ResponderEliminarGracias me sirvió de mucho
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