MODELO DE DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO


MODELO DEMANDA RECONOCIMIENTO DE CONVIVENCIA. Se ofrece el modelo de una demanda de reconocimiento de unión de hecho, cuando uno de los convivientes ha fallecido y se hace necesario por parte del conviviente sobreviviente la declaración de unión de hecho para ejercer los derechos que le correspondan sobre los bienes comunes adquiridos dentro de la convivencia (Autor José María Pacori Cari)


Ahora, la explicación en vídeo del modelo y al final el word para que lo baje:



MODELO DE DEMANDA DE DECLARACIÓN DE UNIÓN DE HECHO

José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo

ÁREA: Derecho de Familia
LÍNEA: Unión de hecho

Se ofrece el modelo de una demanda de reconocimiento de unión de hecho, cuando uno de los convivientes ha fallecido y se hace necesario por parte del conviviente sobreviviente la declaración de unión de hecho para ejercer los derechos que le correspondan sobre los bienes comunes adquiridos dentro de la convivencia, lo mismo para acceder a una pensión de viudez o a la seguridad social en salud, recuerde que los convivientes, ambos deben de estar libres de impedimento matrimonial; en este caso siendo que la declaración de convivencia incide sobre derechos indisponibles, no sería posible recurrir a una conciliación previa, por cuanto la misma podría perjudicar a los demandados en estos procesos; por otro lado, es posible que esta declaración se haga ante notario, sin embargo, en este caso se refiere a un conviviente fallecido lo que obliga al inicio de un proceso judicial (Autor José María Pacori Cari)

Modelo de demanda civil de reconocimiento de unión de hecho

SECRETARIO JUDICIAL       :
EXPEDIENTE                 :
CUADERNO                 : PRINCIPAL
ESCRITO                      : 01-2020
SUMILLA                      : Demanda de Declaración de Unión de Hecho

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA

(Nombres y Apellidos del demandante, por ejemplo, ex conviviente sobreviviente), identificado con DNI (…), con domicilio real en (…), con domicilio procesal en (…) con domicilio electrónico en la casilla judicial Nro. (…); a Ud., respetuosamente, digo:

Siendo que la presente pretensión se refiere a la declaración de unión de hecho regulada en el artículo 326 del Código Civil que se encuentra en la Sección Segunda (Sociedad Conyugal) del Libro III (Derecho de Familia) del Código Civil, su despacho es competente por razón de la materia conforme al artículo 53, título “En materia civil”, literal a), de la LOPJ que indica: “Los Juzgados de Familia conocen: En materia civil: a) Las pretensiones relativas a las disposiciones generales del Derecho de Familia y a la sociedad conyugal, contenidas en las Secciones Primera y Segunda del Libro III del Código Civil y en el Capítulo X del Título I del Libro Tercero del Código de los Niños y Adolescentes.”

I.- DEL DEMANDADO Y SU DIRECCIÓN DOMICILIARIA
La presente demanda la dirijo en contra de:

1.- (Nombres y apellidos del demandado, por ejemplo, el hijo del conviviente fallecido), con dirección domiciliaria en (…)
2.- (Nombres y apellidos del demandado, por ejemplo, el hijo del conviviente fallecido), con dirección domiciliaria en (…)
3.- (Nombres y apellidos del demandado, por ejemplo, el hijo del conviviente fallecido), con dirección domiciliaria en (…)

II.- PETITORIO
Como pretensión principal, solicito se declare judicialmente la existencia de la unión de hecho entre la demandante Sra. (…) con el fallecido Sr. (…) desde (…) hasta (…); y como consecuencia:

Como primera pretensión accesoria, solicito se declare que durante la convivencia propia realizada en el periodo mencionado, las partes adquirieron el inmueble ubicado en (…), con Partida Registral número (…).

Como segunda pretensión accesoria, solicito se condene a la parte vencida al pago de las costas y costos del proceso.

III.- FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- La demandante sostuvo una convivencia con el fallecido Sr. (…), la cual se inició el (…) y terminó el (…) cuando este último falleció, sosteniendo aproximadamente una convivencia de casi (…) años.
2.- Como producto de esa relación procrearon tres hijos de nombres (…), quienes a la fecha son mayores de edad.
3.- Por otro lado, contraje matrimonio religioso el (…) en la parroquia (…) pero a pesar de ello nunca se formalizó nuestra unión mediante matrimonio civil por no considerarlo necesario debido a la sólida unión familiar, pero ahora que el padre de mis hijos falleció, se ha dado cuenta que requiere de la declaración de unión de hecho para poder realizar trámites civiles (seguro de salud, pensión).
4.- Finalmente, durante la convivencia adquirí los siguientes bienes inmuebles: (…)

(Esencialmente, como puntos controvertidos en este tipo de procesos se deberá de 1) determinar la existencia de la unión de hecho de los sujetos procesales, mediante una convivencia pública y notoria; 2) determinar si la demandante y el causante estuvieron libres de impedimento matrimonial durante el tiempo que se pretende la declaración judicial de unión de hecho; y, 3) establecer el periodo de convivencia habida entre la demandante y el causante indicando la fecha de inicio de la unión de hecho y de ser el caso su finalización.)

