MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA LABORAL PARA EL RECONOCIMIENTO DE BENEFICIOS SOCIALES

 

MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA LABORAL PARA EL RECONOCIMIENTO DE BENEFICIOS SOCIALES

José María Pacori Cari1

Maestro en Derecho Administrativo por la Universidad Nacional de San Agustín en el Perú. Miembro Honorario del Ilustre Colegio de Abogados del Cusco. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

 





 

 

Área: Empleo Público Línea: Beneficios sociales

 





 

El modelo que se ofrece al lector tiene como fundamento lo previsto en la Sentencia de Casación n.° 10063-2018 Lambayeque, emitida el 16 de noviembre de 2021, por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que en su sumilla indica: “En el presente caso, acreditada la relación laboral con una entidad del Estado, el trabajador contratado tiene derecho al pago de los beneficios que en dicha condición le corresponde”. Conforme a esta sentencia de casación, ante la negativa de reconocimiento de derechos a un servidor contratado 276, este puede agotar la vía administrativa para luego recurrir al Poder Judicial para el pago de beneficios sociales que le correspondían de la misma manera que les correspondían a los servidores nombrados (autor: José María Pacori Cari).

 

Modelo de demanda contencioso-administrativa laboral para el reconocimiento de beneficios sociales

CUADERNO : Principal ESCRITO : 01-2026

SUMILLA : Demanda contencioso-administrativa de nulidad de actos administrativos, reconocimiento de derechos laborales y pago de beneficios sociales derivados de la relación laboral y convenios colectivos.

 

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO DE TRABAJO CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE [indicar el

distrito judicial]

 

[Nombres y apellidos del demandante], con DNI n.° [número], con domicilio real en [dirección], señalando domicilio procesal en [dirección],

 





 

1 Abogado y jurista especialista en Derecho del Empleo Público en el Perú. Contacto para consultas y asesorías en: corporacionhiramsl@gmail.com o móvil y WhatsApp (+51) 959666272.


 

 

con domicilio procesal electrónico en la casilla judicial electrónica n.° [número]; a Ud., respetuosamente, digo:

 

  1. DEMANDADOS Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA

Interpongo demanda contencioso-administrativa contra:

 

  1. [Denominación de la entidad pública], con dirección domiciliaria en [dirección].
  2. En defensa de los intereses estatales, se deberá emplazar con la demanda al procuradorpúblico de [indicar la entidad], a quien deberánotificar en [indicar].

 

  1. PETITORIO

Como pretensión principal, solicito que se declare la nulidad total de los siguientes actos administrativos:

 

  1. Resolución n.° [número] por la cual se desestimó mi solicitud de reconocimiento y pago de beneficios laborales.
  2. Resolución n.° [número] por la cual se desestimó mi recurso administrativo de apelación, agotándose la vía administrativa.

 

Por contravenir la Constitución, la ley y las normas que se indicarán en los fundamentos de la presente demanda.

 

Como primera pretensión accesoria, solicito se reconozca mi derecho a percibir los beneficios laborales legalmente aplicables durante el periodo comprendido entre [fecha de ingreso] y [fecha de término del periodo reclamado], en mi condición de servidor público contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo n.° 276, consistentes en:

  1. Solicito el pago de los aguinaldos por fiestas patrias y navidad correspondientes a los años [indicar], conforme a los montos establecidos en las disposiciones presupuestales y reglamentarias aplicables a cada periodo.

 

  1. Solicito el pago de la bonificación por escolaridad correspondiente a los ejercicios presupuestales [indicar], conforme a los requisitos, condiciones y montos establecidos en las normas aplicables a cada año.
  2. Solicito que se reconozca mi derecho al descanso vacacional anual remunerado correspondiente a los periodos [indicar], disponiéndose el pago de los conceptos vacacionales adeudados.

