INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO

INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO. Se ofrece al lector un análisis de los fundamentos del Derecho Administrativo de Tránsito, estableciendo una definición, su normatividad básica y principios de regulación (autor José María Pacori Cari)

INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO 

Fundamentos del Derecho Administrativo de Tránsito 

José María Pacori Cari* 

Maestro en Ciencias Políticas y Derecho Administrativo por la Universidad Nacional de San Agustín. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Columnista en el Suplemento “La Gaceta Jurídica” del Diario La Razón en Bolivia. Fue Catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad La Salle del Perú; Catedrático de Derecho del Trabajo, Derecho de la Seguridad Social y Derecho Comercial en la Universidad José Carlos Mariátegui del Perú. Miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Arequipa en el Perú. Docente de LP el portal jurídico del Perú. Member of Law Council of Australia. Miembro de Pleno Derecho del Instituto Vasco de Derecho Procesal  

Sumario: 1. ¿Qué es el tránsito? - 2. ¿Qué es el Derecho Administrativo de Tránsito? - 3. Normatividad básica - 4. Principios del Derecho Administrativo de Tránsito - 5. Autoridades de Tránsito - 6. Actividad de fiscalización - 7. Procedimiento administrativo sancionador de tránsito - 8. Infracciones de tránsito - 9. Sanciones administrativas - 10. Medidas preventivas - 11. Registro Nacional de Sanciones  

De lege patere quam ipse fecisti[1]. La circulación de peatones y conductores de vehículos en la vía pública es fiscalizada por las autoridades de tránsito, con la finalidad de garantizar una sociedad libre y democrática que respete los derechos y libertades de cada uno de los ciudadanos que se desplazan en la vía pública. 

1. ¿QUÉ ES EL TRÁNSITO?

El tránsito es el conjunto de desplazamientos de personas, vehículos y animales por las vías terrestres de uso público (circulación)[2]. De esta manera, el tránsito terrestre es el conjunto de desplazamientos de personas y vehículos en las vías terrestres que obedecen a las reglas determinadas en la legislación de tránsito[3], verbi gratia, la persona que cruza la calle por la línea peatonal, el conductor del vehículo que conduce en una avenida, el jinete con su caballo de paso que transitan por una calle. 

En el ordenamiento jurídico peruano, el tránsito, in essentia, está regulado en el Reglamento Nacional de Tránsito que contiene las normas para el uso de las vías públicas para conductores de todo tipo de vehículos y para peatones; las disposiciones sobre licencias de conducir y las que establecen las infracciones y sanciones y el correspondiente Registro Nacional de Sanciones; así como las demás disposiciones que sean necesarias[4]. Sin embargo, con relación a las disposiciones sobre licencias de conducir del Reglamento Nacional de Tránsito se desagregaron en el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, aprobado por el Decreto Supremo 007-2016-MTC. De esta manera, específicamente, la normatividad de tránsito contiene 

a. Las normas para el uso de las vías públicas para conductores de todo tipo de vehículos y para peatones

b. Las normas que establecen las infracciones y sanciones de tránsito.

c. Las normas correspondientes al Registro Nacional de Sanciones. 

De esta manera, tenemos que establecidas las reglas que deben observar los conductores y peatones, es posible fiscalizar la contravención a las normas de tránsito, para luego iniciar procedimientos sancionadores de tránsito que imputen la comisión de presuntas infracciones administrativas, para que luego de un debido proceso se establezca el archivo o sanción administrativa que será registrada en el Registro Nacional de Sanciones. 

2. ¿QUÉ ES EL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO?

El Derecho Administrativo es la rama del derecho público que regula las relaciones jurídicas entre los administrados y las entidades públicas y las relaciones jurídicas entre las entidades públicas. Conforme a esto, el Derecho Administrativo de Tránsito es la rama del derecho público que regula las relaciones jurídicas entre los peatones y conductores de vehículos con las autoridades de tránsito con relación al uso y desplazamiento en las vías públicas. Son elementos de la definición del Derecho Administrativo de Tránsito los siguientes: 

a. Conductor. Persona que maneja el mecanismo de dirección de un vehículo o va al mando del mismo o está a cargo de los mandos adicionales del vehículo destinado al aprendizaje de la conducción[5], verbi gratia, el conductor de un automóvil sedán. 

b. Vehículo. Artefacto de libre operación que sirve para transportar personas o bienes por una vía[6], verbi gratia, una camioneta. 

c. Peatón. Persona que circula caminando por una vía pública[7], verbi gratia, el abogado que transita las calles para llegar a su oficina. 

d. Vía. Carretera, vía urbana o camino rural abierto a la circulación pública de vehículos y/o peatones, y también de animales[8]. 

e. Vía Pública. Vía de uso público, sobre la cual la Autoridad competente impone restricciones y otorga concesiones, permisos y autorizaciones[9], verbi gratia, la avenida Paseo de la República. 

f. Autoridad de tránsito. Es la persona que ostenta un cargo público y/o realiza funciones de tránsito. Las autoridades de tránsito se relacionarán con los conductores de vehículos y peatones a través de la actividad de fiscalización y los procedimientos administrativos de tránsito que correspondan.

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* El autor es abogado especialista en Derecho del Trabajo en el Perú. Contacto: corporacionhiramsl@gmail.com o móvil y WhatsApp (+51) 959666272.

[1] Sufre la ley que tú mismo hiciste

[2] Cfr. Artículo 2 Código de Tránsito, Perú

[3] Cfr. Artículo 2 Ley 27181, Perú

[4] Cfr. Artículo 23 Código de Tránsito, Perú

[5] Cfr. Artículo 3 Código de Tránsito, Perú

[6] Cfr. Artículo 3 Código de Tránsito, Perú

[7] Cfr. Artículo 3 Código de Tránsito, Perú

[8] Cfr. Artículo 3 Código de Tránsito, Perú

[9] Cfr. Artículo 3 Código de Tránsito, Perú

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