ÁREA:
DERECHO PROCESAL
LÍNEA:
PROCESO LABORAL (LEY 26636)
Bueno, esta entrada
ofrece al lector el modelo para pedir se haga efectivo un apercibimiento, bien
puede ser utilizado en un proceso civil y en otros procesos. Es importante
precisar que el pedir se haga efectivo un apercibimiento, generalmente debe
implicar el pedido de un nuevo requerimiento. El sustento de los apercibimientos
los encontramos en el Artículo 53 del
Código Procesal Civil que establece “En atención al fin promovido y buscado en
el Artículo 52, el Juez puede: 1. Imponer multa compulsiva y progresiva
destinada a que la parte o quien corresponda, cumpla sus mandatos con arreglo
al contenido de su decisión. La multa es establecida discrecionalmente por el
Juez dentro de los límites que fija este Código, pudiendo reajustarla o dejarla
sin efecto si considera que la desobediencia ha tenido o tiene justificación; y
2. Disponer la detención hasta por veinticuatro horas de quien resiste su
mandato sin justificación, produciendo agravio a la parte o a la majestad del servicio
de justicia. En atención a la importancia y urgencia de su mandato, el Juez
decidirá la aplicación sucesiva, individual o conjunta de las sanciones
reguladas en este Artículo.” También indicamos que este escrito puede ser
presentado por el abogado del interesado, como en este modelo se puede
observar. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo
de escrito procesal de efectivice apercibimiento y pide nuevo requerimiento
EXPEDIENTE : 01202-2007
ESPECIALISTA : (…)
ESCRITO : 01-2014
SUMILLA : Haga efectivo apercibimiento y nuevo
requerimiento
SEÑOR
JUEZ DEL PRIMERO JUZGADO ESPECIALIZADO DE TRABAJO TRANSITORIO – SEDE CENTRAL
JOSÉ MARÍA PACORI CARI abogado
patrocinador de CARMEN ROSAS CAMARGO en
el proceso laboral que sigue en contra del Seguro Social de Salud; a Ud.,
respetuosamente, digo:
Fundamentos
del pedido
1.- Se ha emitido
Resolución 76 que requiere al GERENTE DE LA RED ASISTENCIAL ESSALUD AREQUIPA
para que dentro del plazo de cinco días, cumplan con remitir un informe
detallado, sobre el periodo al cual corresponde el pago de horas extras
trabajadas por la demandante a que se refiere la Carta
1100-GA-RAAR-ESSALUD-2006, debiendo precisar las horas extras trabajadas por
mes, BAJO APERCIBIMIENTO DE IMPONÉRSELES MULTA, EQUIVALENTE A UNA UNIDAD DE
REFERENCIA PROCESAL, en caso de incumplimiento, para tal efecto curse los
oficios respectivos.
2.- A fojas 703 obra
el OFICIO 1204-202-JEC-YFCC/AENE de 11-05-2014 dirigido al Gerente de la Red
Asistencial ESSALUD Arequipa para que precise las horas extras trabajadas por
mes, en el plazo de 5 días bajo el apercibimiento indicado en la anterior
resolución.
3.- Es del caso que
pese al tiempo transcurrido no se ha cumplido con lo dispuesto por su despacho
por lo que se procede a lo siguiente:
Petitorio
a.- Solicito se haga
efectivo el apercibimiento previsto en la Resolución 76 imponiéndose la multa
indicada.
b.- Solicito se
realice nuevo requerimiento conforme a lo dispuesto en la Resolución 76,
variando el apercibimiento al previsto en el inciso 2 del Artículo 53 del Código Procesal
Civil que indica “el Juez puede: (…)
Disponer la detención hasta por veinticuatro horas de quien resiste su mandato
sin justificación, produciendo agravio a la parte o a la majestad del servicio
de justicia.”, esto por cuanto en el presente se ha producido una dilación
innecesaria y perjudicial al demandante.
POR
LO EXPUESTO:
A UD. pido acceder a
mi pedido.
Arequipa, 17 de julio
de 2014
(Firma del abogado)
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