ÁREA: DERECHO LABORAL PRIVADO.
LÍNEA: DISCIPLINA
El Memorandum constituye un documento de comunicación rápida entre el empleador y sus trabajadores, constituye un documento interno para hacer efectivo el poder de dirección del empleador. En esta entrada le ofrecemos, un modelo de Memorandum de amonestación escrita dirigida a un trabajador. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y CESAR ALEJANDRO SANTA MARÍA)
Modelo de Memorandum de Amonestación escrita
Memorandum (indicar numeración)
Arequipa, 03 de agosto de 2012.
DE : GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
A : (Indicar el nombre del trabajador)
MOTIVO : Amonestación escrita.
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Por medio de la presente nos dirigimos a Ud. para manifestarle nuestra decisión de formularle amonestación escrita por la actitud asumida por su persona el (indicar la fecha de comisión de la falta) al haber incurrido en tardanza reiterativa, por tercera vez, en el curso de este mes calendario.
La conducta descrita se encuentra tipificada en el artículo (…) de nuestro Reglamento Interno de Trabajo así como nuestra decisión se encuentra debidamente sustentada en el artículo 9 del Decreto Supremo 003-97-TR Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
Copia de esta comunicación va a su archivo personal para los efectos legales pertinentes.
FIRMA Y SELLO.
BUENOS DATOS SI PUDIERAN COLGAR MAS MODELOS SERIA EXCELENTE MAS SI SON MODELOS DE ENTIDADES PUBLICAS.
ResponderEliminarOk. Colgaremos mas modelos para facilitar los conocimientos en la Adminsitración pública
EliminarEstimado José,
EliminarDesearía saber como puedo responder un Memorándum injusto debido a que por desconocimiento y falta de un MOF en la empresa, se omitió el trámite de unas facturas anuladas y siendo responsabilidad de otra área (CONTABILIDAD) me la atañen a mí (JEFE DE MARKETING). Favor si podria enviarme un formato cortés como puedo deslindar mi responsabilidad, agradecería tu tiempo y atención.
Hola excelente blog
ResponderEliminaruna consulta como hago si no tengo reglamento interno de trabajo y mi trabajador tienes faltas reiterativas.
saludos
raul
Cursa el memorandum de llamada de atención, que no tengas reglamento no significa que tus trabajadores puedan hacer lo que les da la gana, sin reglamento se recurre a la Ley emitida por el congreso en este caso al Decreto Supremo 003-97-TR, ARTÍCULO 23, 24 Y 25, HASTA LUEGO
EliminarQue efectivo ha sido encontrar este blog y la interacción que nos permites. Apoyo la idea de poder colocar más modelos de memos, sería muy aportativo, gracias.
EliminarGuisella C.
Y si el trabajador se retira de manera injustificada del centro laboral, luego de haber faltado verbalmente a su supervisor, puedo ampararme en el articulo 25 del DS 003-97 para hacerle la llamada de atencion
EliminarSi puedes amparar la llamada de atencion en este artíuclo, si no tiene reglamento interno de trabajo, en todo caso, dentro de la facultad directriz del empleador esta la de imponer las sanciones que estime pertinentes, el artìuclo 25 establece que si se comete una falta grave se puede pasar al despido, por lo que si el empleador considera que la falta grave no amerita despido el puede graduar la sanción
Eliminarmis trabajadores se toman mas de su tiempo de comida, ademas de que realizan otras actividades que no son las del trabajo, y no tengo reglamento interno, como puedo redactar una amonestacion
ResponderEliminarhola, quiero saber cuantos dias tengo de plazo para hacer un informe o un descargo en una entidad publica (colegio)
ResponderEliminarEs mejor que lo hagas dentro del tercero dìa, la ley establece que soncinco dìas pero no corras riesgos. Verifica que ellos no te hayan establecido un plazo
EliminarTengo una trabajadora, el dia viernes llego tarde, se le llamo la atencion y en respuesta se fue del centro laboral sin permiso ni justificacion, esto fue a las 9:00 am
EliminarEl lunes trajo una constancia simple de atencion medica con hora de atencion 1:30 pm, como calculo su pago, le puedo descontar las horas no trabajadas
Estando a que el dia viernes la trabajadora se fue sin justifiación, puesto que pudo solicitar un permiso o indicar que se encontraba mal de salud, es posinle descontar las horas no laboradas
EliminarHola desearia pudiesen colgar un memo sobre faltas a un reglamento interno de una empresa. agradezco ya de antemano por la ayuda y su blog.