IV.- FUNDAMENTACION JURÍDICA
El artículo 5 de la Constitución Política del Estado indica “La unión estable de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, da lugar a una comunidad  de bienes sujeta al régimen de la sociedad de gananciales en cuanto sea aplicable”.
El artículo 326 del Código Civil señala: “La unión de hecho, voluntariamente realizada y mantenida por un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio, origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, en cuanto le fuere aplicable, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años continuos. La posesión constante de estado a partir de fecha aproximada puede probarse con cualquiera de los medios admitidos por la ley procesal, siempre que exista un principio de prueba escrita. La unión de hecho termina por muerte, ausencia, mutuo acuerdo o decisión unilateral. En este último caso, el juez puede conceder, a elección del abandonado, una cantidad de dinero por concepto de indemnización o una pensión de alimentos, además de los derechos que le correspondan de conformidad con el régimen de sociedad de gananciales. Tratándose de la unión de hecho que no reúna las condiciones señaladas en este artículo, el interesado tiene expedita, en su caso, la acción de enriquecimiento indebido. Las uniones de hecho que reúnan las condiciones señaladas en el presente artículo producen, respecto de sus miembros, derechos y deberes sucesorios, similares a los del matrimonio, por lo que las disposiciones contenidas en los artículos 725, 727, 730, 731, 732, 822, 823, 824 y 825 del Código Civil se aplican al integrante sobreviviente de la unión de hecho en los términos en que se aplicarían al cónyuge”.

V.- MONTO DEL PETITORIO
Debido a la naturaleza de la pretensión no es cuantificable en dinero.

VI.- MEDIOS PROBATORIOS
1.- Partidas de nacimiento pertenecientes a nuestros hijos (…) de las cuales se advierte que la hoy accionante y don (…) procrearon tres hijos, siendo que su primogénito nació el (…).
2.- Partida de defunción del señor (…) acaecido el (…).
3.- Constancia de matrimonio religioso emitido por el párroco de la parroquia (…) de la cual se observa que la accionante y el fallecido (…) contrajeron matrimonio religioso el (…).
4.- Partida Registral número (…) del inmueble ubicado en (…), adquirido con fecha (…) por la accionante y el fallecido.
5.- Constancia Negativa de inscripción de matrimonio perteneciente a la demandante, la cual refiere que a la fecha la referida no ostenta ningún registro de inscripción de matrimonio. 
6.- Constancia negativa de inscripción de matrimonio perteneciente al difunto (…), la cual señala que no ostentó ningún registro de inscripción de matrimonio.

(Puede ofrecer los demás medios de prueba que considere pertinentes, tales como declaración de parte, declaración de testigos, pericias, inspecciones judiciales o más documentos…)

VII.- ANEXOS
1-A Documento Nacional de Identidad
1-B Partidas de nacimiento pertenecientes a  (…).
1-C Partida de defunción del señor (…).
1-D Constancia de matrimonio religioso emitido por el párroco de la parroquia (…).
1-E Partida Registral número (…) del inmueble ubicado en (…).
1-F Constancia Negativa de inscripción de matrimonio perteneciente a la demandante. 
1-G Constancia negativa de inscripción de matrimonio perteneciente al difunto (…).
1-I (…adjuntar los demás documentos que haya ofrecido como medios de prueba)

POR LO EXPUESTO:
A UD. pido admitir a trámite la presente demanda.

PRIMERO OTROSI. Estando a la pretensión planteada a la presente le corresponde la vía del proceso de conocimiento, por cuanto al no tener esta pretensión vía procedimental propia es de aplicación el artículo 475, inciso 1 del Código Procesal Civil que indica: ““Se tramitan en proceso de conocimiento, ante los Juzgados Civiles, los asuntos contenciosos que: 1. No tengan una vía procedimental, no estén atribuidos por ley a otros órganos jurisdiccionales y, además, cuando por su naturaleza o complejidad de la pretensión, el Juez considere atendible su tramitación.”


Lima, 08 de febrero de 2020.

(Firma del demandante)
(Firma del abogado del demandante)

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