¿CUÁL ES EL CONTENIDO BÁSICO DE UN CONTRATO PARA EL TRABAJADOR DE CONFIANZA? – MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO DE TRABAJADOR DE CONFIANZA

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¿CUÁL ES EL CONTENIDO BÁSICO DE UN CONTRATO PARA EL TRABAJADOR DE CONFIANZA? – MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO DE TRABAJADOR DE CONFIANZA
Por
José María Pacori Cari
Catedrático de Derecho de la UJCM

ÁREA: DERECHO LABORAL
LÍNEA: CONTRATACIÓN LABORAL



Las empresas privadas o entidades estatales que cuentan con trabajadores del régimen laboral privado pueden tener cargos de confianza que deben de ser ocupados por personal que reúna ciertas características. En esta oportunidad se ofrece la forma de contratar a este tipo de trabajadores. Conforme a la práctica laboral el contrato ideal para este tipo de trabajadores es el contrato de trabajo sujeto a modalidad de servicio específico (por lo que deberá de remitir copia del mismo al MINTRA), sin embargo, es importante precisar que la culminación de la contratación de este trabajador no sólo se produce por vencimiento del plazo que se pudiera colocar sino también por la pérdida de la confianza del empleador en el trabajador. Otro detalle importante es que estos trabajadores no están sujetos a la jornada ordinaria de trabajo. Asimismo, a diferencia de los demás trabajadores estos trabajadores pueden estar sujetos a un periodo de prueba que se puede extender hasta seis meses. Por último, resulta importante que se sugiere indicar en el contrato que el trabajador conoce desde el inicio que el cargo que ocupa es de confianza, situación que implica que el empleador debe delimitar las funciones que realizará en el cargo de confianza. Por último, indicar que estos trabajadores no gozan de estabilidad laboral. Se recomienda revisar los pies de página que justifican normativamente y jurisprudencialmente las cláusulas del contrato (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)

Modelo de contrato de trabajador de confianza en el sector privado

CONTRATO DE TRABAJO  DE TRABAJADOR DE CONFIANZA
Conste por el presente documento, que se suscribe por triplicado, el contrato de trabajo sujeto a modalidad por servicio específico para trabajador de confianza, que celebran de una parte […], con RUC […], y domicilio real en […] debidamente representada por el señor […], con DNI […], a quien en adelante se le denominará el EMPLEADOR y de la otra parte, […], con DNI […], con domicilio real en […], a quien en adelante se le denominará el TRABAJADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA. El EMPLEADOR es una […], cuyo objeto social es […], que requiere de los servicios del TRABAJADOR en forma de servicio específico, para dedicarse única, exclusivamente y tiempo completo a las funciones de […][1] que implica labores en contacto personal y directo con el empleador o con el personal de dirección que contribuye a la formación de decisiones empresariales.[2]
SEGUNDA. El EMPLEADOR contrata los servicios personales del TRABAJADOR  para desempeñar las funciones inherentes al cargo de confianza de […] así como la ejecución de las tareas ordinarias y anexas al mencionado cargo, de conformidad con los reglamentos, ordenes  e instrucciones que le imparta el EMPLEADOR, observando en su cumplimiento la diligencia y el cuidado necesarios.  
TERCERA. El EMPLEADOR pagara al TRABAJADOR por la prestación de su servicio específico la remuneración mensual ascendente a la suma de S/ […] soles y los derechos y beneficios sociales que le correspondan.
CUARTA. El TRABAJADOR deberá prestar sus servicios desde las […] horas. Por razón de las funciones que desempeña el TRABAJADOR y por el hecho de desempeñar un cargo de CONFIANZA, el TRABAJADOR  está excluido de la regulación sobre jornada máxima legal  y deberá trabajar el número de horas necesarias para el cabal desempeño de sus funciones.[3]
QUINTA. La duración del presente contrato es de […] meses, iniciándose el día […] de […] del 2016 y concluirá el día […] de […] de […][4].Los primeros seis (6) meses[5] del presente contrato se consideran como periodo de prueba.
SEXTA. El EMPLEADOR no está obligado a dar aviso alguno adicional referente al término del presente contrato, operando su extinción en la fecha de su vencimiento[6] o por pérdida de la confianza[7]. Por este último motivo el trabajador declara bajo juramento que desde el inicio de sus labores conoce de su calidad de personal de confianza, por lo que entiende que estará sujeto a la confianza del empleador para la continuidad de labores.[8]
SÉTIMA. Las partes contratantes renuncian expresamente al fuero judicial de sus domicilios y se someten a la jurisdicción de los jueces de […] para resolver cualquier controversia que el cumplimiento del presente contrato pudiera originar.
Firmado en la ciudad de […] a los […] días del mes de […] del […]



FIRMA DEL EMPLEADOR                             FIRMA DEL TRABAJADOR


[1] Conforme al art. 79 del D. S. 001-96-TR en los contratos para servicio deberá señalarse expresamente su objeto.
[2] Conforme al art. 43 del D. S. 003-97-TR que define a los trabajadores de confianza.
[3] El art. 11 del D. S. 008-2002-TR establece que no se encuentran comprendidos en la jornada máxima los trabajadores de confianza.
[4] Conforme al art. 79 del D. S. 001-96-TR en los contratos para servicio deberá señalarse expresamente su objeto, sin perjuicio que las partes convengan la duración del respectivo contrato.
[5] Plazo máximo previsto para los trabajadores de confianza conforme al D. S. 003-97-TR
[6] Conforme al art. 79 del D. S. 001-96-TR los contratos de servicio podrán mantenerse en dicha calidad hasta el cumplimiento del objeto del contrato.
[7] En la STC 3501-2006-PA/TC establece que el retiro de la confianza comporta la pérdida de su empleo, siempre que desde el principio de sus labores éste trabajador haya ejercido un cargo de confianza.
[8] Conforme al fundamento 16 de la STC 03501-2006-PA/TC

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