JURISPRUDENCIA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA: DERECHO LABORAL PÚBLICO Y PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
ÓRGANO
EMISOR: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL - PERÚ
LEY
27584
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, Lima, 15 de marzo
de 2011, EXP. N.° 04265-2010-PA/TC, “3.
Que en el fundamento 21 de la precitada sentencia ha quedado establecido que en
“[…] relación a los trabajadores sujetos al régimen laboral público, se debe
considerar que el Estado es el único empleador en las diversas entidades de la
Administración Pública. Por ello, el artículo
4º, literal 6), de la Ley Nº 27584, que regula el proceso
contencioso-administrativo, dispone que las actuaciones administrativas sobre
el personal dependiente del servicio de la Administración Pública son
impugnables a través del proceso contencioso-administrativo.
Consecuentemente, el Tribunal Constitucional estima que la vía normal para resolver
las pretensiones individuales por conflictos jurídicos derivados de la
aplicación de la legislación laboral pública es el proceso
contencioso-administrativo, dado que permite la reposición del trabajador
despedido y prevé la concesión de medidas cautelares”. (Resaltado y subrayado
agregados).”
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