ResponderEliminarMartin
Buenas tardes, mi consulta es porque un compañero de trabajo es una persona conflictiva en el cual le gusta faltar el respeto con palabras ofensivas o mandando indirectas en horario de trabajo mas que nada con las mujeres, aun ni sikiera saluda, hace poco en horario de trabajo se peleo por mensjs de texto con una señora que tenia muchisima confianza y a hecho entender a los grtes que tenia una relación mas que amical, enviando mensj al celular de esta persona, difamando y diciendo calificativos despreciativos y de forma no adecuada aun con palabras soesas del personal en el cual el labora, que se podria ser?
ResponderEliminarSi son varios los trabajadores afectados hagan un memorial al Jefe o propietario de la empresa para que ponga las cosas en su lugar.
EliminarMe cursaron un memorándum suspendiéndome 3 días no especificaban si era con goce o sin goce, lo respondí pero no trabaje esos días de suspensión, luego me llegó una carta de pre-aviso de despido me dieron 6 días para mi descargo mientras duraba el proceso de despido, lo respondí en el mismo extremo que se hizo con el memo inicial, han pasado 10 días y a la fecha sigo laborando no me han dicho nada, se supone que no pudieron echarme por no contar con pruebas de que yo había propiciado una gresca en la celebración por el día del trabajador en el local donde laboro mas aun si hubo una turba de trabajadores que agredió a todo el que se encontraba presente, acusación que no ha podido probar la empresa y a la fecha no se tiene respuesta, ¿Qué debo hacer para que retiren el memorándum y no vaya a mi archivo laboral y no me descuenten en caso lo quieran hacer?, les agradezco de antemano y felicitaciones por la ayuda social que extienden a través de este blog, éxitos y bendiciones.
ResponderEliminarla verdad en estos casos es importante, llevar el caso al ministerio de trabajo. y ahi te daran mayores detalles para hacer la denuncia. y para ello hay indemnización.
EliminarSaludos.
La empresa para la que laboro es privada y la ley que aplicaron para enviarme la carta de pre-aviso judicial fue el D.L.728 ley de productividad y competitividad laboral, información que estaba obviando. Nuevamente gracias por la respuesta.
ResponderEliminaranonimo 24 de mayo del 2013
ResponderEliminares muy didactico los modelos especialmente para los que estamos empesando a elaborar estos escritos como estudiantes de derecho y por favor si nos pueden ilustrar cuales son los pasos que se debe seguir en un proceso no contencioso administrativo
Por Favor indique me que debo hacer frente a un trabajador que laboro el día sábado e estado de embriaguez y anteriormente a tenido 2 atrazos;le hago un memo y luego que hago lo llevo al MRL?
ResponderEliminarQue puedo hacer si tengo un trabajador que lleva solo unm mes trabajando, tiene contrato por un año pero lo despido, puede ponerme una demanda
ResponderEliminarMucho cuidado si el contrato de trabajo es uno sujeto a modalidad o a plazo fijo entonces si despides te pueden demandar por una indemnizaciòn por despido arbitrario
Eliminarputto blok del carojo ctm .i.
ResponderEliminarme levantaron un acta circunstanciada de manera injusta, aludiendo que asumo mala actitud y que deje un trabajo inconcluso, en el se acuerda que de reincidir, se realizaran los procedimientos administrativos correspondientes, quiero hacer un memorandum diciendo que algunas conductas de mis compañeros obstaculizan mi trabajo, pero temo que el hostigamiento incremente, que puedo hacer, ayudenme por favor
ResponderEliminarTe sugerimos que realices una carta muy protocolar y repetuosa de descargos, por ejemplo:
EliminarArequipa, 31 de agosto de 2013
Señores (...)
Presente.-
Previo atento saludo a su persona y conocedor de su alto espíritu altruista, le pido se sirva dejar sin efecto el acta de fecha tal (..) o en su caso se tenga en cuenta a manera de descargos lo siguiente:
1. La presnte no cosntituye ninguna forma de afectar el normal funcionamiento de la empresa ni mucho menos causar malestar en la gestión de la empresa
2.- Sin embargo, me preocupa sobre manera la posible posterior inicio de procedimeitnos en mi contra, esto debido a que mi responsbilidad no es al ya que mi conducta se debe a la falta de ayuda y mas bien obstáculo de algunos compañeros que me no permiten la realización de mis actividades.
(...)
Sin otro particular quedo de Ud. esperando se de la atención correspodneitne a la presente.
