MODELO DE CONSENTIMIENTO DE REBAJA DE NIVEL PARA ACCEDER A UNA REASIGNACIÓN


MODELO DE ESCRITO DE AUTORIZACIÓN DE REDUCCIÓN DE NIVEL PARA ACCEDER A UNA REASIGNACIÓN

Por José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo

ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: EMPLEO PÚBLICO





Los servidores públicos nombrados bajo el régimen laboral público del Decreto Legislativo 276 tiene niveles de carrera que implica un nivel remunerativo; es del caso que para mejorar su situación laboral por diversos motivos el servidor requiere ser reasignado en otra plaza (cargo) distinta a la que se encuentra, no siendo, en algunos casos, posible esto por cuanto la plaza vacante en la cual quiere ser reasignada tiene un nivel remunerativo inferior al nivel alcanzado por el servidor, en estos casos la ley y la jurisprudencia permiten que el servidor autorice la rebaja de su nivel para acceder a la plaza de menor nivel, la forma de autorizar esta rebaja es el modelo que motiva el presente escrito. Se recomienda colocar su huella digital y legalizar su firma ante el Notario (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)


A continuación un vídeo de cómo elaborar el escrito y luego el modelo para su modificación:



Modelo de carta de rebaja de nivel para acceder a una plaza de nivel inferior

Arequipa, 05 de abril de 2018

SEÑOR
(Indicar el cargo de la más alta autoridad de la entidad, por ejemplo, Director del Hospital)

Presente.-

Asunto.- Autorizo el cambio de mi nivel remunerativo a uno inferior en mí mismo grupo ocupacional para acceder a una reasignación

La presente es para manifestar de manera libre y espontánea mi consentimiento expreso para autorizar el cambio de mi nivel remunerativo de (indicar el nivel en el que se encuentra, por ejemplo, SPB) al nivel remunerativo inferior de (indicar el nivel inferior al que accederá, por ejemplo, SPA) para acceder a la Plaza vacante de (indicar el nivel de la plaza concordante con el nivel inferior, por ejemplo, SPA) a través de una Reasignación, autorización que la realizo conforme a los siguientes fundamentos jurídicos:

1.- El artículo 20 del Decreto Legislativo 276 que indica “El cambio de grupo ocupacional, previo el cumplimiento de los requisitos correspondientes, no puede producirse a un nivel inferior al alcanzado, salvo consentimiento expreso del servidor.”
2.- El Décimo Quinto Considerando de la Casación 17181-2013 Piura emitido por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria que indica “De la lectura de la norma citada, se aprecia que el legislador a previsto el cambio en desmejora, solo para el caso de grupo ocupacional y siempre que exista consentimiento expreso del servidor. Por lo que haciendo una interpretación a fortiori de la norma en comento, es posible concluir que si el servidor se encuentra facultado a consentir el cambio de su grupo ocupacional a un nivel inferior, con mayor razón se encuentra facultado para autorizar el cambio a un nivel remunerativo inferior en su mismo grupo ocupacional”.

Sin otro particular quedo de Ud. legalizando mi firma ante Notario para acreditar que en la presente no ha mediado ningún vicio de la voluntad.

Atentamente,


(Firma y huella digital del Servidor que autoriza)
(Nombres y Apellidos del servidor)
DNI (…)
Dirección: (…)

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