MODELO DE DENUNCIA PENAL POR PECULADO

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ÁREA: DERECHO PENAL
LÍNEA: DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Por José María Pacori Cari

Uno de los delitos más recurrentes es el delito de peculado, esto se debe a que por lo general los políticos que acceden a un cargo público ven la oportunidad de beneficiarse con los fondos del Estado, de allí que la esencia del delito de peculado es que un funcionario se apropia de caudales del Estado para su beneficio. En el modelo de denuncia que se ofrece se podrá verificar la forma de denunciar este tipo de delitos por cualquier Ciudadano, no dudamos que compañeros Abogados también hagan uso de este modelo, puesto que el mismo cumple con los requisitos mínimos de una denuncia penal conforme se podrá verificar del Artículo 328 del Código Procesal Penal (recomendamos ver los pies de página de la denuncia).  Espero sea de utilidad. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)

Modelo de denuncia penal por peculado

Por José María Pacori Cari

SUMILLA: DENUNCIA PENAL SOBRE PECULADO

SEÑOR FISCAL ESPECIALIZADO EN LO PENAL

(NOMBRE DEL DENUNCIANTE), con DNI (…), con domicilio real en (…)[1]; a Ud. respetuosamente, digo:

I.- INDIVIDUALIZACIÓN DEL PRESUNTO RESPONSABLE[2]
La presente denuncia se dirige en contra del Sr. (indicar el nombre del denunciado o de todos los denunciados), en su calidad de Alcalde de la Municipalidad de (es importante indicar el cargo para acreditar la calidad de funcionario o servidor que requiere este delito), a quien se le deberá de notificar en (…) por la presunta comisión del delito de peculado doloso previsto en el primer párrafo del artículo 387 del Código Penal  y los demás delitos que su despacho considere pertinentes.[3]

II.- NARRACIÓN DETALLADA Y VERAZ DE LOS HECHOS DENUNCIADOS[4]
1.- El suscrito es vecino de la Municipalidad de (…)
2.- En atención a mi derecho de información pública, solicité se me otorgue copia del total de ingresos que perciben los funcionarios de confianza, incluido el Alcalde de la Municipalidad de (…)
3.- No otorgándose dentro del plazo legal la información solicitada procedí a interponer una demanda de habeas data tramitada por ante el (…) Juzgado, con el número de Expediente (….) en donde por sentencia consentida y ejecutoriada se dispuso la entrega de la información solicitada a través de planillas.
4.- Realizada la entrega de la documentación procedí a su revisión, donde se verifica que el Alcalde denunciado se habría pagado una gratificación por fiestas patrias en la suma de un mil quinientos nuevos soles, la fuente de pago de estas gratificaciones es la recaudación tributaria.
5.- Hasta donde se tiene conocimiento, los incrementos remunerativos se encuentran prohibidos por la Ley del Presupuesto anual, razón por la cual el hecho acontecido constituye la comisión del delito de peculado.

III.- TIPIFICACIÓN DE LA CONDUCTA[5]
Los hechos denunciados encajan en el tipo penal previsto en el art. 387 del Código Penal que establece:
“El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayos de ocho años.”
a.- Sujeto activo
Funcionario Público, en el presente caso, es quien presuntamente comete el delito y ostenta el cargo de Alcalde de una Municipalidad
b.- Sujeto Pasivo
El Estado, evidentemente los caudales que se obtienen son para el Estado que revierte en servicios públicos a favor de los ciudadanos
c.- Acción
La conducta especifica que se denuncia es “se apropia para sí caudales cuya administración le estén confiados por razón de su cargo”, hemos especificado el tipo penal que se habría cometido, puesto que el Alcalde se ha  apropiado para sí de caudales derivados de la recaudación tributaria que le han sido confiados para su administración en razón de la función pública que ejerce.

IV.- MEDIOS PROBATORIOS[6]
1.- La declaración que prestará el denunciado en su calidad de Alcalde sobre los hechos denunciados.
2.- La declaración de ratificación de denuncia que prestaré oportunamente.
3.- Copia Certificadas del Expediente Judicial Nro. (…) sobre proceso de Hábeas Data, donde se podrá verificar las sentencias emitidas y que ordenan el pago de la información solicitada.
4.- Copia fedateada de las planillas de pago entregadas en mérito al antes indicado proceso, donde se observará que al Alcalde se le pagó una gratificación adicional el mes de julio, pese a que las leyes presupuestales lo prohíben, nótese que el pago se realizó en planillas distintas a la Planilla Única de Pago.

