MODELO DE DEMANDA DE REVISIÓN DE PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA

Se muestra cómo realizar una demanda para revisar un procedimiento de ejecución coactiva, a fin de cautelar la legalidad y cumplimiento de normas (Autor José María Pacori Cari)


A continuación el vídeo de explicación del escrito:



Ahora el escrito:

MODELO DE DEMANDA DE REVISIÓN DE PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA

Por José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo

Área: Derecho Administrativo
Línea: Procedimiento de Ejecución Coactiva

La notificación de una acto administrativo al administrado, puede dar lugar a la ejecución del mismo, en caso el administrado no quiera cumplir con el acto administrativo, se debe de iniciar un procedimiento de ejecución coactiva, este procedimiento dado que afecta el patrimonio del administrado puede implicar el inicio de un proceso contencioso administrativo de revisión que se presenta a una Sala Contencioso Administrativa, además, de manera especial, se indica que la sola interposición de esta demanda de revisión implica la suspensión del procedimiento de ejecución coactiva (Autor José María Pacori Cari).

Modelo de Demanda de revisión de la ejecución coactiva

SECRETARIO JUDICIAL         :
EXPEDIENTE                 :
CUADERNO                  : Principal
ESCRITO                       : 01-2019
SUMILLA                       : DEMANDA DE REVISIÓN JUDICIAL DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN COACTIVA

SEÑORES JUECES DE LA SALA ESPECIALIZADA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA[1]

MUNICIPALIDAD (…), debidamente representada por su PROCURADOR PÚBLICO MUNICIPAL, Sr. (a) (…), identificado con DNI (…), designado mediante Resolución de Alcaldía Nro. (…) de fecha (…), con domicilio real en (…), con domicilio procesal en (…), con domicilio electrónico en la casilla judicial Nro. (…); a Ud., respetuosamente, digo:

Señores Jueces Superiores, la presente demanda se dirige en contra de:

I.- DE LOS DEMANDADOS Y SU DIRECCIÓN DOMICILIARIA[2]
1.- MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, debidamente representado por su Ministro, Sr. (…), a quien se le deberá de notificar en (…).
2.- EJECUTOR COACTIVO DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, Sr. (…), a quien se le deberá de notificar en (…).

II.- EMPLAZAMIENTO
En defensa de los intereses del Estado, deberá de emplazarse con la presente demanda al PROCURADOR PÚBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO a quien se le deberá de notificar en (…).

III.- PETITORIO
Como pretensión principal, interpongo demanda de revisión judicial de procedimiento de ejecución coactiva contra los demandados para que se revise la legalidad y el cumplimiento de las normas aplicables para la iniciación y trámite del procedimiento de ejecución coactiva seguido a través del expediente Nro. 1909-2013[3].

IV.- FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- Mediante Resolución Nro. 03-2016-MTPE/4/11.01 de fecha 12 de diciembre de 2016, se resuelve TRABESE EMBARGO DEFINITIVO EN FORMA DE RETENCIÓN a la obligada Municipalidad de (…) por el monto de S/ 76,540.00 (Setenta y Seis Mil Quinientos Cuarenta Con 00/100 Soles) sobre los bienes, fondos y valores de propiedad en cuentas corrientes, depósitos, custodia y otros análogos, así como de los derechos de crédito que se encuentren en poder de terceros, tanto en moneda nacional como su equivalente en moneda extranjera.       
2.- Asimismo, mediante escrito 162423-2016 presentado el 19 de diciembre de 2016 donde el Banco de (…) informa la retención de S/. 76,540.00 a las cuentas corrientes de la Municipalidad de (…), sin señalar que dichas cuentas son de dominio público conforme lo señala el artículo 73 de la Constitución Política del Perú.  
3.- Por lo que señala que no basta que un procedimiento de ejecución coactiva se haya iniciado para poder interponer  demanda de revisión judicial, es indispensable que, previamente, se haya ordenado un embargo en cualquiera de las formas previstas en el artículo 33 de la Ley 26979.
4.- En consecuencia, señala que el Ejecutor coactivo no ha cumplido con cursar notificación a la Gerencia de Administración y Finanzas o las que haga sus veces, con la resolución que impone la multa a fin de que proceda con incluir en el presupuesto institucional del presente o próximo año.  
5.- No ha cumplido con el requerimiento a fin que la entidad edil cumpla con informar el número de cuenta de sentencias judiciales y depósitos; tampoco ha cumplido con determinar que las cuentas que ha procedido a embargar son de dominio privado; toda vez que conforme lo ha señalado el Tribunal Constitucional  en los expedientes N° 015-2001-AI/TC, N° 016-2001-AI/TC  y N° 004-2002-AI/TC.

V.- FUNDAMENTOS DE DERECHO
El Artículo 23 del Decreto Supremo 018-2008-JUS – TUO de la Ley 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva - establece que: “El procedimiento de ejecución coactiva puede ser sometido a un proceso que tenga por objeto exclusivamente la revisión judicial de la legalidad y cumplimiento de las normas previstas para su iniciación y trámite”.

