EL TRABAJADOR AMBULANTE: FUERZA SOCIAL Y CREADOR DE
EMPLEO
José María Pacori Cari
Para Gregorio
Doroteo Pacori Vilcazan
Trabajador Ambulante – Día del Ambulante – Trabajador
Autónomo – Propiedad – Decomiso – Credencial – Comercio Ambulatorio
Muchos de
nuestros padres empezaron haciendo comercio ambulatorio, eran ambulantes, y de
esta manera, nos pudieron dar una educación, en ciertas épocas fuimos testigos
de las autoridades municipales arrebatando los bienes de los Ambulantes. Los
Ambulantes no son un estorbo son trabajadores dignos que merecen la mejor
protección del Estado, los ambulantes son una fuerza social que moviliza la
economía de nuestro país, su actuar es importante, pues un ambulante es un
microempresario.
No es muy conocido
lo dispuesto en el Decreto Supremo 108-88-PCM que en su Artículo 1 indica declárase
el 23 de agosto de cada año como "Día del Productor Popular y del
Trabajador Ambulante". Ante la inercia del Estado de crear empleos, los
peruanos en su creatividad han hecho el inmenso esfuerzo por crear sus propios
centros de trabajo generando auto empleo y produciendo bienes y servicios para
la satisfacción de sus necesidades básicas.
Asimismo, por
Decreto Supremo 005-91-TR se reconoce al Trabajador Ambulante la calidad
jurídica de trabajador autónomo ambulatorio en el entendido que el comercio
ambulatorio es una realidad social generada por la crisis económica, como
respuesta de la población frente al desempleo y subempleo.
Un problema común
es el decomiso de los bienes que son de propiedad de los trabajadores
ambulantes. La Constitución Política del Estado en su Artículo 70 establece que
la propiedad es inviolable y que el Estado la garantiza, no pudiendo privársele
de ella a nadie, sino por causa de necesidad y utilidad pública o de interés
social, declarada conforme a la ley, y previo pago en dinero de indemnización
justipreciada, por lo tanto, no es posible privar a un trabajador ambulante de
sus bienes. El Artículo 2 del Decreto Supremo 005-91-TR establece que “En tanto
se dicte la Ley de Comercio Ambulatorio que establezca las acciones por
incumplimiento de obligaciones de los trabajadores autónomos ambulatorios,
suspéndase el decomiso de los bienes materia del comercio ambulatorio.”
El artículo 1 de
la Resolución Ministerial 022-91-TR establece que: “Los trabajadores autónomos
ambulantes, protegidos por el Decreto Supremo Nº 005-91-TR deberán cumplir los
siguientes requisitos: a) Obtener la
credencial que le otorgue la Autoridad Municipal acreditándolo como trabajador
autónomo ambulante. b) Cumplir con las ordenanzas del comercio ambulatorio
conforme a ley. c) Tener un capital
de trabajo que no exceda del valor que fije la Autoridad Municipal.” De esta
manera, es importante apersonarse a la Municipalidad para acreditarse como
trabajador ambulante, por lo que le ofrecemos un modelo simple de solicitud
para ser trabajador ambulante.
Modelo de solicitud de credencial como trabajador
ambulante
SUMILLA:
Solicito credencial de trabajador ambulante
SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE (…)
(Nombres y apellidos del interesado), con DNI (…), con domicilio
real en (indicar donde vive); a Ud., respetuosamente, digo:
A fin de
garantizarme una ocupación y empleo dignos, solicito se me otorgue credencial
que me acredite como trabajador autónomo ambulante para la venta de (indicar lo
que venderá), adjuntado a esta solicitud copia de mi DNI y de los documentos
que me ha indicado la autoridad municipal
POR LO EXPUESTO:
A Ud. Pido
acceder a mi pedido.
Arequipa, 14 de
agosto de 2014.
(Firma del
Interesado)
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