DEMANDA DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS EN CONTRA DEL ESTADO ¿EL ESTADO PUEDE PAGAR UNA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS AL ADMINISTRADO?

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DEMANDA DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS EN CONTRA DEL ESTADO ¿EL ESTADO PUEDE PAGAR UNA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS AL ADMINISTRADO?

José María Pacori Cari
Profesor Titular de la Cátedra de Derecho Administrativo de la Universidad La Salle

Para Evans Alarcón Cuty, por darme la idea

Las Entidades del Estado en su actuar pueden causar daños y perjuicios a los Administrados, lo cual genera la denominada responsabilidad civil, la cual se materializa en una demanda de indemnización por daños y perjuicios. En el proceso penal, esta responsabilidad civil se denomina reparación civil que no es más que la demanda de indemnización por daños y perjuicios que se tramita en el proceso civil.
En nuestro ordenamiento jurídico, el artículo 238 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General – establece que “Los administrados tendrán derecho a ser indemnizados por las entidades de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos”, esto también se denomina Responsabilidad de la administración pública.
Ahora bien, para que se configure el pago de una indemnización por daños y perjuicios es necesario que se den los siguientes elementos:

1.- La acción humana, es el primer requisito del nacimiento de la responsabilidad, esto significa en el campo del Derecho Administrativo que la responsabilidad debe ser consecuencia del actuar de la Administración Pública a través de los servidores públicos que la componen. Cuando la entidad indemnice a los administrados, podrá repetir judicialmente de autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido.
2.- La antijuricidad,  por la cual la conducta antes indicada debe ser contraria al ordenamiento jurídico, lo que significa que se puede dar una conducta que cause daño pero que puede ser acorde al ordenamiento jurídico en este caso no se puede indemnizar.
3.- La imputabilidad o los factores de atribución, imputar implica atribuir a una persona una acción u omisión contrarias a ley, omnicomprensiva tanto de la culpa como del dolo.
4.- Daño, sin daño no existe reparación, cuando se habla de daño se hace referencia al resultado de la acción humana antijurídica que ha causado detrimento, perjuicio o menoscabo en algún bien. En el caso del daño que cause el Estado este debe ser efectivo, valuable económicamente e individualizado con relación a un administrado o grupo de ellos (véase art. 238.3 Ley 27444)
5.- Causalidad, es el nexo de unión que necesariamente debe de existir entre la acción y el daño producido, esto significa que entre el resultado dañoso y el hecho imputable desde de existir una relación de causa – efecto. Ha de probarse que el daño proviene a consecuencia de la acción.
Como se verifica, para demandar una indemnización por daños y perjuicios en contra del estado se debe de indicar de manera detallada estos elementos de la responsabilidad civil para facilitar al juez la labor de administrar justicia. Por otro lado, es importante precisar que esta responsabilidad civil no impide tramitar la responsabilidad administrativa y penal que se genere. A continuación le ofrecemos un modelo de Demanda de Indemnización por daños y perjuicios en contra del Estado (indicamos que esta indemnización también se puede tramitar en un proceso contencioso administrativo, pero como una pretensión accesoria a una principal, en este caso, se simula una demanda de indemnización que tiene como pretensión principal la indemnización razón por la cual se tramita conforme a las normas del Código Procesal Civil y en un Proceso Civil).

Modelo de demanda de indemnización por daños y perjuicios
EXPEDIENTE       :
ESPECIALISTA    :
ESCRITO              :
SUMILLA             : DEMANDA INDEMNIZACIÓN DAÑOS Y PERJUICIOS EN CONTRA DEL ESTADO

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL
(NOMBRES Y APELLIDOS DEL AFECTADO), con DNI (…), con domicilio real en (…), con domicilio procesal en (…), con casilla electrónica en (…); a Ud., respetuosamente, digo:

I.- DEL DEMANDADO Y SU DIRECCIÓN
La Municipalidad Provincial de (…) debidamente representado por (…) a quien se notificará en (…)

II.- PETITORIO
Interpongo demanda de daños y perjuicios en contra del Estado para que se disponga el pago por daño emergente de S/. 40 000.00 nuevos soles, más los intereses que se hubieren generados.

III.- FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- (Narrar los hechos que generaron el daño)
2.- Se indican los siguientes elementos de la responsabilidad
A.- La acción, es el incumplimiento del pago de contrato de suministro por más de dos años por parte de la entidad demandada.
B.-  La anterior acción es antijurídica por cuanto contraviene las normas de ejecución de las obligaciones previstas en el Código Civil.
C.- Es imputable la conducta por cuanto el actuar de la entidad fue doloso puesto que conocía de la demora injustificada en mi pago.
D.- El daño emergente es directamente al capital empleado en cumplir con el contrato de suministro sin obtener el pago adecuado en el momento oportuno situación que ha producido el cierre del local.
E.- Existe una relación de causalidad, por cuanto de haberse producido el pago en tiempo oportuno mi negocio no habría fracasado.

IV.- FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se sustenta el presente escrito en el artículo 238 de la Ley 27444 que regula la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública.

V.- MONTO DEL PETITORIO
Es la suma de 40 000 nuevos soles por daño emergente, más los correspondientes intereses legales.

VI.- VÍA PROCEDIMENTAL
Vía del proceso abreviado por la cuantía.

VII.- MEDIOS PROBATORIOS
(Indicar los medios de prueba que acreditan cada uno de los elementos de la responsabilidad civil)

VIII.- ANEXOS
1-A Copia del DNI (indicar los documentos que anexará a la demanda)

POR LO EXPUESTO:
A UD. Pido admitir a trámite la demanda.

Arequipa, 28 de noviembre de 2014.


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