V.- ANEXOS[7]
1-A Copia de mi Documento Nacional de Identidad
1-B Copia Certificadas del Expediente Judicial Nro. (…) sobre proceso de Hábeas Data.
1-C Copia fedateada de las planillas de pago entregadas en mérito al antes indicado proceso

POR LO TANTO:
A UD. pido aperturar investigación para la posterior formalización investigación preparatoria.

Arequipa, 04 de marzo de 2014.

(NO OLVIDAR COLOCAR FIRMA E IMPRESIÓN DIGITAL DEL DENUNCIANTE, NO ES NECESARIO FIRMA DE ABOGADO)[8]




[1] Este apartado es teniendo en cuenta  el inciso 1 del Artículo 328 del Nuevo Código Procesal Penal que establece  “1. Toda denuncia debe contener la identidad del denunciante”, de esta manera, la identidad del denunciante consta de su nombre completo conforme se indica en el DNI, el Nro. del DNI, y su domicilio real que es el lugar donde vive y donde se le harán llegar las notificaciones de la denuncia que interpone. También si es una persona jurídica puede indicar la RAZÓN SOCIAL, el RUC, domicilio fiscal y representante. También puede indicar un domicilio procesal, esto no es obligatorio.
[2] Este apartado es teniendo en cuenta el inciso 1 del Artículo 328 del Nuevo Código Procesal Penal que indica  “Toda denuncia debe contener la identidad del denunciante (…) la individualización del presunto responsable.” La norma indica que esto se hará si es posible, por lo que si no se puede individualizar no es necesario indicar este rubro puesto que el Fiscal tendrá que realizar una labor de investigación sobre los presuntos responsables.
[3] El Código Procesal Penal no indica que se deba de señalar el artículo del Código Penal ni mucho menos el delito que se ha cometido, esto por cuanto la denuncia es una noticia del crimen que se presenta al Fiscal, será el Fiscal quien en última instancia tipifique la conducta en uno de los tipos penales previstos en el Código Penal.
[4] Este apartado se hace tomando en cuenta el inciso 1 del Artículo 328 del Código Penal que indica “1. Toda denuncia debe contener (…) una narración detallada y veraz de los hechos (…).” Se aconseja que los hechos narrados sean en orden cronológico.
[5]  La tipificación de la conducta es prudente la realice un Abogado, si Ud. no es abogado puede obviar este apartado y centrarse en narrar lo mejor posible los hechos (borre todo este apartado). Este apartado consiste en ubicar la norma penal afectada y subsumir los hechos enumerados en la norma penal.
[6]  No se establece este requisito, sin embargo, el denunciante puede ofrecer medios de prueba para que el Fiscal ordene su actuación, esto también es opcional y no obligatorio.
[7]  No se establece este requisito, sin embargo, teniendo en cuenta que es de aplicación supletoria lo dispuesto en el Código Procesal Civil, consideramos importante anexar como mínimo el Documento Nacional de Identidad (DNI)
[8] Esto se hace teniendo en cuenta el inciso 2 del Artículo 328 del  Nuevo Código Procesal Penal que indica “2. La denuncia podrá formularse por cualquier medio. Si es escrita, el denunciante firmará y colocará su impresión digital. Si es verbal se sentará el acta respectiva.”

Comentarios

  1. Sus publicaciones son interesantes Dr. Quisiera que absuelva mis preguntas.
    He presentado a una Municipalidad denuncia administrativa y queja administrativa (siguiendo los modelos que nos ofrece gentilmente) en el mes de diciembre, pero hasta el momento no recibo notificacion alguna. ¿que debo hacer? ¿A que autoridad debo acudir? MIL GRACIAS POR SU RESPUESTA.

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    1. Remita una carta indicando que si no cumple con emitir respueta porcedera a la denuncia en el palz ode dos dias, luego de este tiempo presente una denuncia por omisión de funciones y presente una nueva carta comunicando de la denuncia y adjuntando copia de la misma

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  2. Gracias por su respuesta, Dr. ¿La carta debe ser notarial? La denuncia por omision de funciones debo presentar a la fiscalia?. Aprovecho la oportunidad para felicitarlo por su sabios consejos en bien de la sociedad y la justicia.

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    1. Si desea mayor seriedad curse la carta notarial y la denuncia se presenta en fiscalia

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