 

Como segunda pretensión accesoria, solicito el reconocimiento y pago de los beneficios económicos establecidos en los convenios colectivos, actas de trato


 

 

directo, acuerdos de comisión paritaria y resoluciones administrativas que los aprobaron, correspondientes a los años [indicar]. Estos beneficios comprenden, según los instrumentos colectivos aplicables:

 

  1. Incrementos remunerativos por costo de vida.
  2. Bonificaciones extraordinarias.
  3. Incrementos o bonificaciones adicionales por escolaridad.
  4. Bonificaciones adicionales por Fiestas Patrias y Navidad.
  5. Bonificación por el Día del Trabajador Municipal, cuando corresponda.

 

Como tercera pretensión accesoria, solicito el pago de los intereses legales correspondientes desde su respectiva exigibilidad hasta su pago efectivo.

 

  1. FUNDAMENTOS DE HECHO

 

Inicio de la relación laboral

  1. Con fecha [fecha], ingresé a prestar servicios personales para la entidad demandada, desempeñando el cargo de [cargo], en la dependencia de [unidad orgánica].

 

  1. Desde el inicio de la prestación, desarrollé funciones propias de la actividad administrativa institucional, bajo la subordinación de los funcionarios competentes.

 

  1. Mis labores comprendían [describir las funciones].

 

Naturaleza de la relación laboral

  1. Durante el periodo reclamado presté servicios personales, subordinados y remunerados, en el marco de una relación de empleo público sujeta al Decreto Legislativo n.° 276.

 

  1. La prestación laboral se caracterizó por la ejecución personal de las funciones asignadas, la sujeción a un horario de trabajo, la subordinación a los superiores jerárquicos, la percepción periódica de remuneraciones, la utilización de medios y recursos institucionalesy la integración funcional a la organización administrativa de la entidad. Estos elementos acreditan la existencia de una relación laboral pública y no una prestación civil por locación de servicios.

Reconocimiento de la condición de servidor contratado

 

  1. Por [resolución, contrato o documento administrativo], la entidad demandada reconoció mi condición de servidor público contratado durante el periodo comprendido entre [fecha] y [fecha].


 

 

  1. En consecuencia, se encuentra acreditado el presupuesto fáctico que permite examinar los derechos laborales que corresponden a los servidores contratados del régimen del Decreto Legislativo n.° 276.

 

Incumplimiento del pago de aguinaldos

 

  1. Durante los ejercicios presupuestales [indicar], la entidad demandada omitió pagarme los aguinaldos correspondientes a fiestas patrias y navidad, pese a que las normas aplicables a dichos ejercicios comprendían a los servidores contratados que cumplían las condiciones establecidas.
  2. La entidad sustentó su negativa en la circunstancia de no haber tenido la condición de servidor nombrado; sin embargo, dicha interpretación desconoce que determinadas disposiciones presupuestales y reglamentarias extienden expresamente estos beneficios a los servidores contratados.

 

Incumplimiento del pago de escolaridad

  1. Durante los ejercicios [indicar], la entidad demandada omitió pagar la bonificación por escolaridad, a pesar de que las normas correspondientes reconocían dicho beneficio a los servidores contratados comprendidos en sus respectivos ámbitos de aplicación.

 

  1. La entidad no puede excluir al demandante únicamente por carecer de nombramiento, cuando la disposición especial aplicable contempla expresamente a los trabajadores contratados.

Derecho al descanso vacacional remunerado

 

  1. Durante el periodo comprendido entre [fecha] y [fecha], presté servicios continuos para la entidad demandada.

 

  1. Sin embargo, la entidad omitió reconocer o satisfacer adecuadamente mi derecho al descanso vacacional anual remunerado en los periodos [indicar].

 

  1. El derecho al descanso anual remunerado tiene reconocimiento constitucional y no puede desconocerse por la sola circunstancia de que el trabajador tenga la condición de contratado.

Beneficios derivados de convenios colectivos

 

  1. Durante los años [indicar], la entidad demandada celebró convenios colectivos y aprobó acuerdos de comisión paritaria mediante los cuales reconoció beneficios económicos a sus trabajadores. Entre dichos instrumentos se encuentran:

 

  1. Convenio colectivo correspondiente al año [año].


 

 

  1. Acta de comisión paritaria de fecha [fecha].
  2. Resolución administrativa n.° [número], que aprueba los acuerdos del año [año].

