JURISPRUDENCIA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA: DERECHO LABORAL PÚBLICO Y PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


ÓRGANO EMISOR: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL - PERÚ
LEY 27584
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, Lima, 15 de marzo de 2011, EXP. N.° 04265-2010-PA/TC, “3.        Que en el fundamento 21 de la precitada sentencia ha quedado establecido que en “[…] relación a los trabajadores sujetos al régimen laboral público, se debe considerar que el Estado es el único empleador en las diversas entidades de la Administración Pública. Por ello, el artículo 4º, literal 6), de la Ley Nº 27584, que regula el proceso contencioso-administrativo, dispone que las actuaciones administrativas sobre el personal dependiente del servicio de la Administración Pública son impugnables a través del proceso contencioso-administrativo. Consecuentemente, el Tribunal Constitucional estima que la vía normal para resolver las pretensiones individuales por conflictos jurídicos derivados de la aplicación de la legislación laboral pública es el proceso contencioso-administrativo, dado que permite la reposición del trabajador despedido y prevé la concesión de medidas cautelares”. (Resaltado y subrayado agregados).”

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