MODELO DE COMUNICACIÓN DEL SINDICATO AL EMPLEADOR DE PROTEGIDOS POR EL FUERO SINDICAL Y PEDIDO DE LICENCIA SINDICAL

MODELO
DE COMUNICACIÓN DEL SINDICATO AL EMPLEADOR DE PROTEGIDOS POR EL FUERO SINDICAL
Y PEDIDO DE LICENCIA SINDICAL
Por
José María Pacori Cari
Socio
de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
ÁREA: DERECHO
LABORAL
LÍNEA: FUERO
SINDICAL Y LICENCIA SINDICAL
El
ejercicio de la licencia sindical, implica comunicar al empleador los
trabajadores que al estar protegidos por el fuero sindical también tienen
derecho a la licencia sindical. Para los efectos del fuero sindical y licencia
sindical, la respectiva organización sindical hará de conocimiento del
empleador y de la Autoridad Administrativa de Trabajo los nombres y cargos de
los dirigentes sindicales sujetos a los beneficios establecidos (Art. 18 D. S.
11-92-TR). Para materializar lo indicado consideramos que resulta aconsejable
enviar un Oficio del Sindicato al Empleador, donde el Sindicato comunique la
protección del fuero sindical y, a su vez, solicite el otorgamiento de la
licencia sindical a sus dirigentes sindicales; esta comunicación resulta
importante desde que evitará que el empleador alegue desconocimiento del fuero
sindical y de su obligación de otorgar licencia sindical a los dirigentes
sindicales (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Modelos
de oficio de comunicación de fuero sindical y ejercicio de licencia sindical
Arequipa, 21 de
abril de 2017
OFICIO (…) -2017-ST-SG
SEÑOR
JEFE DE RECURSOS
HUMANOS
Presente.-
Asunto: Comunicación de amparo
por fuero sindical y licencia sindical para nuestro dirigente.
De
nuestra mayor consideración:
Atento
saludo a su persona la presente es para hacerle de conocimiento que el
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha dejado constancia de los
trabajadores amparados por el FUERO SINDICAL, que en el caso particular implica
al Sr. (…), trabajador de su institución y actualmente Secretario de
Organización de nuestro Sindicato de Trabajadores.
Como
consecuencia de lo anterior y sin perjuicio de los beneficios que implica el
fuero laboral, le solicitamos tenga a bien otorgar los permisos y licencias
sindicales que le correspondan conforme al Artículo 32 del TUO de la Ley de
Relaciones Colectivas de Trabajo (D. S. 010-2003-TR) indica que “La convención colectiva contendrá las
estipulaciones tendientes a facilitar las actividades sindicales en lo relativo
a reuniones, comunicaciones, permisos y licencias. A falta de convención, el
empleador sólo está obligado a conceder permiso para la asistencia a actos de
concurrencia obligatoria a los dirigentes que el Reglamento señale, hasta un
límite de treinta (30) días naturales por año calendario, por dirigente; el
exceso será considerado como licencia sin goce de remuneraciones y demás
beneficios. Este límite no será aplicable cuando en el centro de trabajo exista
costumbre o convenio colectivo más favorable.”
Asimismo,
de existir costumbre o convenio colectivo que establezca un plazo mayor al
legal para licencias y permisos sindicales se aplique el mismo para no afectar
la acción sindical de nuestro dirigente.
Sin
otro particular quedamos de UD. haciendo presente que la presente se envía en
cumplimiento de lo dispuesto en el art. 18 del Reglamento del TUO de la Ley de
Relaciones Colectivas de Trabajo - D. S. 011-92-TR.
Atentamente,
(Firma)
SECRETARIO
GENERAL DEL SINDICATO
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