Atentamente
Esta carta puedes presentarla con las modificaciones que desees y a fin de no dejar al aire una futura sancio y se alegue que no dijo nada en su oportunidad.
Un saludo cordial de su buen vecino,
José María Pacori Cari
super interesante, gracias por toda la info
ResponderEliminarsi una empresa por error paga demás las remuneraciones de los trabajadores en cantidades que exceden de los 300 nuevos soles mensuales y llegan hasta los 500 soles mensuales a cada trabajador por error, el hecho que luego les descuenten 50 mensuales y les regularicen sus haberes en las cantidades que habitualmente les pagaban ¿es correcto teniendo en cuenta que el error de cálculo no origina derecho y que el descuento por la rectificación no pone en peligro su subsistencia puesto que ganan mucho más del ingreso mínimo?
ResponderEliminarEn el internet puedes encontrar una jurisprudencia del Tribunal Constitucional que indica que el error no genera derecho, esta situación sustentaria la regularización de remuneraciones.
EliminarUn cordial saludo de su buen vecino
José María Pacori Cari
olvidaba decir que el error se cometió durante dos meses
ResponderEliminarBuenos dias se puede despedir a un empleado porque se le encontro rovando en otra tienda del mismo centro comercial en donde labora en horario de trabajo el monto de lo sustraido es de menos de 10.00 soles.
ResponderEliminarinmediatamente procedi a informar a mi supervisor y al igual que yo coincidimos que se retirara inmediatamente del establecimiento y que espere por su sueldo y liquidacion.
esto sucedio antes que salga de vacaciones, durante mis vacaciones vinieron los supervisores del area de inventarios
y segun los otros vendedores afirmaron que el excolaborador se hacerco a hablar con ellos afirmando que habia sido injusto con el y una serie de calificativos hacia mi persona,mi otro personal se a indignado al escuchar esto y posteriormente me informaron de lo sucedido, la empresa me a dado su apoyo ya que conocen mi forma de trabajar ya se le pago todo lo que le correspondia, pero quisiera saber si es la forma de proceder durante un caso similar o que otras soluciones me podria brindar para una proxima vez.
muchas gracias y esta muy bueno su blog, felicitaciones.
En principio se debio de seguir el procedimeinto de despido previsto en la ley, para luego proceder a su despido por falta grave, sin embargo a fin de no perjudicarlo seguiste un proceso distinto que no esta mal pero al final el trabajador no comprendio la magnitud del problema, no esta mal este proceder, sin embargo respecto de lo que ha hablado podrias cursarle una cara notarial indicandole que el proceder de la empresa fue para evitarle perjuicios en la busqueda de otro empleo puesto que se pudo emitir un certificado de trabajo negativo, y que de seguir en esta situación se procedera legamente a través de una querella por injuria y a una indemnización
Eliminarme olvide mencionar que para ayudarlo que se le pague se dio la opcion de precentar su carta de renuncia de manera voluntaria.
ResponderEliminarBuenas tardes. Estamos interesados en saber si el sistema de trabajo de 20x10 es legal. Se trata de una empresa minera que desea implementar el sistema de 20 dias laborados por 10 de descanso. De ser asi, como deberia especificarse esta jornada laboral en un contrato de trabajo por obra.
ResponderEliminarGracias por la posibilidad de atender nuestras consultas.
Bueno revise la constitución y la Ley de descansos remunerados, pues se establece que se trabaja 48 horas semanales y se tiene derecho a un descanso semanal, la no observacia de sta norma puede ser observada por el inspector de trabajo, asimismo debe de tenerse en cuenta que los derechos laborales son irrenunciables
Eliminarme puede ayudar con un memo para un trabajador que envia remplazo, y todavia es menor de edad. gracias
ResponderEliminarTe ayudo con el contenido del memo, porque la forma la encuentras en el blog
Eliminar"Por medio de la presente se le recuerda lo siguiente:
a.- Conforme al art. 42 del Código Civil tiene plena capacidad de ejercicio las personas que hayan cumplido 18 años de edad, por lo que Ud. no puede enviar para reemplazo en su trabajo a un menor de edad por cuanto el mismo no tiene capacidad de ejercicio.
b.- Conforme al art. 5 del Decreto Supremo 003-97-TR "Los servicios para ser de naturaleza laboral, deben ser prestados en forma personal y directa sólo por el trabajador como persona natural." Por lo que Ud. no puede enviar un reemplazo en las labores que debe de ejecutar de manera personal y directa
Dentro de este contexto se (indicar si lo amonesta por escrito, lo suspende o en su caso advierte que no vuelva a realizar la actuación)
Atentamente,
Hola, una colaboradora de mi área contestó un correo a una de las coordinadoras de otra área el cual se torna un poco irrespetuoso, aunque sin usar palabras inmorales, Esta compañera no es muy aceptada por la dirección y ahora me están obligando a enviarle una carta de amonestación por irrespeto, yo no la quiero perjudicar, pero tengo que hacerla, cual es la mejor forma de hacerlo?
