MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE PAGO DE INTERESES LEGALES DEL DECRETO DE URGENCIA 037-94
ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: EMPLEO PÚBLICO
Uno de
nuestros lectores me pidió este modelo, me alcanzó algo de tiempo, así que me
puse a realizarlo. Este modelo es mejorado al modelo que interpuse en la vida
real a la Corte de Justicia, se admitió la demanda y se obtuvo sentencia
favorable, como se indicó en entradas anteriores todo documento puede ser
perfeccionado por nuestros lectores quienes son libres de modificar y ampliar
estos escritos. En esta entrada considero importante tengan en cuenta las
referencias de pie de página. Recuerde que toda demanda de cobro de intereses
debe contar con tres elementos: fecha desde la cual se computan los intereses,
fecha hasta la cual se computan los intereses y monto respecto del cual se
generan los intereses (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo de demanda de pago de interese
legales de los devengados del D. U. 037-94
EXPEDIENTE :
ESPECIALISTA :
ESCRITO : 01-2014
SUMILLA : DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE COBRO DE
INTERESES LEGALES DEL DECRETO DE URGENCIA 037-94
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO DE TRABAJO – SUB
ESPECIALIDAD CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA[1]
(NOMBRES Y APELLIDOS DEL
DEMANDANTE), con DNI (…), con domicilio real en (…), con domicilio procesal
en (…), con domicilio electrónico en (indicar
casilla electrónica dada por el Poder Judicial); a Ud., respetuosamente
digo:
I.- DEMANDADOS Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA
1.- GERENCIA[2]
REGIONAL DE SALUD DE (…), debidamente representado por (…) a quien se
notificará en (…)
2.- GOBIERNO
REGIONAL DE (…) debidamente representado por su Presidente Regional (…) a quien
se le notificará en (…)
II.- EMPLAZADO
En defensa de
los intereses del Estado se debe de emplazar al PROCURADOR A CARGO DE LOS
ASUNTOS JUDICIALES DEL GOBIERNO REGIONAL DE (…) a quien se le notificará en (…)[3]
III.- PETITORIO
Interpongo
demanda contencioso administrativa para que se disponga el pago de los
intereses legales generados por el no pago oportuno de los devengados derivados
del no pago oportuno del Decreto de Urgencia 037-94 desde el 01 de julio de
1994 (fecha de aplicación de la norma) hasta la fecha de pago total de la deuda
(indicar la fecha), actuación a la que se encuentra obligada conforme a lo
dispuesto en los artículos 1244 y 1245 del Código Civil[4].
IV.- EXCEPCIÓN AL AGOTAMIENTO DE LA VÍA
ADMINISTRATIVA
Siendo que lo
que se solicita es el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1244 y 1245
del Código Civil, actuación a la que se encuentra obligada por mandato de la
ley, me encuentro en la excepción al agotamiento de la vía administrativa
prevista en el inciso 2, artículo 21 del TUO de la Ley 27584, habiendo cumplido
con cursar el escrito de reclamación correspondiente para que la autoridad
cumpla con la actuación a la que se encuentra obligada por mandato de la ley[5].
V.- ACTUACIÓN IMPUGNABLE
Conforme al
artículo 4, inciso 2 del TUO de la Ley 27584, la actuación impugnable en el
presente caso es la inercia de la Administración pública al no pagar los
intereses legales solicitados conforme al artículo 1244 y 1245 del Código Civil.
VI.- PRETENSIÓN IMPUGNATORIA
Conforme al
artículo 5, inciso 4, del TUO de la Ley 27584, la pretensión impugnatoria en el
presente caso es que “Se ordene a la administración demandada la realización de
una determinada actuación a la que se encuentre obligada por mandato de la Ley
o en virtud de acto administrativo firme”.
VII.- FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- Soy
trabajador del (indicar centro de trabajo)
bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276.
2.- Por
resolución (indicar el número de la
resolución administrativa) se reconoció el pago de devengados derivados del
no pago oportuno del Decreto de Urgencia 037-94.
3.- El monto
reconocido es de S/. (Indicar el monto de
pago de devengados) nuevos soles, siendo que dicho adeudo se calculó desde el
01 de julio de 1994 (fecha de dación de la norma) hasta (indicar la fecha hasta
la cual se calculó los devengados)
4.- Estos
devengados se terminaron de pagar a mi persona el (indicar la fecha de cumplimiento de pago íntegro de los devengados),
fecha hasta la cual se debe de calcular el pago de devengados.
