MODELO DE DEMANDA LABORAL DE PAGO DE PARTICIPACIÓN
EN LAS UTILIDADES
ÁREA:
DERECHO LABORAL PRIVADO
LÍNEA:
PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES
Por José María Pacori Cari
Uno de mis lectores me escribió
indicándome ¿cómo se hace una demanda al juez para pedir el pago de las
utilidades? En mérito de esto, he procedido a estudiar sobre la participación
de las utilidades de los trabajadores del sector privado, esto es, los
trabajadores sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728. Esta
demanda está elaborada solo sobre el pago de las utilidades a favor de los
trabajadores no se piden otros beneficios sociales. Lo más importante que debe
de tener en cuenta es la liquidación de las utilidades para efecto de consignar
en monto total en el petitorio. Bueno, el lógico pensar que el empleador de
buenas a primeras no le ofrecerá los datos necesarios para que Ud. realice la
liquidación de su participación en las utilidades, lo que se sugiere es que
utilice aproximados, es decir, los conocimientos que tiene el trabajador sobre
su empresa: por ejemplo, debe saber más o menos cuantos trabajadores trabajan,
cuánto gana cada uno, cuánto tiempo trabajó cada uno. Por ejemplo, en esta
demanda, se utiliza la remuneración del trabajador demandante para presumir que
es la misma en los 24 trabajadores restantes. De la misma forma como días
laborados por cada trabajador se consigna el record laboral que se utiliza para
las vacaciones de los trabajadores con jornada ordinaria, consideramos es un
punto medio atendible. En todo caso, el juez deberá de disponer se realice el
cálculo por un perito contable que solicitará a la empresa los documentos
necesarios para el cálculo. En los medios de prueba hemos considerado las
exhibiciones que debe de realizar la demandada para crear convicción en el
juzgado sobre el derecho que asiste e incluso sirvan de base para el informe
que realizará el perito contador. Recuerde, este es sólo una modelo que puede
ser mejorado por el lector, es una ayuda a los abogados laboralistas y
trabajadores (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI).
Demanda laboral de cobro de utilidades
por el trabajador
SECRETARIO :
NRO. EXPEDIENTE :
CUADERNO :
Principal
NRO. ESCRITO :
01
(Nombres y Apellidos del Trabajador), con
DNI (…), con domicilio real en (indicar
el lugar donde vive), con domicilio procesal en (lugar donde está la oficina del abogado), con domicilio electrónico
(indicar la casilla que otorga el Poder
Judicial); a Ud., respetuosamente, digo:
I.-
DATOS DEL DEMANDADO
TÍO
OJARA S. A.
(indicar el nombre del empleador, si es
una empresa o personal natural), a quien se le deberá de notificar en (indicar el lugar donde se ubica el empleador)
II.-
PETITORIO
En acumulación objetiva originaria:
Como
pretensión principal,
interpongo demanda laboral para que se disponga el pago de la participación en
las utilidades de la empresa demandada TÍO OJARA S.A en la suma total de S/. 27
000.00 (veintisiete mil nuevos soles), conforme a la liquidación realizada en
la justificación de mi petitorio.
Como pretensión accesoria, se disponga
el pago de los intereses legales laborales moratorios, costas y costos del
proceso.
III.-
HECHOS
III.1.-
DATOS DE LA RELACIÓN LABORAL
FECHA
DE INGRESO
|
01-01-2013
|
FECHA
DE CESE
|
01-07-2015
|
MOTIVO
DE CESE
|
Culminación
de Contrato a plazo fijo
|
CARGO
DESEMPEÑADO
|
Contador
|
ÚLTIMA
REMUNERACIÓN
|
S/.
1 500.00
|
TIPO
DE REMUNERACIÓN
|
Fija
|
III.2.-
JUSTIFICACIÓN DEL CONTENIDO DEL PETITORIO
1.- TÍO OJARA S.A. se trata de una
empresa sujeta al régimen laboral de la actividad privada que desarrolla
actividades generadoras de renta de tercera categoría[3], como es el
ser una empresa de comercio al por mayor y menor y restaurante.