ResponderEliminarLa amonestación es una sanción por una falta leve y es preferible a que te indiquen que impongas una suspensión o un despido. En todo caso, debes de tener en cuenta que la amonestación no necesariamente es escrita sino también verbal, por lo que puedes hacer uso de esta amonestación
Eliminarhola buen día.
ResponderEliminarQuería hacerles una consulta. Esto se trata sobre un amigo muy querido al cual lo suspendieron del trabajo porque le hallaron viendo tv con un contenido supuestamente inmoral en horas de trabajo, bueno la suspensión es sin goce de haber, le indicaron que firmaría en el lapso de la suspensión un memo, ahora ese memo, indica que esta persona estuvo cometiendo actos inmorales y en horas de trabajo. Él no firmó dicho documento, y dijo que presentaría su carta de renuncia para no verse afectado por dicha acusación (acusación grave). La consulta es, "ese memo que se redacto que pasa con este queda anulado, en que estado queda?", y le aceptarán la carta de renuncia sin que se cumpla el plazo establecido de un mes para retirarse del centro de trabajo?, otra consulta, y si uno no firma un memo el empleador de que manera podría proceder?
ESPERO SU RESPUESTA MUCHAS GRACIAS.
Es un super blog el que tienen ustedes. Super interesante, Felicitaciones.
El memo es un acto unilateral del empleador que en algunos casos sirve para imponer sanciones, sación que no puede ser la de despido, puesto que en este ultimo caso se envia una carta de pre aviso de despido. Asi que el memo existe pero no tiene eficacia, para que el memorando tenga eficacia debe ser notificado al trabajador, y la forma de acreditar que el trabajador fue notificado es con su firma, si no quiere firmar el trabajador el empleador puede enviar el memo a través de un notario quien ira a la casa y certificra si se niegan a recibir si se deja debajo de la puerta o si se recibe, esta situación hecha por el notario tiene validez y el memo adquiere efecto que significa que se hace lo que el memo dice. Ahora, si presenta su carta de renuncia por ley se hace treinta días antes, siendo que el trabajador puede solicitar en la misma carta la exoneración de etos treinta días si el empleador no contesta sobre esta exoneración se entiende que ha sido aceptada y ya no se va atrabajar, pero si el empleador se opone se debe seguir trabajando caso contrario se comete la falta grave de abandono de trabajo, situación que perjudica el certificado de trabajo a emitirse. Espero haberte ayudado, recomiendo el blog
EliminarUn cordial saludo de tu buen vecino
José María Pacori Cari
Bue día
ResponderEliminarMe negué a firmar un memorándum por que según el reglamento interno de.trabajo especifica el uso obligatorio de protección personal (casco de seguridad) en el cual detalla que el uso es obligatorio siempre que se realicen trabajos en altura mayor a 1.80 mt con o sin escalera, lo cual yo solo estuve a 20 cm elevado en una escalera. El gerente me dijo que si no lo firmaba iba a gestionarlo con la asistenta de tienda para que proceda el memorándum notarialmente. Que medidas debo tomar al respecto?
Espera a que te notifiquen por la vía notarial y luego presenta tus descargos donde haras valer lo que me indicas, si no recibes el memorandum se te podría imputar otra falta como desobediencia al empleador
EliminarSi una empresa me coloca un memorandum este me persigue de por vida o solo aplica dentro del record de la empresa donde laboro, es decir si dejo de laborar y no lo coloco en mis referencias ninguna empresa se enterara de este memo?
