MODELO DE CONTRATO CIVIL DE COMODATO

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ÁREA: DERECHO CIVIL
LÍNEA: CONTRATOS

La norma que regula las relaciones entre privados es el Código Civil por excelencia. Dentro del Código Civil, Ud. encontrará un Libro denominado “Fuentes de las Obligaciones”, en este libro se encontrarán los principales contratos que se realizan. Uno de estos contratos es el Contrato de Comodato por el cual una persona denominada COMODANTE cede en uso y de manera gratuita un bien no consumible (como un bien inmueble) a otra persona denominada COMODATARIO. Espero les sirva el presente modelo, realizado teniendo como sustento las normas que regulan el Código Civil y que en pies de páginas se han consignado en el presente modelo a fin de sustentar debidamente nuestro modelo. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)

Modelo de contrato de Comodato de bien inmueble

CONTRATO DE COMODATO DE BIEN INMUEBLE

Conste por el presente documento privado, el Contrato de COMODATO que suscriben de una parte (…), con DNI (…), con domicilio en (…), en adelante “COMODANTE” y de la otra parte (…), con DNI (…), con domicilio en (…), en adelante “COMODATARIO”, en los términos siguientes:
PRIMERO.-  El COMODANTE es propietario del inmueble ubicado en (…), dicho inmueble se encuentra descrito en la ficha (…), del Registro de Propiedad Inmueble de (…)[1]
SEGUNDO.- El COMODANTE entrega gratuitamente en Comodato o préstamo de uso a favor del COMODATARIO el inmueble señalado en la cláusula anterior.[2]
TERCERO.- El bien inmueble se presta única y exclusivamente para ser destinado como casa – habitación, quedando prohibido darle un uso distinto.[3]
CUARTO.- Está expresamente prohibido que el COMODATARIO pueda ceder bajo cualquier título el uso del inmueble a terceros.[4]
QUINTO.- El plazo del presente contrato es indefinido, por lo que el COMODANTE podrá solicitar en el momento que estime oportuno al COMODATARIO la devolución del inmueble objeto de préstamo.[5]
SEXTO.- El COMODATARIO se obliga a pagar oportuna y puntualmente los gastos ordinarios de los servicios de luz, agua y desagüe, así como los arbitrios municipales que se generen como consecuencia del uso del inmueble, siendo de cargo del COMODANTE el pago del Impuesto a la Propiedad Predial. Cualquier otro gasto de naturaleza extraordinaria que se genere en relación al inmueble prestado en uso correrá por cuenta y cargo del COMODATARIO, no siendo exigible su restitución. [6]
SÉPTIMO.- El presente comodato no da lugar a ningún tipo de pago a favor del COMODATARIO por la conservación del inmueble.[7]
OCTAVO.- Es obligación del COMODATARIO permitir al COMODANTE visitar o inspeccionar el inmueble cuando sea necesario para establecer el estado de su uso y conservación.[8]
NOVENO.- El presente COMODATO no da lugar a ningún tipo de pago a favor del COMODATARIO por la conservación del inmueble.
DÉCIMO.- Todas las mejoras que el COMODATARIO introduzca al inmueble prestado en uso quedarán en beneficio del COMODANTE quien no está obligado a pagar suma alguna por concepto de mejoras.
DÉCIMO PRIMERO.- En lo no previsto,  será de aplicación  las normas del Código Civil.
DÉCIMO SEGUNDO.- Las partes se someten a la jurisdicción de los Jueces de (…) y señalan como domicilio válido para notificaciones los que se indican en la introducción del presente contrato.
Las partes se ratifican en el contenido del presente documento y lo firman por duplicado en señal de conformidad en Lima, a los (…) días del mes de (…) del (…)

Firmas
COMODANTE                                                                  COMODATARIO



[1] El artículo 1728 del Código Civil establece que por regla general el comodato se realiza sobre un bien no consumible.
[2] El artículo 1728 del Código Civil establece “Por el comodato, el comodante se obliga a entregar gratuitamente al comodatario un bien no consumible, para que lo use por cierto tiempo o para cierto fin y luego lo devuelva.”
[3] El artículo 1738, inciso 2 del Código Civil establece “Son obligaciones del comodatario: (…) 2.- Emplear el bien para el uso determinado en el contrato (…)”
[4] El artículo 1734 del Código Civil establece “El comodatario no puede ceder el uso del bien a un tercero sin autorización escrita del comodante, bajo sanción de nulidad.”
[5] El artículo 1737 del Código Civil establece “Cuando no se ha determinado la duración del contrato, el comodatario está obligado a restituir el bien cuando el comodante lo solicite.”
[6] El artículo 1738, inciso 4 del Código Civil establece “Son obligaciones del comodatario: (…) 4.- Pagar los gastos ordinarios indispensables que exija la conservación y uso del bien (…)”
[7] El artículo 1738, inciso 4 del Código Civil establece “Son obligaciones del comodatario: (…) 4.- Pagar los gastos ordinarios indispensables que exija la conservación y uso del bien (…)”
[8] El artículo 1738, inciso 3 del Código Civil establece “Son obligaciones del comodatario: (…) 3.- Permitir que el comodante inspeccione el bien para establecer su estado de uso y conservación.”

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