MODELO DE INFORME O DICTAMEN DE LA COMISIÓN DISCIPLINARIA QUE RECOMIENDA EL ARCHIVO DEL PROCESO EN APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE LICITUD
ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: PROCESO SANCIONADOR
En la presente
entrada se ofrece un modelo de dictamen de archivo de la posible apertura de un
proceso administrativo disciplinario, es importante se verifique la utilización
del principio de licitud que no es más que el principio de presunción de
inocencia. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo de Dictamen de CPPAD que dispone el
archivo de proceso en vez de aperturarlo
EXPEDIENTE
ADMINISTRATIVO: 012258
DICTAMEN
DE ARCHIVO DE LOS ANTECEDENTES
PROCESADO:
(…)
INFORME -2014-GRA/GRS/GR-HRHD/DG-CPPAD
A : DIRECTOR GENERAL
DEL HOSPITAL (…)
DE : COMISIÓN PERMANENTE
DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS
ASUNTO : DICTAMEN DE ARCHIVO DE LOS
ANTECEDENTES
REFERENCIA : Expediente Administrativo 012258
FECHA : 15 de agosto de 2014
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Mediante
la presente nos dirigimos a Ud. para manifestarle que el Expediente de la
referencia ha sido remitido a esta Comisión, por lo que procedemos a presentar
nuestro Dictamen de Archivo de proceso administrativo disciplinario conforme a
lo siguiente:
I.- INTRODUCCIÓN
1.- Fecha
en que se produjo el hecho que será investigado:
29-08-2013
2.- Fecha
en que la Unidad de Función Disciplinaria tomó conocimiento:
06-09-2013.
3.- Fecha
en que la Unidad de Función Disciplinaria solicitó intervenir a la Comisión:
31-10-2013
4.- Forma
de inicio del presente proceso: Denuncia
Administrativa
5.- Folios
del Expediente: 32
II.- ANÁLISIS
1.- Situación jurídica
laboral de la persona investigada
a.-
Nombres y Apellidos completos de la persona: (indicar
el nombre del procesado)
b.-
Régimen Laboral o Contractual: D. Leg.
276, Nombrado.
c.- Cargo
actual de la persona: Médico Servicio de (…)
d.- Fecha
del hecho materia de investigación: 29-08-2013
e.- Cargo
Funcional en la fecha que se habría producido el hecho:
Médico (…)
f.-
Relación detallada de funciones o responsabilidades del cargo que en la fecha
del hecho la persona investigada tenía asignadas.
Médico – cirugía maxilo facial
2.- Hecho investigado y las
funciones incumplidas
a.-
Descripción ordenada y cronológica de los antecedentes
05-09-2013 Carta de (…) a Director (…) que indica “para
hacer de su conocimiento un caso de la que he sido objeto de mal trato, a
continuación paso a detallar las circunstancias para que sean sopesadas (…) Para
el día 29 de Agosto se había programado una operación al hijo de un familiar
mío en el servicio de Odontoestomatología, operación que estaría a cargo del
Dr. (…), la preocupación y angustia de mi familiar era motivadas porque el
indicado profesional se negaba a operar argumentando asuntos que al parecer no
eran ciertos (…) Al subir al piso preocupada por mi familiar pude comprobar el
maltrato hacia mi familiar padre del paciente que iba a ser operado (…)
13-09-2013 Oficio 052-2013-GRA/CRS/GR/HRHD-DG-DO de
Jefe del Departamento Odontoestomatología que indica “No se le dio mayor importancia a
este hecho y no se solicitó ningún informe porque no es la primera vez que se
sucedían estas situaciones hasta que nos presentan una queja por maltratos y el
colega recién manifiesta su disconformidad. No habiendo estado presente en ese
momento lo que sugiero es que se converse con las personas afectadas para poder
corregir que estos hechos no se vuelvan a suceder los pacientes siempre tendrán
la razón.”
