¿CÓMO SOLICITAR EL PAGO DE PENSIONES DE ENSEÑANZA DE UN COLEGIO PARTICULAR? – MODELO DE CARTA DE REQUERIMIENTO DE CUMPLIMIENTO DE PAGO DE PENSIONES EN UN COLEGIO PARTICULAR
¿CÓMO SOLICITAR EL PAGO DE PENSIONES DE ENSEÑANZA
DE UN COLEGIO PARTICULAR? – MODELO DE CARTA DE REQUERIMIENTO DE CUMPLIMIENTO DE
PAGO DE PENSIONES EN UN COLEGIO PARTICULAR
José María Pacori Cari
Catedrático de Derecho de la UJCM
ÁREA:
DERECHO DE LA EDUCACIÓN
LÍNEA:
INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS
El derecho a
la educación es un derecho fundamental de interés público que no puede ser
restringido, por lo que está prohibido que los colegios particulares
condicionen la enseñanza al pago de las pensiones de la enseñanza, tampoco
pueden evitar que los estudiantes den sus exámenes. Sin embargo, como todo
derecho, este debe de interpretarse razonablemente, por lo que un colegio
privado puede requerir el pago de las pensiones adeudadas dejando sin efecto
beneficios que pudiera otorgar el colegio, en su caso podrá retener la entrega
de exámenes y similares hasta que se cumpla con el pago. Para el cumplimiento
de pago de pensiones se puede hacer uso de una carta notarial dirigida al padre
de familia, se sugiere no mencionar el nombre del menor, también para
garantizar la entrega se sugiere hacerlo por la vía notarial. No está demás
recomendarle que en caso de duda puede consultar al INDECOPI sobre las acciones
que como colegio puede realizar para lograr el pago de pensiones (AUTOR: JOSÉ MARÍA
PACORI CARI)
Modelo de carta notarial para pago de
pensiones de enseñanza
CARTA NOTARIAL
Arequipa, 21
de abril del 2016.
SEÑOR
(Nombres y
apellidos del padre de familia)
PADRE DE FAMILIA
Dirección: (Domicilio
indicado en el contrato o similar)
Presente.-
De nuestra
mayor consideración:
Atento saludo a su persona, la presente es para requerirle
formalmente se sirva cumplir con el pago de las pensiones correspondiente al
mes de (...). Este requerimiento lo realizamos conforme al compromiso firmado
por su persona al momento de la matrícula en donde se indica que en caso de
incumplimiento en el pago de pensiones se perdería todo beneficio que se haya
otorgado por parte de nuestro Colegio.
Asimismo, se le recuerda que conforme al artículo 46 del Decreto
Supremo 009-2006-ED se establece que "Son
ingresos de la Institución Educativa, las pensiones de enseñanza (...)";
de esta manera, en caso de persistir en su incumplimiento se procederá conforme
a las disposiciones que sobre la materia ha indicado INDECOPI.
Por último, manifestarle que conforme a ley seguiremos prestando un
servicio de educación eficiente a fin cautelar el derecho a la educación de su
menor hijo.
Sin otro
particular quedo de Ud.
Atentamente,
GERENTE
GENERAL
COLEGIO (…)
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