MODELO DE ESCRITO DE AUTORIZACIÓN DE REDUCCIÓN DE
NIVEL PARA ACCEDER A UNA REASIGNACIÓN
Por José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho
Administrativo
ÁREA:
DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA:
EMPLEO PÚBLICO
Los servidores públicos nombrados bajo
el régimen laboral público del Decreto Legislativo 276 tiene niveles de carrera
que implica un nivel remunerativo; es del caso que para mejorar su situación
laboral por diversos motivos el servidor requiere ser reasignado en otra plaza
(cargo) distinta a la que se encuentra, no siendo, en algunos casos, posible
esto por cuanto la plaza vacante en la cual quiere ser reasignada tiene un
nivel remunerativo inferior al nivel alcanzado por el servidor, en estos casos
la ley y la jurisprudencia permiten que el servidor autorice la rebaja de su
nivel para acceder a la plaza de menor nivel, la forma de autorizar esta rebaja
es el modelo que motiva el presente escrito. Se recomienda colocar su huella
digital y legalizar su firma ante el Notario (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
A continuación un vídeo de cómo elaborar el escrito y luego el modelo para su modificación:
Modelo de carta de rebaja de nivel
para acceder a una plaza de nivel inferior
Arequipa,
05 de abril de 2018
SEÑOR
(Indicar el cargo de la más alta
autoridad de la entidad, por ejemplo, Director del Hospital)
Presente.-
Asunto.- Autorizo el cambio de mi nivel
remunerativo a uno inferior en mí mismo grupo ocupacional para acceder a una
reasignación
La presente es para manifestar de
manera libre y espontánea mi consentimiento expreso para autorizar el cambio de
mi nivel remunerativo de (indicar el nivel en el que se encuentra,
por ejemplo, SPB) al nivel remunerativo inferior de (indicar
el nivel inferior al que accederá, por ejemplo, SPA) para acceder a la
Plaza vacante de (indicar el nivel de la plaza concordante con el nivel inferior, por
ejemplo, SPA) a través de una Reasignación, autorización que la realizo
conforme a los siguientes fundamentos jurídicos:
1.- El
artículo 20 del Decreto Legislativo 276 que indica “El cambio de grupo ocupacional, previo el cumplimiento de los
requisitos correspondientes, no puede producirse a un nivel inferior al
alcanzado, salvo consentimiento
expreso del servidor.”
2.- El Décimo
Quinto Considerando de la Casación 17181-2013 Piura emitido por la Primera Sala
de Derecho Constitucional y Social Transitoria que indica “De la lectura de la norma citada, se aprecia que el legislador a
previsto el cambio en desmejora, solo para el caso de grupo ocupacional y
siempre que exista consentimiento expreso del servidor. Por lo que haciendo una
interpretación a fortiori de la norma en comento, es posible concluir que si el servidor se encuentra facultado a
consentir el cambio de su grupo ocupacional a un nivel inferior, con mayor
razón se encuentra facultado para autorizar el cambio a un nivel remunerativo
inferior en su mismo grupo ocupacional”.
Sin otro particular quedo de Ud.
legalizando mi firma ante Notario para acreditar que en la presente no ha
mediado ningún vicio de la voluntad.
Atentamente,
(Firma y
huella digital del Servidor que autoriza)
(Nombres y
Apellidos del servidor)
DNI (…)
Dirección: (…)
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