MODELO DE RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO

MODELO DE RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO. Las resoluciones judiciales son sentencias, decretos y autos; los autos pueden ser impugnados por recurso de apelación en el proceso judicial (autor José María Pacori Cari)


Ahora, la explicación en vídeo del modelo


MODELO DE RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO 

José María Pacori Cari 

Maestro en Derecho por la Universidad Nacional de San Agustín en el Perú – Miembro Pleno del Instituto Vasco de Derecho Procesal 

Área Derecho Procesal Civil

Línea Medios impugnatorios 

Las resoluciones judiciales son sentencias, decretos y autos; estos actos procesales del juez pueden ser materia de impugnación. Los autos son resoluciones judiciales que, sin pronunciarse sobre el fondo, requieren de motivación en su expedición, verbi gratia, el auto de saneamiento del proceso o la resolución que declara improcedente los medios de prueba extemporáneos; estos autos estos pueden ser impugnados por recurso de apelación que implica que el superior en grado evaluará su confirmación o nulidad (autor José María Pacori Cari) 

Modelo de recurso de apelación de auto 

ESPECIALISTA         […indicar los nombres y apellidos…]

EXPEDIENTE            […identificar el número del expediente…]

CUADERNO              Principal

ESCRITO                 01-2023

SUMILLA                 Interpongo recurso de apelación contra auto 

SEÑOR JUEZ […indicar la denominación del juzgado que emite el auto…] 

[…indicar los nombres y apellidos del apelante…] en el proceso judicial que sigo en contra de […identificar a la otra parte…]; a Ud., respetuosamente, digo: 

Conforme al artículo 364 del Código Procesal Civil que indica “El recurso de apelación tiene por objeto que el órgano jurisdiccional superior examine, a solicitud de parte o de tercero legitimado, la resolución que les produzca agravio, con el propósito de que sea anulada o revocada, total o parcialmente”. 

Dentro de este contexto, 

I. PETITORIO

Como pretensión impugnatoria, interpongo recurso de apelación en contra del auto contenido en la Resolución Nro. […] para que el superior en grado declare su nulidad total, disponiendo se emita resolución que aprueba la pericia emitida por un perito designado por el Poder Judicial que no ha sido observada por las partes, en mérito a los siguientes fundamentos: 

II. PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO

Teniendo en cuenta el artículo 155-C de la Ley Orgánica del Poder Judicial que indica “La resolución judicial surte efectos desde el segundo día siguiente en que se ingresa su notificación a la casilla electrónica, con excepción de las que son expedidas y notificadas en audiencias y diligencias especiales y a las referidas en los artículos 155-E y 155-G.” Habiendo incurrido sido notificado electrónicamente con la resolución Nro. […] con fecha […], el plazo para impugnarla vence el […]. 

III. FUNDAMENTOS DEL RECURSO

El artículo 366 del Código Procesal Civil indica “El que interpone apelación debe fundamentarla, indicando el error de hecho o de derecho en la resolución, precisando la naturaleza del agravio y sustentando su pretensión impugnatoria”. De esta manera, procedo a indicar el error, sustentar mi pretensión impugnatoria y señalar el agravio: 

III.1. INDICACIÓN DEL ERROR

1. El error en la resolución impugnada lo encontramos en su sexto considerando que indica 

“Puesta de conocimiento de las partes la liquidación efectuada por el señor perito, ninguna de las partes ha formulado observación alguna en su contra; pese a ello corresponde verificarse si la pericia ha sido elaborada conforme con lo ordenado en sentencia […]”. 

2. Finalmente, resuelve lo siguiente 

“Por todos estos fundamentos, DESAPRUEBO la pericia elaborada en autos; y en consecuencia, DISPONGO la remisión del expediente al área de pericias, con la finalidad de la elaboración de una nueva liquidación pericial”. 

III.2. SUSTENTACIÓN DE LA PRETENSIÓN IMPUGNATORIA

1. Los anteriores considerandos incurren en error, por cuanto no se toma en cuenta lo indicado en […] 

2. En efecto, en el presente caso, se ha solicitado el pago de […] 

III.3. NATURALEZA DEL AGRAVIO

1. El agravio es de naturaleza moral, por cuanto el juez sustituyendo a la parte demandada pretende modificar el contenido de una sentencia. 

2. El agravio es de naturaleza económica, por cuanto el juez, sin observaciones a la pericia presentada por un perito judicial, pretende reducir el monto de […] 

POR LO EXPUESTO

Pido a usted elevar los actuados al superior en grado. 

Ayacucho, 24 de mayo de 2023. 

[…firma del apelante…]

[…firma del abogado…]



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