MODELO DE COMUNICACIÓN DEL SINDICATO AL EMPLEADOR DE PROTEGIDOS POR EL FUERO SINDICAL Y PEDIDO DE LICENCIA SINDICAL

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MODELO DE COMUNICACIÓN DEL SINDICATO AL EMPLEADOR DE PROTEGIDOS POR EL FUERO SINDICAL Y PEDIDO DE LICENCIA SINDICAL

Por José María Pacori Cari
Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

ÁREA: DERECHO LABORAL
LÍNEA: FUERO SINDICAL Y LICENCIA SINDICAL

El ejercicio de la licencia sindical, implica comunicar al empleador los trabajadores que al estar protegidos por el fuero sindical también tienen derecho a la licencia sindical. Para los efectos del fuero sindical y licencia sindical, la respectiva organización sindical hará de conocimiento del empleador y de la Autoridad Administrativa de Trabajo los nombres y cargos de los dirigentes sindicales sujetos a los beneficios establecidos (Art. 18 D. S. 11-92-TR). Para materializar lo indicado consideramos que resulta aconsejable enviar un Oficio del Sindicato al Empleador, donde el Sindicato comunique la protección del fuero sindical y, a su vez, solicite el otorgamiento de la licencia sindical a sus dirigentes sindicales; esta comunicación resulta importante desde que evitará que el empleador alegue desconocimiento del fuero sindical y de su obligación de otorgar licencia sindical a los dirigentes sindicales (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)



Modelos de oficio de comunicación de fuero sindical y ejercicio de licencia sindical

Arequipa, 21 de abril de 2017

OFICIO (…) -2017-ST-SG

SEÑOR
JEFE DE RECURSOS HUMANOS

Presente.-

Asunto: Comunicación de amparo por fuero sindical y licencia sindical para nuestro dirigente.

De nuestra mayor consideración:

Atento saludo a su persona la presente es para hacerle de conocimiento que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha dejado constancia de los trabajadores amparados por el FUERO SINDICAL, que en el caso particular implica al Sr. (…), trabajador de su institución y actualmente Secretario de Organización de nuestro Sindicato de Trabajadores.

Como consecuencia de lo anterior y sin perjuicio de los beneficios que implica el fuero laboral, le solicitamos tenga a bien otorgar los permisos y licencias sindicales que le correspondan conforme al Artículo 32 del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (D. S. 010-2003-TR) indica que “La convención colectiva contendrá las estipulaciones tendientes a facilitar las actividades sindicales en lo relativo a reuniones, comunicaciones, permisos y licencias. A falta de convención, el empleador sólo está obligado a conceder permiso para la asistencia a actos de concurrencia obligatoria a los dirigentes que el Reglamento señale, hasta un límite de treinta (30) días naturales por año calendario, por dirigente; el exceso será considerado como licencia sin goce de remuneraciones y demás beneficios. Este límite no será aplicable cuando en el centro de trabajo exista costumbre o convenio colectivo más favorable.”

Asimismo, de existir costumbre o convenio colectivo que establezca un plazo mayor al legal para licencias y permisos sindicales se aplique el mismo para no afectar la acción sindical de nuestro dirigente.

Sin otro particular quedamos de UD. haciendo presente que la presente se envía en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 18 del Reglamento del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo - D. S. 011-92-TR.

Atentamente,



(Firma)
SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO




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