
MODELO DE RECURSO
ADMINISTRATIVO DE APELACIÓN
Por José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo
ÁREA: Derecho Administrativo
Línea: Procedimiento
Administrativo
Recientemente
publicado el TUO de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General
-, debe tenerse presente las modificaciones realizadas, una de estas modificaciones
ha implicado la mención expresa al procedimiento recursal como etapa posterior
al procedimiento administrativo, que actualmente implica en esencia el recurso
de reconsideración y recurso de apelación, el recurso de revisión deja de ser
un recurso previsto en el procedimiento general, otra situación importante es
que ya no constituye requisito obligatorio la firma de letrado (abogado) en el
recurso. En el presente modelo le mostramos como es un recurso administrativo
de apelación, en principio, este recurso se presenta ante la misma autoridad
que emite el acto (resolución) a impugnarse, se sustentará en una interpretación
incorrecta de las pruebas o en cuestiones de puro derecho, si presentara nueva
prueba, el recurso debe calificarse como uno de reconsideración y no de apelación,
por esta razón un recurso de apelación, en esencia, no contiene medios
probatorios (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI).
Modelo de recurso
administrativo de apelación
SUMILLA: INTERPONGO RECURSO ADMINISTRATIVO
DE APELACIÓN
SEÑOR GERENTE MUNICIPAL DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE (indicar
el cargo del funcionario que emite el acto que impugnará)
(Nombres y Apellidos de la
persona que interpone el Recurso), con DNI (…), con domicilio
real en (indicar dónde vive o donde desea
que lleguen las notificaciones); a Ud., respetuosamente, digo:
El art. 215.1 del TUO de la Ley 27444 – Ley del
Procedimiento Administrativo General – establece que “frente a un acto administrativo que se supone viola, desconoce o
lesiona un derecho o interés legítimo, procede su contradicción en la vía
administrativa mediante los recursos administrativos señalados en el artículo
siguiente, iniciándose el correspondiente procedimiento recursivo.”
Dentro de este contexto:
I.-
EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Como pretensión administrativa principal,
interpongo recurso de apelación en contra del acto administrativo contenido en
la Resolución (indicar el número de la resolución) para que se declare su
nulidad por contravenir el (indicar las normas que ha contravenido la
resolución impugnada); y, como consecuencia:
Como pretensión accesoria, solicito se (indicar
que es lo que espera con la declaración de nulidad, por ejemplo, se me otorgue
una licencia, etc.).
II.-
FUNDAMENTOS DEL RECURSO
1.- Se emite la Resolución de (…) que declara
improcedente la solicitud de la servidora de licencia con goce de haber.
2.- Esta resolución es nula por lo siguiente:
2.1.-
El 16 de junio de 1950, se publica el Decreto Ley 11377 – Estatuto y Escalafón
del Servicio Civil – que en el su Artículo 55, segundo párrafo, indica lo
siguiente: “Si
la enfermedad fuera tuberculosis o neoplasia maligna (cáncer) no recuperable,
debidamente diagnosticada, tendrá derecho a licencia hasta por dos años con el
goce íntegro de su haber.”
2.2.-
El 28 de octubre de 1965, el segundo párrafo del art. 55 se modifica por el Artículo
Único de la Ley N° 15668, publicada el 28
octubre 1965, cuyo texto es el siguiente: "Si la enfermedad fuera
tuberculosis o neoplasia maligna no recuperables, debidamente diagnosticadas,
tendrá derecho a licencia hasta por dos años con el goce íntegro de su haber".
2.3.- El 24 de marzo de 1984, se
publica el Decreto Legislativo 276 - Ley de
Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público – no hace
referencia expresa a este tipo de licencia por neoplasia maligna, sin embargo,
la Décimo-cuarta Disposición Complementaria y
Final establece “Deróganse las
disposiciones legales que se opongan a la presente Ley."
2.4.- Es del
caso, que de la lectura del Decreto Legislativo 276 no se hace referencia
expresa a la licencia fundada en neoplásica maligna, razón por la cual dicha
norma se encuentra vigente, siendo obligatorio acceder al pedido de licencia
solicitado.
2.5.- La
interpretación realizada se ampara en el Artículo 26 de la Constitución Política del Estado que indica “En la
relación laboral se respetan los siguientes principios: (…) 3. Interpretación
favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una
norma.”
3.- Conforme a lo indicado procede se declare fundado el recurso
interpuesto.
III.- FUNDAMENTO DE DERECHO
El Artículo 218 del TUO de lo Ley 27444 establece que “El recurso de apelación se interpondrá cuando la impugnación se
sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se
trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad
que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior
jerárquico.”
IV.- ANEXOS
1-A Copia de Documento Nacional de Identidad
1-B Copia de la Resolución (anexe
la resolución que impugna a través de este recurso).
POR LO EXPUESTO:
A
UD. pido dar al presente recurso el trámite que le corresponda conforme al TUO
de la Ley 27444.
Arequipa,
22 de marzo de 2017.
Muy didáctico, práctico y conciso, excelente...
ResponderEliminarSatisfizo todas mis dudas.Muchas gracias
ResponderEliminarBuenazoo...
ResponderEliminar