(Indicar las demás normas que considere necesarias)

VI.- MONTO DEL PETITORIO
Debido a la naturaleza de la pretensión no es cuantificable en dinero.

VII.- MEDIOS DE PRUEBA
1.- El expediente Nro. 1909-2013 que contiene el procedimiento de ejecución coactiva materia de revisión en su inicio y trámite a través del proceso contencioso administrativo, para lo cual solicito se oficie su remisión en original o copias certificadas por parte de la demandada.
2.- (señalar los demás medios de prueba que considere necesarios, como por ejemplo, actos emitidos en el expediente de ejecución coactiva)
3.- (…)

VIII.- ANEXOS
1-A Copia del Documento Nacional de Identidad
1-B Copia de la Resolución de Alcaldía Nro. (…) que me designa como procurador público.
1-C (Anexar la prueba documental ofrecida como medios de prueba)

POR LO TANTO:
A UD. pido admitir a trámite la presente demanda.

PRIMERO OTROSI. Si bien no es requisito de la demanda, a la presente le corresponde la vía del proceso ordinario contencioso administrativo contenido en el artículo 27 del TUO de la Ley 27584.[4]

SEGUNDO OTROSI. Una vez admitida a trámite la presente demanda de revisión, solicito se declare la suspensión del procedimiento de ejecución coactiva, conforme lo indica el artículo 23.3 del D. S. 018-2008-JUS que indica “La sola presentación de la demanda de revisión judicial suspenderá automáticamente la tramitación del procedimiento de ejecución coactiva, únicamente en los casos de actos administrativos que contengan obligaciones de dar, hasta la emisión del correspondiente pronunciamiento de la Corte Superior, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 16, numeral 16.5 de la presente Ley.”

Ayacucho, 15 de noviembre de 2019.


(Firma del Demandante)
(Firma del Abogado del Demandante)



[1] La interposición de la demanda ante una sala contencioso administrativa se sustenta en lo indicado en el artículo 9 del Decreto Supremo 069-2003-EF que indica “Para efectos del proceso de revisión judicial previsto en el Artículo 23 de la Ley y normas reglamentarias, será competente la Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior respectiva, en el lugar donde se llevó a cabo el procedimiento de ejecución coactiva materia de revisión o la competente en el domicilio del obligado. En los lugares donde no exista Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo es competente la Sala Civil correspondiente y, en defecto de ésta, la que haga sus veces.
[2] El artículo 14.2 del D. S. 018-2008-JUS indica que “14.2 El Ejecutor Coactivo sólo podrá iniciar el procedimiento de ejecución coactiva cuando haya sido debidamente notificado el acto administrativo que sirve de título de ejecución, y siempre que no se encuentre pendiente de vencimiento el plazo para la interposición del recurso administrativo correspondiente y/o haya sido presentado por el Obligado dentro del mismo.” De esta norma podemos establecer que en este tipo de demanda, los demandados son necesariamente el Ejecutor Coactivo y la Entidad Pública.
[3] Este petitorio se realiza tomando en cuenta el artículo 23 del Decreto Supremo 018-2008-JUS que indica “El procedimiento de ejecución coactiva puede ser sometido a un proceso que tenga por objeto exclusivamente la revisión judicial de la legalidad y cumplimiento de las normas previstas para su iniciación y trámite para efectos de lo cual resultan de aplicación las disposiciones que se detallan a continuación: 23.1 El obligado, así como el tercero sobre el cual hubiera recaído la imputación de responsabilidad solidaria a que se refiere el artículo 18 de la presente Ley, están facultados para interponer demanda ante la Corte Superior, con la finalidad de que se lleve a cabo la revisión de la legalidad del procedimiento de ejecución coactiva, en cualquiera de los siguientes casos: a) Cuando iniciado un procedimiento de ejecución coactiva, se hubiera ordenado mediante embargo, la retención de bienes, valores y fondos en cuentas corrientes, depósitos, custodia y otros, así como los derechos de crédito de los cuales el obligado o el responsable solidario sea titular y que se encuentren en poder de terceros, así como cualquiera de las medidas cautelares previstas en el artículo 33 de la presente Ley. b) Después de concluido el procedimiento de ejecución coactiva, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles de notificada la resolución que pone fin al procedimiento.”
[4] El artículo 23.2 del Decreto Supremo 018-2008-JUS establece que “El proceso de revisión judicial será tramitado mediante el proceso contencioso administrativo de acuerdo al proceso sumarísimo previsto en el artículo 24 de la Ley que regula el proceso contencioso administrativo, sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones previstas en el presente artículo.” Sin embargo, actualmente, el TUO de la Ley 27584 – D. S. 011-2019-JUS – ya no contempla la vía procedimental sumarísima, sino dos vías procedimentales como serían la ordinaria y la urgente, debido a los requisitos especiales de esta última, se debe de adecuar la demanda de revisión al proceso ordinario previsto en el artículo 27 del TUO de la Ley 27584.

Ahora el word para que lo modifique:

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