 

  1. Los instrumentos señalados comprenden expresamente dentro de su ámbito subjetivo a los servidores contratados por servicios personales o permanentes; en consecuencia, al haber tenido dicha condición laboral durante su vigencia, me encuentro comprendido entre sus beneficiarios, siempre que se cumplan las restantes condiciones establecidas en cada instrumento.

Solicitud administrativa

 

  1. Con fecha [fecha], presenté solicitud ante la entidad demandada requiriendo el reconocimiento y pago de los beneficios laborales adeudados.

 

  1. Por Resolución n.° [número], la entidad desestimó mi solicitud, argumentando esencialmente que los servidores contratados no tienen derecho a percibir los beneficios reconocidos a los servidores nombrados.

Agotamiento de la vía administrativa

 

  1. Contra la resolución denegatoria interpuse recurso de apelación con fecha [fecha].

 

  1. Por Resolución n.° [número], notificada el [fecha], la entidad confirmó la denegatoria, dándose por agotada la vía administrativa.

 

  1. Por lo tanto, acudo al órgano jurisdiccional para obtener la tutela de los derechos laborales vulnerados.

 

  1. FUNDAMENTOS DE DERECHO

    1. El artículo 24, segundo párrafo, de la Constitución Política del Perú indica: “El pago de la remuneración y de los beneficios sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquiera otra obligación del empleador”.

 

  1. En el décimo tercero y décimo cuarto considerando de la Sentencia de Casación n.° 10063-2018 Lambayeque, emitida el 16 de noviembre de 2021, por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, se indica: “Décimo tercero. Conforme se advierte de la precitada norma, el régimen laboral público regido por el Decreto Legislativo n.° 276, señala que en el Sector público existen dos tipos de servidores: i) Nombrados; y, ii) Contratados. Los servidores nombrados se encuentran comprendidos en la carrera administrativa y se sujetan íntegramente a las normas que la regulan, como son los derechos, bonificaciones y beneficios; y los servidores contratados que, por el contrario, no están comprendidos en la carrera administrativa pero sí en las disposiciones de dicho dispositivo legal en lo que les sea aplicable, según se aprecia del artículo 2 del citado decreto legislativo, contratación que puede darse para realizar funciones de carácter temporal o accidental, o


 

 

para el desempeño de labores permanentes. Décimo cuarto. De acuerdo a los actuados, se desprende que la propia entidad demandada ha reconocido la condición de servidor público contratado del demandante, en tanto que mediante Resolución de Alcaldía n.° 0239-2009/MPL-A-GM-GAJ de fecha 31 de diciembre de 2009, de fojas 03 a 05, ha reconocido el tiempo de servicios como servidor contratado para todos los efectos a partir de la fecha de ingreso el 01 de julio de 1993, y tomando en cuenta que mediante dicha resolución fue nombrado a partir del 31 de diciembre de 2009, estando reconocida la relación laboral entre las partes en dicho periodo, corresponde dilucidar si al demandante le asiste o no el derecho al pago de los beneficios laborales otorgados por ley, así como los acordados por pactos colectivos, conforme a lo peticionado en la demanda; para lo cual importa señalar que, el artículo 48 del Decreto Legislativo n.° 276, prevé que la remuneración de los servidores contratados será fijada en el respectivo contrato de acuerdo a la especialidad, funciones y tareas específicas que se le asignan y no conlleva bonificaciones de ningún tipo ni los beneficios que dicha ley establece; empero conforme se ha señalado antes, el artículo 2 del mencionado dispositivo legal ha indicado que, si bien los servidores públicos contratados no están comprendidos en la Carrera Administrativa; sin embargo, sí lo están respecto de las disposiciones de la presente ley en lo que les sea aplicable”.