ResponderEliminarSi ingresas a laborar a otra empresa, no es necesario indicar tus deméritos sólo tus meritos, de esta manera no tienes ninguna obligación de comunicar sobre el memo. En todo caso, deberías de preguntar si en el Reglamento Interno de Trabajo existe un supuesto de rehabilitación que implique la desaparición de sancione administrativas
Eliminartengo a cargo empleados, uno de ellos no ha estado cumpliendo con sus funciones como corresponde a su trabajo y ademas ha estado tratando de manera arbitraria a sus compañeros lo he amonestado verbalmente, siguió en su falta, he notificado al jefe de personal, este le ha remitido un memorándum, y el empleador me ha informado que su descargo lo va a hacer de manera legal con un abogado, eso es posible en que perjudica al administrador y en que al empleado, por que me parece que el empleado esta tomando muy mal la resolución del memo que le ha sido entregado, por favor espero me conteste a mi inquietud, gracias
ResponderEliminarEn principio una de las estrategias que utiliza el trabajador es amedrentar al empleador con hacer uso de de su abogado, en la idea de que el empleador tendra miedo y no lo perjudicará más. En estos casos, no pasa nada con los memorandum por cuanto son sanciones realizadas, ni pasará nada con el personal que impuso la sanción. Lo que el abogado puede hacer es indicarle que se curse una carta de cese de actos de hostilidad, pra luego iniciar un proceso sobre esto. Con calma vea lo que hace el trabajador, acumule pruebas de sus faltas por escrito, declaraciones de otros compañeros por ejemplo
EliminarMuy interesante su blog, y aprovecho para hacer mi consulta
ResponderEliminarEn la programacion semanal de trabajo el horario de una linea de produccion es de 23:00 a 7:00 a.m. del dia 24 de Diciembre, un trabajador faltó en este horario aduciendo que era dia feriado y que tiene su derecho al descanso, que hace el empleador en este caso?
quisiera saber si como docente de una institucion educativa puedo realizar observaciones en el parte de asistencia diaria, bueno la mayoria de docentes junto con el director encargado llegaron tarde 8:45 y se anotaron 7:30 am. me mandaron un memo diciendo que estoy usurpando funciones Que hago?
ResponderEliminaren que ley me amparo para realizar el descargo? gracias por su ayuda.
Nesecito que me ayude con una amonestación a un personal que me agredió vervalmente
ResponderEliminarHaga la consulta en el E mail para evaluar la situacion
Eliminarque hacer cuando no quiere firmar el trabajador su memorandum
ResponderEliminarRemita el memorandum por carta notarial a su domicilio, si no quiere recibir un funcionario del estado (notario) sera quien certifique esta negativa pudiendo habilitarle hacer valer la falta de desobediencia al empleador
EliminarAtentamente
José María Pacori Cari
Se puede dirigir un Memorandum a un contratado por locasión de servicios?
ResponderEliminarGracias por su respuest
No crearias una relación laboral, lo que tienes que hacer es ursar una carta sobre cumplimiento de contrato u otro
EliminarAtentamente
JOSÉ MARÍA PACORI CARI
Buenos días. Quisiera saber cual es el tiempo permitido para poder amonestar con un memorandum, a un trabajador que cometió una falta. Si la falta fue hace dos días ¿aún puedo imponerle un memorandum?
ResponderEliminarPrincipio de inmediatez, prudencialmente dentro de los treinta días naturales siguientes, entonces apresurate y cursa el memo
EliminarBuenas tardes trabajo en una empresa estatal y quisiera que por favor me ayude en un descargo a un memorandum que me hicieron por trabajar un dia de mis vacaciones sin consultar a mi superior, esperando su respuesta me despido muchas gracias
ResponderEliminarTe recomiendo que propongas que presentarás una declaración jurada indicando que tu asistencia al trabajo fue por mutuo propio y tenía como finalidad verificar la correcta entrega de cargo antes de vacaciones
EliminarMuchas gracias por responderme pero el problema es que yo tambien emiti documentos.
EliminarHola, quisiera saber como puedo hacer para presentar el memorandum que se le hizo a un trabajador al ministerio de trabajo? gracias por su pronta respuesta.
ResponderEliminarNo entiendo muy bien la pregunta, pero si existe algún procedimiento iniciado ante el Ministerio de trabajo por el Empleador o trabajador, en este proceso puede presentar el memorandum
Eliminartrabajo en una empresa privada en el dpto. de ventas mi empleador quiso endosarme funciones q no tienen q ver con mi area al negarme empezo a gritarme y agredirme verbalmente. sali a realizar mis respectivas visitas a mi regereso m esperaba con un memo al file que m obligó a firmar de lo contrario pasaba el 2 memo el cual ya tenia redactado. cabe recalcar que no tengo contrato firmado en esta empresa al igual q los 3 trabajadores mas. mi pregunta es ¿Podre pasar un memo o escrito a mi empleador indicando q quien cometio la falta fue el y como se llamaria este documento? espero su ayuda
ResponderEliminarQue bueno que existan portales como este!!! Que Dios le siga bendiciendo.
