MODELO DEMANDA DE AMPARO POR DISCRIMINACIÓN

MODELO DE DEMANDA DE AMPARO POR DISCRIMINACIÓN. Puedes defender tu derecho a la igualdad sin discriminación a partir de una demanda constitucional de amparo (autor José María Pacori Cari)



MODELO DE DEMANDA DE AMPARO POR DISCRIMINACIÓN 

José María Pacori Cari

Maestro en Derecho por la Universidad Nacional de San Agustín en el Perú – Miembro de Pleno Derecho del Instituto Vasco de Derecho Procesal 

Área Derecho Procesal Constitucional

Línea Acción de amparo 

Uno de los derechos que protege la Constitución es el derecho a la igualdad sin discriminación; la protección constitucional de este derecho es a través del proceso constitucional de amparo que implica la presentación de una demanda, cuyo modelo se ofrece a continuación (autor José María Pacori Cari) 

Modelo de demanda constitucional de amparo 

CUADERNO Principal

ESCRITO 01-2023

SUMILLA Demanda constitucional de amparo por discriminación 

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONSTITUCIONAL 

[…nombres y apellidos del demandante…], identificado con DNI Nro. […], con domicilio real en […], con domicilio procesal en […], con domicilio electrónico en la casilla judicial Nro. […]; a Ud., respetuosamente, digo: 

I. DEMANDADOS Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA

[…indicar la denominación de la autoridad o funcionario que afecta el derecho constitucional…], Sr. […nombres y apellidos del funcionario…], a quien se deberá de notificar en […]. 

En defensa de los intereses del Estado, se deberá de emplazar con la presente demanda a la siguiente procuraduría 

[…Procurador público del …] a quien se notificará en […]. 

II. PETITORIO

Como pretensión principal, interpongo demanda constitucional de amparo por violación de mi derecho constitucional de igualdad y no discriminación, previsto en el artículo 2, inciso 2 de la Constitución Política del Perú para que se disponga el cese del acto lesivo consistente en […] para que se disponga […], más los costos del proceso. 

III. DERECHOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS

1. El derecho constitucional a la igualdad y no discriminación, indicado en el artículo 2, inciso 2 de la Constitución Política del Perú que indica 

“Toda persona tiene derecho”: “2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole”. 

2. El derecho constitucional a la igualdad y no discriminación, indicado como derecho material de tutela de amparo en el artículo 44, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional que indica 

El amparo procede en defensa de los siguientes derechos: 1) De igualdad y de no ser discriminado por razón de origen, sexo, raza, características genéticas, orientación sexual, religión, opinión, condición económica, social, idioma, o de cualquier otra índole. 

3. En efecto, la autoridad demandada al cometer el acto lesivo de […], afecta mi derecho a la igualdad sin discriminación. 

IV. RELACIÓN NUMERADA DE LOS HECHOS QUE SE HAN PRODUCIDO

1. Con fecha 09 de julio de 2014, se publica en el Diario Oficial El Peruano la Ley 30220 – Ley Universitaria – que en su artículo 86 establece […] 

2. Con fecha 17 de junio de 2021 se emite la Resolución Presidencial 069-2021-UNISCJSA/P que en su artículo primero resuelve […] 

3. Estando a lo anterior, la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) del Perú ha emitido la Constancia de Registro del demandante en el RENACYT que da cuenta que es Docente Investigador del Grupo María Rostworowski desde el 17 de mayo de 2021 hasta el 17 de mayo de 2024. 

4. Posteriormente, con fecha 01 de marzo de 2023 se emite el Decreto Supremo 028-2023-EF que establece los montos, criterios y condiciones de la Bonificación Especial para el Docente Investigador, sin indicar como beneficiarios a los Docentes Investigadores Nivel I, del Grupo María Rostworowski. 

5. De esta manera, desconociendo la normatividad vigente y mi derecho reconocido, el ministro de economía y finanzas al emitir el Decreto Supremo 028-2023-EF desconoce mi derecho a una bonificación especial prevista en la Ley 30220 en mi condición de Docente Investigador, creando una discriminación respecto de otros docentes investigadores. 

V. MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS

1-A Resolución Presidencial 069-2021-UNISCJSA/P que en su artículo primero resuelve reconocer a la demandante como docente investigador de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa.

1-B Constancia de Registro de la demandante en el RENACYT que da cuenta que la demandante es Docente Investigador del Grupo María Rostworowski desde el 17 de mayo de 2021 hasta el 17 de mayo de 2024.

1-C […adjunte los documentos que ofrece como medios probatorios, en los procesos constitucionales sólo se ofrece prueba documental debido a la celeridad de su tramitación…]

1-D Copia de mi documento nacional de identidad 

POR LO EXPUESTO

Pido a usted admitir a trámite la presente demanda de amparo. 

Lima, 18 de junio de 2023 

[…firma del demandante…]

[…firma y sello del abogado del demandante…]

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