  1. MONTO DEL PETITORIO

El monto de las pretensiones económicas asciende provisionalmente a S/. [monto], conforme a la liquidación adjunta. La cuantificación definitiva deberá efectuarse tomando en consideración: a) los beneficios legalmente exigibles en cada ejercicio; b) los montos establecidos por las normas reglamentarias aplicables; c) los beneficios previstos en los convenios colectivos pertinentes; d) los periodos efectivamente laborados; e) los pagos acreditados por la entidad demandada; y f) los intereses legales correspondientes.

 

  1. MEDIOS PROBATORIOS

    1. Contratos de trabajo, resoluciones de contratación y sus respectivas renovaciones, para acreditar la existencia y duración de la relación laboral.

 

  1. Resolución administrativa de reconocimiento de tiempo de servicios, para acreditar la condición de servidor público contratado durante el periodo reclamado.

 

  1. Boletas de pago correspondientes a los años demandados, para acreditar las remuneraciones percibidas y los conceptos laborales omitidos.
  2. Constancias de trabajo y certificados de servicios, para acreditar la continuidad de la prestación laboral.

 

  1. Documentos de control de asistencia, para acreditar la prestación efectiva de servicios.

 

  1. Convenios colectivos correspondientes a los años [indicar], para acreditar los beneficios reconocidos y su ámbito subjetivo de aplicación.


 

 

  1. Actas de acuerdos de comisión paritaria, para acreditar los beneficios económicos pactados.

 

  1. Resoluciones administrativas que aprueban los instrumentos colectivos, para acreditar su contenido y aprobación.

 

  1. Solicitud administrativa de reconocimiento y pago de beneficios laborales, para acreditar el inicio de la vía administrativa.

 

  1. Resolución administrativa denegatoria, para acreditar el acto administrativo impugnado.

 

  1. Recurso administrativo de apelación y resolución que lo resuelve, para acreditar el agotamiento de la vía administrativa.

 

  1. Cuadro de liquidación de beneficios laborales reclamados, para sustentar la cuantificación de las acreencias.
  2. Exhibición que se solicitará a la entidad demandada para la presentación de los siguientes documentos: a) legajo personal completo del demandante; b) contratos, renovaciones y resoluciones de contratación; c) planillas y boletas de pago correspondientes a los periodos reclamados; d) registro de vacaciones y descansos efectivamente otorgados; e) convenios colectivos y actas de comisión paritaria de los años reclamados; f) resoluciones que aprobaron los instrumentos colectivos; g) documentación sobre pagos de aguinaldos, escolaridad y bonificaciones convencionales; h) expediente administrativo relacionado con la solicitud que dio origen a la presente controversia. Estos documentos resultan pertinentes para establecer la existencia, cuantía y exigibilidad de las obligaciones reclamadas.
  1. ANEXOS

1-A. Copia del documento nacional de identidad.

1-B. Contratos de trabajo y resoluciones de contratación.

1-C. Resolución de reconocimiento de tiempo de servicios. 1-D. Boletas de pago.

1-E. Constancias y certificados de trabajo.

1-F. Convenios colectivos.

1-G. Actas de comisión paritaria.

1-H. Resoluciones que aprueban los acuerdos colectivos. 1-I. Solicitud administrativa de reconocimiento y pago.

1-J. Resolución administrativa denegatoria. 1-K. Recurso administrativo de apelación.

1-L. Resolución que agota la vía administrativa.

1-M. Cuadro de liquidación de beneficios laborales.


 

 

1-N. Copia de la Sentencia de Casación n.° 10063-2018 Lambayeque, emitida el 16 de noviembre de 2021, por la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

 

POR LO EXPUESTO:

Pido, señor Juez, admitir a trámite la presente demanda contencioso-administrativa.

OTROSÍ. Solicito que se requiera a la entidad demandada la remisión del expediente administrativo completo relacionado con los actos impugnados.

 

Lima, 4 de noviembre de 2026

 

[Firma del demandante]

 

[Firma y sello del abogado del demandante]

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