ResponderEliminarÉxitos!!!
Gracias por tu comentario, seguiremos trabajando
EliminarSeñores, mi consulta es la sguiente, en la empresa en la que estoy me obligan a trabajar un día a la semana 12 horas, no me las pagan, cuando firmo mi asistencia solo me dicen que coloque 8 horas, esto mismo pasa con mis compañeros, pero nadie se queja, que podemos hacer.
ResponderEliminarRecurre con algunos de tus compañeros a un inspector de trabajo y pregúntale que realice una inspección
EliminarHace 7 semanas trabajo medio tiempo 9 a1 previo acuerdo verbal con gerente ...ahora me envía memorando desconociendolo ademásotro x incumplimiento de trabajo ..por negarme apresentar carta renuncia ...como procedo ...favor algunos teléfonos
ResponderEliminarLos contratos de trabajo son a plazo fijo y a plazo indeterminado, el contrato a plazo fijo siempre es por escrito, si no se hace por escrito siempre es indeterminado, por lo que todo contrato verbal se entiende indeterminado, y es por un periodo de tiempo es un contrato a plazo indeterminado a part time. Si todo sale bien tiene un trabajo estable, recurre el Ministerio de Trabajo cercano y entrevistate con el inspector de trabajo.
EliminarUn cordial saludo de tu buen vecino
José María Pacori Cari
ESTIMADOS;
ResponderEliminarcuantos dias tengo para responder un memorandum por falta grave que impusieron en una empresa privada, ya q no la firme porq no sabia q significaba cierta ley laboral pero me lo enviaron por correo ¿al recibirlo por correo estoy aceptando?
Que tal espero puedas orientarme; desde ya .mi agradecimiento; hace unos dias me enviaron un memo por motivos de tardanxza reiteradas veces; sin embargo me gustaria hhacer mi descargo ya que muchas de esas tardanzas se han debido a problemas personales que en su momento no lo dije; podrias ayudarme a realixar un descargo porfavor..muchas gracias
ResponderEliminarMi consulta es la siguiente, la numeración del memorándum debe ser relacionado al numero de memos que esta persona viene recibiendo o al numero de memos que la gerencia de recurso viene cursando a sus empleados?
ResponderEliminarme han enviado un memorándum por abandono de trabajo, sin embargo he cumplido con el horario establecido, al no venir mi relevo me quede 50 min mas he informe por teléfono de lo sucedido a mi coordinador. quien designo a otra persona para que asumiera el turno. ahora me dicen que abandone el trabajo, como puedo sustentar mi defensa
ResponderEliminarSolicita se pida un informe escrito al coordinador para que indique si informaste oportunamente sobre lo que indica, esto lo indicas en los medios de prueba del descargo
Eliminarbuenas noches doctor mi esposa sufre el acoso de su jefe como no accede a suas pretenciones le castiga mandandole trabajo excesivos y fuera de su naturaleza sin los equipos apropiados le comento que mi esposa es operadora de maquinaria pesada hace unos dias en la actividad que realizaba la cernidora se sobrecargo de material y se vino abajo estas situaciones son frecuentes por su naturaleza siempre ha pasado con los operadores ella informo el problema pero el jefe en los dias posteriores le dijo que iba a firmar un memo con descuento de 4500 soles y tres dias de suspensión
ResponderEliminarpero le propuso la nulidad del mismo con la condición de salir con el. ese jefe hace abuso de su poder y la chantajea de esa forma que medidas podemos tomar ante ello espero su ayuda y pronta respuesta gracias
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarcabe resaltar que este problema siempre ha pasado con los demas operadores pero solo a ella le pusieron el memo y el costo de la cernidora no pasa de los 500 soles gracias
ResponderEliminarHola, consulta cuantos memoradum debe recibir una persona para que se le pueda despedir?..los memoradum que se han acumulado son de faltas repetitivas en cumplimiento de sus funciones
ResponderEliminarNo existe un número fijo, pero se está al principio de razonabilidad, lo que significa que si por estas faltas le has cursado diez memorandums indicando corrija su conducta,que los memorandum fueron dados cada tres o siete días, es razonable proceder a cursar la carta de pre aviso de despido por la falta de "reiterada resistencia a las órdenes del empledor", con lo que dejas de remitir las cartas, con los descargos, si no te convencen procedes a remitir la carta de despido, y se terino, acumula las cartas y toma una decisión, revisa el D. S. 003-97-PCM que es el TUO del D. Legislativo 728
EliminarHOLA te especifico mi caso para que me puedas ayudar yo soy una supervisora de una empresa manejo un turno y le digo a un colaborador de la empresa faltando una hora para la salida del turno le asigne una tarea, este no quiso hacerla, al día siguiente procedí a elaborarle un memorándum escrito, la respuesta del empleado fue que por ley primero debía hacerle un llamado de atención verbal, ¿ es esto cierto?.