2.- Es del caso, que a la fecha de mi
cese se me ha realizado el pago de mis beneficios sociales, sin que se me abone
el pago de la participación en las utilidades de la empresa demandada.
3.- Habiendo esperado prudentemente, no
se ha procedido al pago dentro del plazo previsto por la ley, por lo que
realice un requerimiento de pago por escrito, para que se genere el interés
legal moratorio, conforme a lo indicado en el art. 6 del Decreto Legislativo
892.
4.- De esta manera, el monto consignado
sobre el pago de la participación de las utilidades lo justifico de la
siguiente manera, sin perjuicio que su despacho disponga la realización de un
informe contable practicado por los peritos adscritos a los juzgados de trabajo,
conforme a lo indicado en el art. 28 de la Nueva Ley Procesal de Trabajo[4]:
LIQUIDACIÓN DE PARTE DE PARTICIPACIÓN EN LAS UTILIDADES
A.- DATOS NECESARIOS
S/ 10 000 000.00 (diez millones
de nuevos soles
|
|
Número total de trabajadores de
la empresa[6]
|
25 trabajadores
|
Número de días laborados por el
trabajador
|
|
Remuneración del trabajador
considerada para el cálculo
|
S/. 1 500.00 (un mil quinientos
nuevos soles)
|
Número total de días laborados
por todos los trabajadores de la empresa con derecho a percibir utilidades
|
Son 25 trabajadores y podemos
indicar que cada uno laboró 260 días
25 x 260 = 6 500 días
|
Remuneración total pagada a
todos los trabajadores de la empresa
|
Son 25 trabajadores y podemos
presumir que a cada uno le pagan S/ 1 500.00 nuevos soles
25 x 1 500.00 = S/. 37 500.00
|
B.- PORCENTAJE DE
UTILIDADES A DISTRIBUIR
Renta anual de la empresa antes
de impuesto
|
S/ 10 000 000.00
|
100%
|
Por ser restaurante del 100%
debe distribuirse el 8%
|
S/ 800 000.00
|
8%
|
50% de la participación a repartirse
|
S/ 400 000.00
|
|
C.- DISTRIBUCION EN FUNCIÓN DE LOS DÍAS EFECTIVAMENTE LABORADOS
50% de las utilidades por
distribuir
--------------------------------------------------
x Nro. De días laborado por el trabajador demandante
Nro. Total de días laborados por
Todos los trabajadores
S/ 400 000.00
---------------------- x 260 días
= S/ 16 000.00 (Participación según los días laborados)
6 500 días
D.- DISTRIBUCIÓN EN FUNCIÓN DE LAS REMUNERACIONES PERCIBIDAS
50% de las utilidades por
distribuir
--------------------------------------------------
x remuneración del trabajador demandante
Nro. Total de remuneraciones de
Todos los trabajadores
S/ 400 000.00
---------------------- x S/ 1 500.00 = S/ 16 000.00 (Participación
según remuneraciones)
S/ 37 500.00
E.- TOTAL DE PARTICIPACIONES A PAGAR
(Participación según los días
laborados) + (Participación según remuneraciones)
(S/ 16 000.00) + (S/ 16 000.00) =
S/ 32 000.00 (Total de participaciones a pagar)
F.- TOPE MÁXIMO (18 remuneraciones,
último párrafo art. 2 D. Leg. 892)
S/ 1 500.00 (remuneración
trabajador) x 18 = S/ 27 000.00
G.- REMANENTE
S/ 32
000.00 – S/ 27 000.00 = S/ 5 000.00 (Destino FONDOEMPLEO)
H.- MONTO TOTAL A PAGAR
S/ 27
000.00
IV.-
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Es sustento de la presente demanda, el
artículo 2 del Decreto Legislativo 892 por el que “Regulan el derecho de los
trabajadores a participar en las utilidades de las empresas que desarrollan
actividades de rentas de tercera categoría”, que indica “Los trabajadores de las empresas
comprendidas en el presente Decreto Legislativo participan en las utilidades de
la empresa, mediante la distribución por parte de ésta de un porcentaje de la
renta anual antes de impuestos. El porcentaje referido es como sigue: […]
Empresas de Comercio al por mayor y al por menor y Restaurantes 8%”. En
el presente caso, no se ha producido la distribución de un porcentaje de las
utilidades de la empresa hacía mi persona, situación que motiva la
interposición de la presente demanda.
