MODELO DE ESCRITO JUDICIAL DE ABSOLUCIÓN DE TRASLADO


MODELO DE ESCRITO JUDICIAL DE ABSOLUCIÓN DE TRASLADO

Por José María Pacori Cari
Catedrático de la UJCM

ÁREA: Derecho Procesal
LÍNEA: Absolución de traslado

Es común que iniciado un proceso judicial este implique actos procesales que en determinadas circunstancias motivan que el juez corra traslado de un escrito presentado por una de las partes a la otra, ello con la finalidad de garantizar el principio de contradicción, este es un modelo de absolución de traslado que bien puede ser utilizado para cumplir con el mandato judicial (Autor José María Pacori Cari)

Modelo de Absolución de Traslado

ESPECIALISTA        : (Indicar el nombre)
EXPEDIENTE           : (Indicar el número de expediente)
CUADERNO              : PRINCIPAL
ESCRITO                  : 01-2019
SUMILLA                  : Absuelvo el traslado de sucesión procesal

SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL

(Nombres y Apellidos de la parte que absuelve), en el proceso civil de nulidad de acto jurídico seguido en contra de (…) y otros; a Ud., respetuosamente, digo:

Por Resolución 47 se dispone “Traslado a la parte apelante por el plazo de tres días respecto del pedido de sucesión procesal”
Dentro de este contexto, procedo a la absolución del traslado conferido en los siguientes términos:

I.- PETITORIO
Absuelvo el traslado del pedido de declaración de sucesor procesal de la parte demandada presentado por LAS RUEDAS SAC para que se le declare improcedente en mérito a los siguientes fundamentos:

II.- FUNDAMENTOS DE LA ABSOLUCIÓN DE LA SUCESIÓN PROCESAL
1.- Como anexo del escrito de pedido de sucesión procesal se adjunta la Escritura 2826 de 25 de abril de 2019 donde en la cláusula segunda de la minuta se indica lo siguiente:
“(…) c) Asiento D-7 Anotación de Demanda del Expediente 2007-4771-43-JR-CI-04 (…)”
2.- Dentro de este contexto, pasamos ahora a indicar el contenido de lo previsto en el artículo 108 del Código Procesal Civil, referido a la sucesión procesal que indica:
Por la sucesión procesal un sujeto ocupa el lugar de otro en un proceso, al reemplazarlo como titular activo o pasivo del derecho discutido. Se presenta la sucesión procesal cuando:
1. Fallecida una persona que sea parte en el proceso, es reemplazada por su sucesor, salvo disposición legal en contrario;
2. Al extinguirse o fusionarse una persona jurídica, sus sucesores en el derecho discutido comparecen y continúan el proceso;
3. El adquirente por acto entre vivos de un derecho discutido, sucede en el proceso al enajenante. De haber oposición, el enajenante se mantiene en el proceso como litisconsorte de su sucesor; o
4. Cuando el plazo del derecho discutido vence durante el proceso y el sujeto que adquiere o recupera el derecho, sucede en el proceso al que lo perdió.
En los casos de los incisos 1. y 2., la falta de comparecencia de los sucesores, determina que continúe el proceso con un curador procesal.
Será nula la actividad procesal que se realice después que una de las partes perdió la capacidad o titularidad del derecho discutido, siempre que dicho acto le pueda haber generado indefensión. Si transcurridos treinta días no comparece el sucesor al proceso, el Juez debe designar a un curador procesal, de oficio o a pedido de parte.
3.- Conforme a esto, siendo que se ha producido un acto de temeridad procesal respecto de los demandados que arriendan por tres años la propiedad a LAS RUEDAS SAC, resulta conforme a la norma antes indicada improcedente el pedido de sucesión procesal indicado

POR LO EXPUESTO:
A UD. pido tener por absuelto el traslado conferido.

Arequipa, 09 de agosto de 2019.

(Firma de la parte que absuelve el traslado y de su abogado)

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