5.- Sin
embargo, pese a los artículos 1244 y 1245 del Código Civil no se cumple con
pagarme los intereses legales que se han generado como consecuencia del no pago
oportuno de los devengados de D. U. 037-94
VIII.- FUNDAMENTOS DE DERECHO
La presente
demanda se sustenta en el incumplimiento del artículo 1244 del Código Civil que
establece que “La tasa de interés legal es fijada por el Banco Central de
Reserva del Perú”, y el incumplimiento del artículo 1246 del Código Civil que
establece que “Cuando deba pagarse interés, sin haberse fijado a tasa, el deudor
debe abonar el interés legal”, el cumplimiento de estas normas es
lo que se demanda en la presente demanda.
IX.- MONTO DEL PETITORIO
Siendo que la
presente demanda es para el cumplimiento de normas legales no es cuantificable
en dinero.[6]
X.- VÍA PROCEDIMENTAL
La vía del
proceso de urgencia.[7]
XI.- MEDIOS PROBATORIOS
1.- Copia
fedateada de la resolución que dispone el pago de devengados del Decreto de
Urgencia 037-94, con lo que acredito el monto respecto del cual se han generado
intereses y la fecha desde la cual se ha realizado el cálculo.
2.-
Constancias pago de devengados del Decreto de Urgencia 037-94 con lo que se
acredita la fecha última en la cual se me pagó el devengado, para que el
cálculo de los intereses se realice hasta esa fecha.
3.- Escrito de
reclamación cursado a la entidad demandada para que cumpla con pagarme los intereses
legales conforme a lo dispuesto en el art. 1244 y 1245 del Código Civil.[8]
XII.- ANEXOS
1-A Copia
fedateada de la resolución que dispone el pago de devengados del Decreto de
Urgencia 037-94, con lo que acredito el monto respecto del cual se han generado
intereses y la fecha desde la cual se ha realizado el cálculo.
1-B
Constancias pago de devengados del Decreto de Urgencia 037-94 con lo que se
acredita la fecha última en la cual se me pagó el devengado.
1-C Escrito de
reclamación cursado a la entidad demandada para que cumpla con pagarme los intereses
legales conforme a lo dispuesto en el art. 1244 y 1245 del Código Civil.
1-D Copia de
mi Documento Nacional de Identidad[9]
POR LO EXPUESTO:
A UD. Pido admitir
a trámite la demanda.
Arequipa, 20
de noviembre de 2014.
(Firma
de abogado y nombre del demandante)
[1]
Por disposición de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, estas demandas se tramitan
ante el Juez Especializado en lo Laboral, es probable que en algunos distritos
judiciales no esté en vigencia esta norma procesal por lo que se deberá de
tramitar ante el Juzgado Especializado Civil.
[2]
En algunos casos será una Dirección Regional, en otros puede ser otra entidad,
en específica esta parte se refiere a la entidad donde presta servicios y le
pagaron el Decreto de Urgencia 037-94
[3]
El Procurador Público no es demandado sino defensor abogado del Estado por eso
se indica en calidad de emplazado.
[4]
Esto es lo que hace que la demanda sea una demanda contencioso administrativa
de cumplimiento.
[5]
Conforme a la norma indicada no es necesario agotar la vía administrativa en
estos casos, sin embargo, deberá presentar a la entidad a demandar un escrito
de reclamación de cumplimiento de las normas antes indicadas, luego de
presentado este escrito se esperan quince días hábiles, si no se cumple con
pagar los intereses legales se procede a la presentación de la demanda.
Recuerde esperar quince días hábiles después de presentado el escrito de
reclamación.
[6]
Puede suceder que Ud. Haga una pericia de parte para determinar el monto de los
intereses, en este caso se indica esto en el petitorio y se indica monto del
petitorio.
[7]
La norma establece que para el caso del proceso contencioso de cumplimiento
corresponde la vía procedimental de urgencia, sin embargo, el Juez de oficio y
si lo considera pertinente puede cambiar esta vía procedimental a la especial.
[8]
También podría ofrecer como medio de prueba la realización de una pericia
contable a cargo de un perito del Poder Judicial, esta para determinar por
anticipado el monto de los intereses legales generados.
[9]
Si ofrece la pericia deberá de agregar un pliego pericial abierto.
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