V.-
MONTO DEL PETITORIO
S/ 27 000.00 (veintisiete mil nuevos
soles), más intereses legales, costas y costos del proceso.
VI.-
VÍA PROCEDIMENTAL
El Proceso Ordinario Laboral, conforme
al art. 2 de la Nueva Ley Procesal de Trabajo.
VII.-
MEDIOS PROBATORIOS
1.- Contratos de trabajo con el objeto
de acreditar la existencia de una relación de trabajo a plazo fijo.
2.- Boletas de Pago con el objeto de
acreditar el monto mensual de mis remuneraciones y mis días laborados.
3.- La exhibición que hará la demandada
de los Estados Financieros de la Empresa con el objeto de acreditar la renta
obtenida antes de pagar impuestos.
4.- La exhibición que hará la demandada
del listado de trabajadores del año 2014, con indicación de trabajadores
existentes por mes de enero a diciembre del 2014 con el objeto de acreditar si
se cumple con el número de trabajadores necesario para proceder al pago de
utilidades.
5.- La exhibición que hará la demandada
de los trabajadores y las remuneraciones totales que percibieron en el año 2014,
incluido el demandante, con el objeto de acreditar las remuneraciones totales
de los trabajadores.
6.- La exhibición que hará la demandada
de los trabajadores y los días laborados totales por cada trabajador en el año
2014, incluido el demandante, con el objeto de acreditar el total de días
laborados por los trabajadores.
(Puede
indicar otros medios de prueba que considere pertinentes)
VIII.-
ANEXOS
1-A Copia de mi Documento Nacional de
Identidad.
1-B Contratos de trabajo.
1-C Boletas de Pago.
1-D (los que considere necesarios)
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido admitir a trámite la
presente demanda.
Arequipa, 06 de septiembre del 2015
(Firma de Abogado)
(Firma del Trabajador demandante)
[1]
Este exordio se ha hecho tomando en cuenta la Resolución 014-93-CE-PJ
(02/06/93) Normas para la presentación de escritos por las partes y terceros en
los procesos judiciales y formato único de notificación judicial.
[2]
Siendo que a la fecha de elaboración de este modelo una (1) URP es igual a S/
385.00, la presente pretensión al ser superior
a 50 unidades de referencia procesal se tramita ante el Juez Especializado de
Trabajo conforme al Art. 2 de la Nueva Ley Procesal de Trabajo.
[3]
El Art. 1 del Decreto Legislativo 892 establece “El presente Decreto
Legislativo regula el derecho de los trabajadores sujetos al régimen laboral de
la actividad privada, a participar en las utilidades de las empresas que
desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría.”
[4] Estos datos los hemos consignado teniendo en
cuenta el artículo 16 del Decreto Supremo 009-98-TR que establece los mínimos
requisitos que debe contener la liquidación de participación en las utilidades.
[5]
Para este dato Ud. puede ingresar a la SMV o SBS para ver los estados
financieros de la empresa demandada y poder establecer el monto más cercano.
[6]
Sólo las empresas que tributan impuestos con más de veinte trabajadores están obligadas
al pago de utilidades, véase el art. 2 del Decreto Supremo 009-98-TR.
[7]
Colocamos este número a manera de ejemplo, en el entendido que en art. 10,
literal a) del Decreto Legislativo 713 establece este record laboral.
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