MODELO DE ACTO POR EL QUE EL ÓRGANO INSTRUCTOR SE APARTA DE LAS CONCLUSIONES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA EN UN PAD

MODELO
DE ACTO POR EL QUE EL ÓRGANO INSTRUCTOR SE APARTA DE LAS CONCLUSIONES DE LA
SECRETARÍA TÉCNICA EN UN PAD
Por
José María Pacori Cari
Miembro
de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo
Socio
de la Asociación Española de Derecho de Trabajo y Seguridad Social
ÁREA: PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
LÍNEA: INICIO DE INVESTIGACIONES
PRELIMINARES
Este es el sexto modelo (MODELO
06) que ofrecemos sobre el procedimiento sancionador previsto en la Ley
30057 – Ley del Servicio Civil - conforme a la versión actualizada de la
Directiva 02-2015-SERVIR/GPGSC RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR DE LA LEY 30057, LEY DEL SERVICIO CIVIL. El procedimiento
administrativo disciplinario en contra de un servidor o ex servidor puede
iniciarse de oficio o a través de una denuncia administrativa que puede ser
escrita o verbal, luego la Secretaría Técnica (ST) inicia una investigación
preliminar por treinta (30) días hábiles, la ST dentro del plazo indicado emite
los siguientes documentos: Carta de respuesta al denunciante, Informe de
Precalificación de archivo de denuncia o Informe de Precalificación
recomendando el inicio del PAD, hecho esto se remite el informe de
precalificación al órgano instructor (en la amonestación será el jefe
inmediato, en la suspensión será el jefe inmediato, en la destitución será el
Jefe de Recursos Humanos). El órgano instructor puede realizar dos acciones: la primera es apartarse de las conclusiones
del Informe de ST. Como verifica pese a que podría existir un Informe de
Precalificación que opina por el inicio de PAD, la norma concede al Órgano
Instructor la posibilidad de apartarse de esta conclusiones e indicar que no
existen razones para iniciar el PAD (véase el numeral 13.1 de la Directiva
02-2015-SERVIR/GPGSC). Esta es otra garantía del debido procedimiento que se
otorga a los sujetos del procedimiento administrativo disciplinario (AUTOR:
JOSÉ MÁRÍA PACORI CARI).
Modelo de acto de órgano instructor que se aparta de las
conclusiones de la ST en un PAD
Arequipa, 12 de agosto de 2016.
CARTA 00 -2016-ST
SEÑOR
SECRETARIO TÉCNICO
Presente.-
ASUNTO : ACTO QUE SE APARTA DE LAS CONCLUSIONES DE LA ST
REFERENCIA : EXPEDIENTE Nro. (…) - Informe de Precalificación (…)
De mi mayor consideración:
Previo atento saludo, sustentado en el numeral 13.1 de la
Directiva 02-2015-SERVIR-GPGGSC la presente es para comunicarle mi decisión de
apartarme de las conclusiones del Informe de Precalificación Nro. (…) que se me
ha remitido por cuanto considero que no existen razones para iniciar el PAD,
argumentando las razones siguientes:
1.- No existen medios de prueba suficientes que acrediten la
existencia de falta administrativa en el presente caso.
2.- La declaración no acredita (…)
3.- (…).
Sin otro particular, quedo de Ud. a la espera del archivo del
presente proceso.
Atentamente,
Firma
ÓRGANO
INSTRUCTOR
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