ResponderEliminarMuchas gracias.
La legislación laboral privada, no establece una sanción de llamada de atención, salvo que el reglamento interno de trabajo lo indique, por lo tanto, no es cierto lo indicado. En el sector público, la llamada de atención como sanción no existe.
EliminarESPEREMOS DE CORAZON QUE NUESTRO CONSULTOR SEA IMPARCIAL Y NO RESPONDE SOLO MAIL DE LOS EMPLEADORES GRACIAS!!!
ResponderEliminarQuisiera que me indiques que e mail quieres que te responda, lo que pasa es que hay semanas en las que estoy muy ocupado, y no me es posible, otras veces cojo las ultimas diez y contesto, otras escojo las mas cortas, disculpa si no respondi tu e mail. no fue intencional
EliminarBuenos días, una consulta en el condominio donde vivo aun no tiene personería jurídica, por el cual no tenemos planilla de remuneraciones pero tenemos trabajadores de portería y mantenimiento de limpieza que trabajan por turno que se le paga de acuerdo a ley sus salarios, vacaciones y CTS, la consulta es puedo enviarles memorando de amonestación y carta de pre aviso de despido, porque últimamente los trabajadores están llegando constantemente tarde y faltan al trabajo en forma seguida, o en todo que debo hacer? gracias
ResponderEliminarRevisa el Decreto Legislativo 1086, en todo caso, si es posible cursar la carta a nombre de la junta de propietarios que es una persona jurídica de hecho y no derecho mientras no esté inscrito
EliminarQuiciera saber si el Decreto Supremo 003-97-TR Ley de Productividad y Competitividad Laboral, sigue vigente o hay una norma que la modificó.
EliminarSi esta vigente, revísalo en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
EliminarMe han entregado un memo por primera vez en mi escuela a detalle: Manifiesto una vez más que la hora de entrada a la institución es 6:45 am lo cual ud a incumplido con esta norma
ResponderEliminarEs por ese motivo que se le hace una LLAMADA DE ATENCIÓN y se le invoca a acatar la norma de ingreso establecida
Yo llegue a las 7: 20 como puedo solucionar esta situaciòn.Gracias de antemano
Serìa bueno presentes un descargo justificando tu tardanza e indicando que no se volverà a incurrir en esta situaci``on sin aviso oportuno al empleador
EliminarBuenos días, tengo un inconveniente con un trabajador al cual se le encomendó la compra de un producto, y le se entregó dinero por una valor superior a la compra, el empleado entrego el producto y el comprobante de pago, pero no la diferencia del dinero, aduciendo que lo olvidó, pasaron 2 días y no lo devolvió, al 3er día (sábado) falto injustificadamente, puedo enviar un memorándum por abuso de confianza? si es así, como puedo plantearlo?. Gracias de antemano.
ResponderEliminarDOCTOR MUY AGRADECIDO POR SU APORTE, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE: ¿CUAL ES EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN PARA SANCIONAR A UN TRABAJADOR EN LAS EMPRESAS DEL SECTOR PRIVADO? A LA ESPERA DE SU PRONTA RESPUESTA, MUCHAS GRACIAS.
ResponderEliminarPrudencialmente el plazo de 30 días, pero te indico que no hay plazo, se llama esto principio de inmediatez, así que el plazo es el razonable
Eliminarbuenas tardes,quisiera saber yo tengo trabajando ya tiene 7 años en una empresa privada y no he tenido problemas ni de conducta ni en resultados que ellos me piden....pero ahora que ya no estan viendo resultados en las ventas cabe indicar no esta decreciendo la venta sino que se mantiene la venta creciendo solo un 5%.....,solo que el 20% que ellos piden no lo estoy logrando como antes lo hacia.y me han mandado 2 memos indicando que no esta cumpliendo con los resultados que ellos piden...mi pregunta es esos 2 memos me perjudican ya los firme o que puedo hacer ?no estoy conforme con ello,me perjudica en mi liquidacion si yo renuncio?es una razon para despido ? gracias
ResponderEliminarBuenos dias, quisiera formular un memorandu a una trabajadora que se ausenta de sus labores a lo cual alega que no tiene con quien dejar a su hijo. No se comunica previamente para solicitar cambio de descanso o permisos.