13-09-2013 Escrito de “Presenta Informe” de (…) que
indica “La señora (…) menciona que ha sido objeto de maltrato pero en el
documento que presenta la supuesta agraviada no menciona como es que se la
maltrató y esto explica así por cuanto no existió maltrato alguno. (…) El paciente
(…) fue hospitalizado por tener una secuela de trauma facial que en su debido
momento no se le solucionó el problema”
b.- Hecho
concreto que configura supuestamente la falta
De lo anterior, se verifica que no existen pruebas
suficientes que acrediten la posible comisión de falta administrativa, más aún
cuando no existe queja, reclamación o denuncia administrativa en el expediente
administrativo por parte del directamente agraviado de maltrato que sería el
paciente (…), esto último, es importante por cuanto en la carta de 05-09-2013,
la Sra. (…) indica que fue objeto de maltrato, sin acreditar cual fue el
maltrato que esta persona sufrió, limitándose a indicar que fue su familiar el
afectado con el presunto maltrato, situación que no ha sido denunciada por el
paciente, a esto se suma que la Jefe del Departamento de Odontoestomatología
indica que no estuvo presente en el momento de los hechos.
El inciso 9 del Art. 230 de la Ley 27444 establece el
principio de licitud en los siguientes términos “Las entidades deben presumir
que los administrados han actuado apegados a sus deberes mientras no cuenten
con evidencia en contrario.”
De esta manera, no habiendo elementos suficientes
que permitan desvirtuar el principio de licitud, corresponde el archivo del
presente proceso.
c.-
Detalle de las funciones o responsabilidades del cargo que supuestamente no se
habrían cumplido.
No existiendo responsabilidad administrativa, no se
detallan.
d.-
Descripción cualitativa y/o cuantitativa del supuesto perjuicio o afectación
que se habría ocasionado a los servicios, bienes, recurso y/o intereses del
Estado
No existiendo responsabilidad administrativa, no se
detallan.
e.-
Señalamiento preliminar de la gravedad del hecho
No existiendo responsabilidad administrativa, no se
detallan.
f.-
Posible sanción que podría ser aplicada
No existiendo responsabilidad administrativa, no se
detallan.
g.-
Relación detallada de los medios probatorios
Carta de (…) a Director (…) que indica “para hacer
de su conocimiento un caso de la que he sido objeto de mal trato, a
continuación paso a detallar las circunstancias para que sean sopesadas (…) Para
el día 29 de Agosto se había programado una operación al hijo de un familiar
mío en el servicio de Odontoestomatología, operación que estaría a cargo del
Dr. (…), la preocupación y angustia de mi familiar era motivadas porque el
indicado profesional se negaba a operar argumentando asuntos que al parecer no
eran ciertos (…) Al subir al piso preocupada por mi familiar pude comprobar el
maltrato hacia mi familiar padre del paciente que iba a ser operado (…)
Oficio 052-2013-GRA/CRS/GR/HRHD-DG-DO de Jefe del
Departamento Odontoestomatología que
indica “No se le dio mayor importancia a este hecho y no se solicitó ningún
informe porque no es la primera vez que se sucedían estas situaciones hasta que
nos presentan una queja por maltratos y el colega recién manifiesta su
disconformidad. No habiendo estado presente en ese momento lo que sugiero es
que se converse con las personas afectadas para poder corregir que estos hechos
no se vuelvan a suceder los pacientes siempre tendrán la razón.”
Escrito de “Presenta Informe” de (…) que indica “La
señora (…) menciona que ha sido objeto de maltrato pero en el documento que
presenta la supuesta agraviada no menciona como es que se la maltrató y esto
explica así por cuanto no existió maltrato alguno. (…) El paciente (…) fue
hospitalizado por tener una secuela de trauma facial que en su debido momento
no se le solucionó el problema”
III.- CONCLUSIONES
En
mérito a lo expuesto los integrantes de la Comisión Disciplinaria RECOMIENDAN el
ARCHIVO de los antecedentes.
Sin
otro particular quedamos de Ud.
Atentamente,
(Firma
de los representantes de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos
Disciplinarios)
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