MODELO DE DEMANDA JUDICIAL DE CUMPLIMIENTO DE UNA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

ÁREA: DERECHO ADMINISTRATIVO
LÍNEA: PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Este modelo de demanda también puede ser denominado demanda contenciosa administrativa de ejecución de resolución administrativa, o demanda de cumplimiento de acto administrativo, o demanda de ejecución de acto administrativo. Esta demanda es la que se tramita sin agotar la vía administrativa, salvo la presentación de un escrito de reclamación previo (quince días hábiles antes de presentar la demanda), que no necesariamente se presenta por carta notarial. No está demás advertir que en el petitorio de la demanda, hemos procurado ser fieles a la pretensión que se tutela a través de esta demanda, por lo que tiene una especial connotación técnica. (AUTORES: JOSÉ MARÍA PACORI CARI y RICARDO LUJANO)
Modelo de demanda de ejecución de acto administrativo
EXPEDIENTE              :
ESPECIALISTA          :
ESCRITO                    : 01-2012
SUMILLA                    : Demanda Contenciosa administrativa
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO DE TRABAJO.
(NOMBRE PRIMR DEMANDANTE), con DNI 29669541, con domicilio real en La estrella b-9, distrito de José Luis Bustamante y Rivero; y, (NOMBRE SEGUNDO DEMANDANTE), con DNI 29483999, con domicilio real en Asociación Chávez Castillo. Mz. D, Lote 3, distrito de Socabaya; señalando domicilio procesal en (…); a Ud., respetuosamente, digo:
I.- NOMBRE Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA DE LOS DEMANDADOS
HOSPITAL (…) debidamente representado por su Director (…) a quien se le notificará en Av. Daniel Alcides Carrión 405, La Pampilla. Cercado – Arequipa.
En defensa de los intereses del Estado, se citará al PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA a quien se le notificará en Bolívar 207 Cercado de Arequipa
II.- PETITORIO.
Como pretensión principal, interponemos demanda contenciosa administrativa para que se ordene al Hospital (…) cumpla con expedir nueva Resolución Directoral aprobando el Reglamento y Cronograma de concurso de cambio de Grupo Ocupacional del Hospital Regional Honorio Delgado de Arequipa, ciñéndose para la exigencia de los requisitos estrictamente a lo exigido en el D. S. 005-90-PCM, actuación a la que se encuentra obligada por mandato de la RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL 0708-2012-GRA/GRS/GR-OAL.
Como pretensión accesoria, solicitamos se procure la continuación y término del concurso de cambio de grupo ocupacional garantizando el derecho de las demandantes a participar en dicho concurso.
III.- ACTUACIÓN IMPUGNADA
Se impugna la inercia de la administración pública en el cumplimiento de lo dispuesto en un acto administrativo, situación amparada por el artículo 4, inciso 2 del TUO de la Ley 27584 que indica “Son impugnables en este proceso las siguientes actuaciones administrativas: (…) 2. El silencio administrativo, la inercia y cualquier otra omisión de la administración pública.”
IV.- PRETENSIÓN IMPUGNATORIA.
La pretensión impugnatoria en el presente caso, es que se ordene a la demandada realice un actuación a la que se encuentra obligada por mandato del acto administrativo contenido en LA RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL 0708-2012-GRA/GRS/GR-OAL, situación que también justifica la redacción de nuestro petitorio como se puede verificar del Artículo 5, inciso 4 del TUO de la Ley 27584 “En el proceso contencioso administrativo podrán plantearse pretensiones con el objeto de obtener lo siguiente:  (…) 4. Se ordene a la administración pública la realización de una determinada actuación a la que se encuentre obligada por mandato de la ley o en virtud de acto administrativo firme.”
V.- EXCEPCIÓN AL AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA
Por tratarse del pedido de cumplimiento de un acto administrativo, no es necesario agotar la vía administrativa salvo el cursar un escrito de reclamación previo requiriendo el cumplimiento de lo solicitado. Situación que se sustenta en el Artículo 21, inciso 2 del TUO de la Ley 27584 que indica “No será exigible el agotamiento de la vía administrativa en los siguientes casos: (…) 2. Cuando en la demanda se formule como pretensión la prevista en el numeral 4 del Artículo 5 de esta Ley. En este caso el interesado deberá reclamar por escrito ante el titular de la respectiva entidad el cumplimiento de la actuación omitida. Si en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de presentado el reclamo no se cumpliese con realizar la actuación administrativa el interesado podrá presentar la demanda correspondiente.”
VI.- FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- Los demandantes son trabajadores del Hospital III Honorio Delgado.
