LA ESTABILIDAD LABORAL DE LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2024

LA ESTABILIDAD LABORAL DE LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2024. Irrenunciabilidad del derecho al trabajo de los Trabajadores CAS. En este artículo se sustenta la defensa de los derechos laborales del trabajador CAS (autor José María Pacori Cari)

Con fecha 06 de diciembre de 2023, se publica en el Diario Oficial El Peruano la Ley 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 - que en su artículo 31, numeral 31.5, establece 

“31.5 Los contratos administrativos de servicios que no se encuentren comprendidos en los numerales precedentes concluyen de pleno derecho el 31 de diciembre de 2023 y son nulos los actos en contrario que conlleven a sus ampliaciones. La comunicación que la entidad pudiera hacer de la conclusión del vínculo contractual tiene carácter meramente informativo y su omisión no genera la prórroga del contrato” (el resaltado es nuestro). 

De esta norma se verifica, a la fecha de elaboración de este artículo, una amenaza de violación al derecho fundamental[1] de protección contra el despido arbitrario respecto de los trabajadores CAS que, en atención al principio de primacía de la realidad, prestan labores permanentes alcanzando el derecho a ser trabajadores CAS indeterminados, que hasta la fecha no cuentan con un acto administrativo o acto de administración que les otorgue su estabilidad laboral en cumplimiento de la Sexagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 31638 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 -. 

1. DERECHOS CONSTITUCIONALES AFECTADOS

Conforme a esto, hoy será una amenaza (hasta el 31 de diciembre de 2023), mañana será una violación (después del 31 de diciembre de 2023) de los derechos laborales constitucionales siguientes: 

a. El artículo 2, inciso 15, de la Constitución Política del Perú que indica “Toda persona tiene derecho” “15. A trabajar libremente, con sujeción a ley”. 

b. El artículo 22 de la Constitución Política del Perú que indica “El trabajo es un deber y un derecho.  Es base del bienestar social y un medio de realización de la persona”. 

c. El párrafo tercero del artículo 23 de la Constitución Política del Perú que indica “Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador”. 

d. El artículo 27 de la Constitución Política del Perú que indica “La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario”. 

En efecto, la entrada en vigencia del artículo 31, numeral 31.5, de la Ley 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 – acarreará términos de relaciones laborales injustas para los trabajadores CAS, sustentadas en actos de corrupción, enemistad o revanchas en contra de los trabajadores CAS, siendo de importancia el cumplimiento, aplicación y vigencia del principio de tuitividad y principio protector que sustentan al Derecho del Trabajo Latinoamericano, más aún cuando es un derecho humano fundamental el respeto a la estabilidad laboral en condiciones dignas y equitativas conforme lo establece el artículo 7, literal d) del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador” que indica: 

“Los Estados Partes en el presente Protocolo reconocen que el derecho al trabajo al que es refiere el artículo anterior, supone que toda persona goce del mismo en condiciones justas, equitativas y satisfactorias, para lo cual dichos Estados garantizarán en sus legislaciones nacionales, de manera particular”: “d. La estabilidad de los trabajadores en sus empleos, de acuerdo con las características de las industrias y profesiones y con las causas de justa separación” (el resaltado es nuestro). 

2. NORMATIVIDAD EN CONFLICTO    

Con fecha 07 de diciembre de 2022, entró en vigencia la Sexagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 31638 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 -, denominada “Contratos del personal incorporado al amparo del Decreto de Urgencia Nº 034-2021, Decreto de Urgencia Nº 083-2021 y Ley 31365”, conforme se establece en su numeral 8 que indica 

“8. Lo establecido en la presente disposición entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente ley”[2]. 

Posteriormente, con fecha 07 de diciembre de 2023, entró en vigencia el artículo 31 de la Ley 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 – denominado “Disposiciones sobre el personal CAS temporal”, conforme lo establece su numeral 31.6 que establece 

“31.6 Lo establecido en el presente artículo entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente ley”[3]. 

Ambas normas regulan la situación jurídica laboral de los trabajadores CAS que fueron contratados al amparo de la Segunda Disposición Complementaria del Decreto de Urgencia 034-2021 y de la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia 083-2021, y de la Septuagésima Tercera; y, literales a) y b) del inciso 1 de la Centésima Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley 31365, por lo que debe tenerse en cuenta el ámbito subjetivo de la normatividad en conflicto que no sería aplicable a los trabajadores CAS que no fueron expresamente contratados por estas normas, en su caso, a estos trabajadores se les aplicará lo dispuesto en la Ley 31131 – Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del Sector Público – en las disposiciones que no fueron declaradas inconstitucionales. 

De esta manera, a continuación, corresponde realizar un análisis comparativo de lo dispuesto en la Sexagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 31638 y el artículo 31 de la Ley 31953 teniendo en cuenta los métodos de interpretación laboral de las normas jurídicas.


[1] Luego de transcurrida esta fecha, lo que se indique en el presente artículo servirá de sustento para que el trabajador CAS y las organizaciones sindicales de trabajadores CAS busquen restablecer el derecho laboral a la adecuada protección contra el despido que no se sustente en la conducta o la capacidad del trabajador CAS.

[2] La Ley 31638 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 – fue publicada el 06 de diciembre de 2022.

[3] La Ley 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 – fue publicada el 06 de diciembre de 2023.

Continúe con la lectura de este interesante artículo en el siguiente PDF...

Comentarios