MODELO DE RECURSO ADMINISTRATIVO DE APELACIÓN POR DENEGATORIA DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: RECURSOS ADMINISTRATIVOS
En la presente
entrada, les ofrecemos a nuestros lectores un modelo de recurso administrativo
de apelación en contra de un acto administrativo que desestima un pedido de
acceso a la información pública, en el mismo pueden encontrar las normas que
sustentan este pedido (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo de apelación por desestimación
de acceso a la información pública
SUMILLA: INTERPONGO RECURSO
ADMINISTRATIVO DE APELACIÓN
SEÑOR FUNCIONARIO RESPONSABLE DE LA LEY DE
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA – IPD
(NOMBRES Y APELLIDOS DEL ADMINISTRADO), con DNI 29228150,
con domicilio real en la Begonias, Nro. 20, Urb. La Campiña, Distrito de
Socabaya, Arequipa; a Ud., respetuosamente, digo:
El Art. 11 del
DECRETO SUPREMO Nº 043-2003-PCM
“Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública” indica “El
acceso a la información pública se sujeta al siguiente procedimiento: (…) e) En
los casos señalados en los incisos c) y d) del presente artículo, el
solicitante puede considerar denegado su pedido para los efectos de dar por
agotada la vía administrativa, salvo que la solicitud haya sido cursada a un
órgano sometido a superior jerarquía, en
cuyo caso deberá interponer el recurso de apelación para agotarla.”
Dentro de este
contexto, procedo a presentar mi recurso de apelación en los siguientes
términos:
I.- EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Como pretensión
principal, interpongo recurso administrativo de apelación en contra del acto
administrativo contenido en la Carta 345-2014-TRANSP/IPD para que se declare su
nulidad por contravenir la disponibilidad de mi derecho constitucional a la
intimidad personal previsto en el art. 2, inciso 7 de la Constitución y el art.
5 del DECRETO SUPREMO 043-2003-PCM
“Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública”; y, como consecuencia,
Como pretensión
accesoria, solicito se proceda a la entrega inmediata de la información
solicitada el 20-12-2014.
II.- FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
1.- Con fecha 20
de diciembre de 2014 presento solicitud de acceso a la información pública
indicando “INFORMACIÓN SOLICITADA: PLANILLAS DE PROMOCIÓN DEPORTIVA, REFRIGERIO
Y MOVILIDAD COPIAS FOTOSTÁTICAS FEDATEADAS DE ENER DE LAÑO 1990 HASTA EL 31 DE
DICIEMBRE DE 2014 PERIODOS QUE LABORÉ
EN EL IPD REGIÓN AREQUIPA.”
2.- Este pedido
como se verifica se refiere a las planillas referidas ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE al
solicitante más no a panillas de otros trabajadores, por lo que se incurre en
nulidad en el acto administrativo impugnado al declarar que mi pedido afecta la
intimidad personal, cuando el único que puede disponer de este derecho es mi
persona y no el Estado. Reitero que las planillas que se piden se refieren a mi
persona y no a otros trabajadores.
3.- Asimismo,
el Artículo 5 del D. S. 043-2003-PCM establece que “Las entidades de la
Administración Pública establecerán progresivamente, de acuerdo a su
presupuesto, la difusión a través de Internet de la siguiente información: (…)
2. La información presupuestal que incluya datos sobre los presupuestos
ejecutados, proyectos de inversión, partidas salariales y los beneficios de los
altos funcionarios y el personal en general, así como sus remuneraciones.” (el subrayado es nuestro)
4.- De esta
manera, procede se acceda a mi pedido y se me entreguen documentos puesto que se
no hacerlo se estaría disponiendo de información propia afectándose el art. 2,
inciso 7 de la Constitución que indica “Toda persona tiene derecho: (…) 7. Al
honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la
voz y a la imagen propias.”
POR LO EXPUESTO:
A UD. Pida dar
al presente recurso el trámite que le corresponda conforme a la Ley 27444.
Arequipa, 09 de
enero de 2015.
(FIRMA DEL
ADMINISTRADO Y DEL ABOGADO, LA FIRMA DEL ABOGADO ES OBLIGATORIA)
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