¿CÓMO IMPUTAR FALTAS LABORALES GRAVES A UN TRABAJADOR? MODELO DE CARTA DE PREAVISO DE DESPIDO DIRIGIDO AL TRABAJADOR
¿CÓMO
IMPUTAR FALTAS LABORALES GRAVES A UN TRABAJADOR? MODELO DE CARTA DE PREAVISO DE
DESPIDO DIRIGIDO AL TRABAJADOR
Por José
María Pacori Cari
Profesor de
Derecho de la UJCM
En la relación laboral suceden hechos que
configuran faltas graves que comete el trabajador, para imputar estas faltas el
empleador debe de seguir el procedimiento laboral seguido en el Decreto Supremo
003-97-TR. Este procedimiento se inicia con la comunicación al trabajador de lo
que se denomina “carta de preaviso de despido”, esta carta debe de contener en
esencia el plazo para que presente sus descargos, el cual no puede ser menor de
seis (6) días naturales, por lo que el empleador de considerarlos necesario
puede otorgar un plazo mayor; asimismo, se le debe de indicar las faltas tipificadas
en la ley o reglamento interno de trabajo; también se le debe de hacer una
descripción de los hechos que configuran las faltas que se le imputan. Se
sugiere la remisión por vía notarial de esta carta para acreditar su recepción
o negativa de recepción. De contar con pruebas que acreditan las falta las mismas deberán de anexarse a la carta (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelo de
carta de imputación de cargos al trabajador
CARTA DE PRE
AVISO DE DESPIDO
Arequipa, 05
de octubre de 2015
SRA.
LEONOR
VILLANUEVA MAMANI
Trabajadora de la Empresa
Dirección: Urb. Esperanza C-3, distrito de
José Luis Bustamante y Rivero
Presente.-
De nuestra mayor consideración:
I.- Petitorio
Atento saludo a su persona y siguiendo el
procedimiento laboral previsto en el art. 31 del D. S. 003-97-TR, se le
requiere formalmente para que en el plazo razonable no menor de seis días
naturales proceda a presentar sus descargos respecto de la comisión de las
presuntas faltas graves laborales contenidas en el artículo 25, literales a) y
c), del D. S. 003-97-TR que indican:
II.- Presuntas
Faltas Laborales cometidas
1.- Artículo 25, literales a), del D. S.
003-97-TR que indica: “Son faltas graves: a) El incumplimiento de las
obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral […]”
2.- Artículo 25, literales c), del D. S.
003-97-TR que indica: “Son faltas graves: […]c) La apropiación consumada o
frustrada de bienes o servicios del empleador o que se encuentran bajo su
custodia, así como la retención o utilización indebidas de los mismos, en
beneficio propio o de terceros, con prescindencia de su valor […]”
III.- Indicación
de Cargos
1.- Hecha la verificación de las sumas
dinerarias que Ud. maneja, se verifica faltantes consistentes en: […],
situación que configura un quebrantamiento de la buena fe laboral y la
apropiación de bienes que se encuentran bajo custodia, así como su retención y
utilización indebidas.
2.- De esta manera, se justifica el envío de
la presente carta de pre aviso de despido.
Sin otro particular, quedo de Ud. esperando
los descargos del caso.
Atentamente,
(Firma del
representante de la empresa)
(Nombres y
Apellidos del representante de la empresa)
(Dirección
de la empresa)
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