ALÍCUOTA IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS

Artículo 2 de la Ley 29667 indica "Sustitúyase el artículo 10 de la Ley por el siguiente texto: 'Artículo 10. De la alícuota. La alícuota del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) es cero coma cero cero cinco por ciento (0,005%). El impuesto se determina aplicando la tasa sobre el valor de la operación afecta, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley'."

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