ÁREA:
DERECHO LABORAL PÚBLICO
LÍNEA:
SISTEMA ÚNICO DE REMUNERACIONES
Es importante
precisar que la “bonificación familiar” del régimen laboral público es distinta
de la “asignación familiar” prevista para el régimen laboral privado del D.
Leg. 728. El Artículo 52 del Decreto Legislativo 276 establece que “La bonificación familiar es fijada
anualmente por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de
Ministros; en relación con las cargas familiares. La bonificación corresponde a
la madre, si ella y el padre prestan servicios al Estado.” Por su parte el Artículo
11 del Decreto Supremo 051-91-PCM establece que “Fíjase la Bonificación Familiar en TRES y 00/100 MILLONES DE INTIS
(I/m. 3.00) mensuales, hasta por cuatro miembros de familia a cargo del
trabajador y Cincuenta Céntimos de Millones de Intis (I/m. 0.50) por cada
miembro adicional. La Bonificación Familiar corresponde al servidor nombrado y
a los obreros permanentes a cargo del Estado. El pago corresponde a la madre,
si ella y el padre perciben remuneraciones y/o pensión del Estado.” Esta
Bonificación generalmente se coloca en su boleta de pago bajo el rubro BON.
FAM. Ahora le ofrecemos un modelo de escrito para solicitar el pago de esta
bonificación. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Solicitud
de pago de bonificación familiar de servidor público
SUMILLA: SOLICITO
PAGO DE BONIFICACIÓN FAMILIAR
SEÑOR
JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE (…)
(NOMBRES Y APELLIDOS DEL
TRABAJADOR), con DNI (…), con domicilio real en
(indicar donde vive); a Ud., respetuosamente, digo:
I.-
Expresión concreta de lo pedido
Solicito se
disponga el pago de mi bonificación familiar respecto mi carga familiar
consistente en mi hijo menor JUAN CACERES LINO de un año de edad
II.-
Fundamentos del pedido.
1.- El suscrito es
trabajador nombrado bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, régimen
laboral público.
2.- Soy casado con
la Sra. (…) y de esta unión hemos procreado a nuestro hijo JUAN CACERES LINO que a la fecha ha cumplido un año de edad.
3.- El Artículo 52
del Decreto Legislativo 276 establece que “La
bonificación familiar es fijada anualmente por Decreto Supremo, con el voto
aprobatorio del Consejo de Ministros; en relación con las cargas familiares. La
bonificación corresponde a la madre, si ella y el padre prestan servicios al
Estado.”
4.- Por su parte, el Artículo 11 del Decreto Supremo
051-91-PCM establece que “Fíjase la
Bonificación Familiar en TRES y 00/100 MILLONES DE INTIS (I/m. 3.00) mensuales,
hasta por cuatro miembros de familia a cargo del trabajador y Cincuenta
Céntimos de Millones de Intis (I/m. 0.50) por cada miembro adicional.”
5.- De esta manera,
indexando el pago respectivo a nuevos soles procede se disponga el pago de la
bonificación familiar solicitada por hijo a cargo.
III.-
Medios probatorios y anexos
1-A Copia de mi
Documento Nacional de Identidad
1-B Copia de mi
última Boleta de pago
1-C Copia de mi
Acta de Matrimonio
1-D Copia del Acta
de Nacimiento de mi hijo
POR
LO EXPUESTO:
A UD. pido acceder
a mi pedido
Arequipa, 10 de
octubre de 2013.
(Firma
del Trabajador, no es necesario la firma de Abogado)
Amigo si tu hijo ya tiene 8 años y se hace la solicitud se puede pedir por los ocho años que no ha percibido la bonificacion familiar, gracias por tu respuesta
ResponderEliminarGracias, muy buena la información y completa. Felicitaciones Dr. por la página.
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