BONIFICACIÓN POR TRABAJO DE GUARDIA EN LA LEY DE TRABAJO MÉDICO DEL PERÚ


LA PERMANENCIA DE LA BONIFICACIÓN POR TRABAJO DE GUARDIA EN LA LEY DE TRABAJO MÉDICO DEL PERÚ. Comentario al artículo 12 del Decreto Legislativo 559. En el presente artículo se hace un análisis del derecho a la exoneración de cumplimiento del trabajo de guardia y del derecho a la permanencia de pago de la bonificación por servicio de guardia a los servidores médicos del Perú conforme a su Ley de Trabajo Médico.

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