2.- En estas circunstancias, participamos en un proceso de cambio de grupo ocupacional para trabajadores nombrados del Hospital Regional Honorio.
3.- En Dicho proceso se aprobó el Reglamento y Cronograma para el proceso de cambio de grupo ocupacional.
4.- El referido reglamento fue cuestionado por las demandantes, al establecer requisitos no previsto en el Decreto Supremo 005-90-PCM y evitar de esta manera poder acceder al cambio de grupo ocupacional solicitado.
5.- Los cuestionamientos realizados fueron hechos para garantizar nuestros derechos al cambio de grupo ocupacional y ascenso en la carrera administrativa, de allí que tengamos interés en lo solicitado en esta demanda.
6.- Como consecuencia de nuestros cuestionamientos, se emite la RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL 0708-2012-GRA/GRS/GR-OAL, acto cuyo cumplimiento se pide a través de la presente, que declarando nula la Resolución Directoral que aprueba el reglamento y cronograma de concurso de cambio de grupo ocupacional, en su tercer artículo establece lo siguiente:
“DISPONER que la Dirección del Hospital General Honorio Delgado Espinoza expida nueva Resolución Directoral aprobando el Reglamento y Cronograma de concurso de Cambio de Grupo Ocupacional del Hospital Regional Honorio Delgado de Arequipa, ciñéndose para la exigencia de los requisitos estrictamente a lo exigido en el D. S. 005-90-PCM y teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución.”
7.- Posteriormente, y ante el no cumplimiento de esta disposición que imposibilita nuestro cambio de grupo ocupacional, hemos realizado acciones verbales y escritas para el cumplimiento de lo dispuesto, sin que hayamos obtenido la ejecución del acto administrativo.
8.- Incluso, el mismo Gerente Regional de Salud por OFICIO 4258-2012-GRA-GRS/GR-OAL de 24 de agosto de 2012, último párrafo, ha indicado: “En tal sentido se prescribe que su despacho de cumplimiento a la citada resolución, bajo responsabilidad (…)”, pese a este mandato se sigue incumpliendo con el acto administrativo.
9.- Ante esta inercia, hemos realizado una serie de escritos de cumplimiento de actos que anexamos a la presente, los cuales no han sido atendidos con la ejecución del acto administrativo respectivo, situación que nos hace recurrir a la vía judicial.
VII.- FUNDAMENTOS DE DERECHO
El sustento jurídico de esta demanda es el artículo 192 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General – que indica “Los actos administrativos tendrán carácter ejecutario, salvo disposición legal expresa en contrario, mandato judicial o que estén sujetos a condición o plazo conforme a ley.”
En el presente caso, conforme a esta norma se debe ejecutar el acto administrativo solicitado
VIII.- MONTO DEL PETITORIO.
No es cuantificable en dinero, debido a que se trata de un pedido de cumplimiento de un acto administrativo.
IX.- VÍA PROCEDIMENTAL.
La presente se tramita en la vía del proceso especial, debido a la controversia no implica peligro en la demora, salvo situación posterior que se genere.
X.- MEDIOS PROBATORIOS.
1. Copia fedateada de nuestro escrito-reclamación de cumplimiento de acto administrativo de 28 de agosto de 2012, con lo que se acredita el cumplimiento del requisito previo para alegar la no necesidad de agostar la vía administrativa.
2.- Copia fedateada de nuestro escrito-reclamación de 06 de noviembre de 2012, en donde se verifica que a mi anterior escrito no se le dio la atención debida, pese al tiempo de cinco meses transcurrido.
3.- Copia fedateada del OFICIO 4258-2012-GRA-GRS/GR-OAL de 24 de agosto de 2012 con lo que acredito que en agosto de 2012 el Gerente Regional de Salud requirió al Director del Hospital (…) cumpla con el acto administrativo que se pretende ejecutar a través de la presente.
4.- Copia fedateada de la RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL 0708-2012-GRA/GRS/GR-OAL de 06 de julio de 2012, acto administrativo que en su artículo tercero se pide se ejecute a través de la presente acción.
XI.- ANEXOS.
1-a Copia de nuestros DNI
1-b Copia fedateada de nuestro escrito-reclamación de cumplimiento de acto administrativo de 28 de agosto de 2012.
1-c Copia fedateada de nuestro escrito-reclamación de 06 de noviembre de 2012.
1-d Copia fedateada del OFICIO 4258-2012-GRA-GRS/GR-OAL de 24 de agosto de 2012.
1-e Copia fedateada de la RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL 0708-2012-GRA/GRS/GR-OAL de 06 de julio de 2012
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido admitir a trámite la presente demanda.
Arequipa, 12 de diciembre de 2012.

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