DERECHO DEL TRABAJO DEL MÉDICO


El Derecho del Trabajo del Médico estudia el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan el trabajo de los profesionales de la salud denominados Médicos.
El ejercicio de la profesión del Médico es esencial para el desarrollo económico, social y la productividad nacional.
El trabajo médico es el conjunto de acciones altamente especializadas que requieren de la decisión profesional del Médico dentro del proceso de atención integral de la salud que se dirige a la persona, la familia y la comunidad. El trabajo médico es la prestación de servicios profesionales por parte del médico encaminado a los siguientes fines: la conservación de la vida humana; las acciones de promoción, prevención y recuperación, conducentes al fomento de la salud, la rehabilitación física y psicosocial del individuo, la familia y la comunidad; el peritaje y el asesoramiento médico legal; el desarrollo de la investigación médico-científica y la adecuación y utilización de tecnologías; la docencia en el campo de la salud; la administración en salud; la producción de materiales, instrumentos y equipos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades. El Estado garantiza las condiciones necesarias para que el trabajo médico se cumpla dentro de los objetivos de la ciencia médica.
El acto médico es toda acción o disposición que realiza el médico en el ejercicio de la profesión médica. El acto médico comprende: los actos de diagnóstico, terapéutica y pronóstico que realiza el médico en la atención integral de pacientes, así como los que se deriven directamente de éstos.
 El sujeto de derecho que se protege con las normas del derecho del trabajo médico es el médico con matrícula vigente en todas las dependencias del Sector público nacional y Sector privado.
(Para realizar la presente entrada se ha tomado como base el Decreto legislativo 559 y el Decreto Supremo 024-2001-SA. AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y ARMANDO FUENTES ARANGO)

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