¿CÓMO REQUERIR A LA AUTORIDAD
ADMINISTRATIVA QUE RESUELVA UN ESCRITO?
Por José María Pacori Cari
Catedrático de Derecho
Administrativo de la UJCM
ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
El
Ciudadano presenta solicitudes a las entidades públicas y en algunos casos esta
no resuelve su pedido oportunamente pese al transcurso del plazo legal; en
estos casos se sugiere la presentación de una queja por defecto de tramitación
o una denuncia penal por omisión de funciones, sin embargo, en algunos casos el
ciudadano no desea buscar una sanción para la autoridad administrativa que no
resuelve sólo espera la resolución de su pedido, en estos casos se sugiere
presentar un escrito de requerimiento de emita resolución lo que en la doctrina
argentina se denomina “pronto despacho”, este es un modelo del escrito de
pronto despacho (Autor José María Pacori Cari)
Ahora un vídeo:
Ahora el modelo de escrito:
Modelo de escrito
administrativo de requerimiento de respuesta
SUMILLA: REQUERIMIENTO DE
PRONTO DESPACHO
SEÑOR (indicar a la autoridad administrativa que debe de resolver, como el
Alcalde)
(Nombres y Apellidos del
Administrado Solicitante), con DNI (…), con domicilio
en (…); a Ud., respetuosamente, digo:
I.- FUNDAMENTOS
1.-
Señor, con fecha 17 de julio de 2017 presenté mi recurso de apelación en contra
de la Resolución Gerencial 598-2017-MPA/GM (anexo 1-A del presente escrito) para
que se proceda a lo siguiente: (…).
2.-
Por su parte, el Artículo 38 del TUO de la Ley 27444 establece el Plazo
máximo del procedimiento administrativo de evaluación previa en los siguientes
términos:
“El plazo que transcurra desde el
inicio de un procedimiento administrativo de evaluación previa hasta que sea
dictada la resolución respectiva, no puede
exceder de treinta (30) días hábiles, salvo que por ley o decreto
legislativo se establezcan procedimientos cuyo cumplimiento requiera una
duración mayor.”
3.- De esta manera, se tiene que a la fecha ha transcurrido en exceso el
plazo para dar una respuesta por escrito a mi recurso de apelación, siendo
que sería de aplicación lo
dispuesto en el Artículo 263 del TUO de la
Ley 27444 sobre Denuncia por delito de omisión o retardo de función que indica:
“El Ministerio Público, a efectos de decidir el ejercicio de
la acción penal en los casos referidos a delitos de omisión o retardo de
función, deberá determinar la presencia de las siguientes situaciones: a) Si el
plazo previsto por ley para que el funcionario actúe o se pronuncie de manera
expresa no ha sido excedido. b) Si el administrado ha consentido de manera
expresa en lo resuelto por el funcionario público.”
Dentro de este contexto,
II.- EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
A fin de evitar situaciones de
conflicto penales, le SOLICITO
se sirva emitir resolución que resuelva mi recurso de apelación en contra de la
Resolución Gerencial 598-2017-MPA/GM de 17 de julio de 2017, caso contrario
tendré que iniciar las acciones legales del caso.
POR
LO EXPUESTO:
A UD. pido acceder a mi pedido,
anexando a la presente copia de mi recurso de apelación y Documento Nacional de
Identidad.
Arequipa,
06 de febrero de 2018.
(Firma del Administrado)
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