ResponderEliminarBuenos dias es verdad que al tercer memo te botan del trabajo sin derecho alguno como por ejm a tu liquidacion
ResponderEliminarBuenas noches:
ResponderEliminarCómo es que se debe proceder cuando a un personal de trabajo le llega un memorandun donde se aduce actos de maltrato verbal,psicológico y moral y estos no son ciertos, cómo debería encaminar el descargo,dado que la persona que se queja de estos supuestos maltratos menciona que son varios trabajadores que tienen la misma queja, e incluso menciona clientes que también se han quejado, se puede mandar un memorándum asi de fácil? Acusando de manera deliberada , sin pruebas,incluso antes de éste, no hubo jamás ninguna llamada de atención , le agradezco de antemano su ayuda, esperare por su respuesta.
Buenas noches:
ResponderEliminarCómo es que se debe proceder cuando a un personal de trabajo le llega un memorandun donde se aduce actos de maltrato verbal,psicológico y moral y estos no son ciertos, cómo debería encaminar el descargo,dado que la persona que se queja de estos supuestos maltratos menciona que son varios trabajadores que tienen la misma queja, e incluso menciona clientes que también se han quejado, se puede mandar un memorándum asi de fácil? Acusando de manera deliberada , sin pruebas,incluso antes de éste, no hubo jamás ninguna llamada de atención , le agradezco de antemano su ayuda, esperare por su respuesta.
Buenas noches:
ResponderEliminarCómo es que se debe proceder cuando a un personal de trabajo le llega un memorandun donde se aduce actos de maltrato verbal,psicológico y moral y estos no son ciertos, cómo debería encaminar el descargo,dado que la persona que se queja de estos supuestos maltratos menciona que son varios trabajadores que tienen la misma queja, e incluso menciona clientes que también se han quejado, se puede mandar un memorándum asi de fácil? Acusando de manera deliberada , sin pruebas,incluso antes de éste, no hubo jamás ninguna llamada de atención , le agradezco de antemano su ayuda, esperare por su respuesta.
Buenas noches:
ResponderEliminarCómo es que se debe proceder cuando a un personal de trabajo le llega un memorandun donde se aduce actos de maltrato verbal,psicológico y moral y estos no son ciertos, cómo debería encaminar el descargo,dado que la persona que se queja de estos supuestos maltratos menciona que son varios trabajadores que tienen la misma queja, e incluso menciona clientes que también se han quejado, se puede mandar un memorándum asi de fácil? Acusando de manera deliberada , sin pruebas,incluso antes de éste, no hubo jamás ninguna llamada de atención , le agradezco de antemano su ayuda, esperare por su respuesta.
Dr. en primer lugar permitame felicitarlo por su blog, quisiera hacerle una consulta acerca de la suspensión por memorándum a un trabajador cuanto es el tiempo limite y si este tiene que ser gradual, no encontré normativa la respecto Gracias.
ResponderEliminarpara tenerlo en cuenta. Gracias
ResponderEliminarhola quisiera saber me han puesto 3 memorandun por llegar tarde cual es el siguiente paso.. me despediran o estan buscando escusa para despedirme..
ResponderEliminarHOLA COMO PRIA MI MEMO X INDUCTA O AMENAZA
ResponderEliminarBuen dia necesito orientacion de como elaborar un memorandum para un trabajador que malagró el techo y la puerta de un vehiculo por utlizarlo como escalon para subir un neumatico pesado.
ResponderEliminarEscribame wasap 959666272
Eliminarsr buenas noches, disculpe podría ayudarme con un modelo de memorándum hacia una persona por faltar a trabajar 2 días consecutivos?.... Es para un trabajo de la universidad, el ejercicio es así:
ResponderEliminarEl día 20 de febrero el Gerente envía un memorando al Sr Pascual Rosales Abad por faltar a trabajar 2 días consecutivos.
Le agradecería muchísimo.
Buenas tardes, me puede ayudar como se realiza por escrito un descargo de llamado de atención de mi jefa por quejas de mis compañeras(según mi jefa dice maltrato hacia mis compañeras)y esa llamado de atención que esta en un cuaderno interno en el sanatorio, y firme bajo presión.
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