MODELO SOLICITUD REDUCCIÓN PENSIONES INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PRIVADO


MODELO SOLICITUD REDUCCIÓN PENSIONES INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PRIVADO. A pedido de nuestros lectores, ofrecemos el modelo de solicitud de pedido reducción de pensiones en los Institutos o Escuelas de Educación Superior Privados, teniendo en cuenta el sustento jurídico objetivo que posibilita este pedido (Autor José María Pacori Cari)


Ahora la explicación en vídeo del modelo y al final el word para que lo baje y modifique




MODELO DE SOLICITUD DE REDUCCIÓN DE PENSIÓN EN UN INSTITUTO O ESCUELA DE EDUCACIÓN SUPERIOR PRIVADO

José María Pacori Cari
Miembro del Colegio de Abogados de Arequipa en el Perú
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo

ÁREA: Derecho del Consumidor
LÍNEA: Servicio de Educación Superior

A pedido de nuestros lectores, ofrecemos el modelo de solicitud de pedido reducción de pensiones en los Institutos o Escuelas de Educación Superior Privados, teniendo en cuenta el sustento jurídico objetivo que posibilita este pedido (Autor José María Pacori Cari)

Modelo de escrito de reducción de pensiones mensuales en un Instituto o Escuela de Educación Superior Privado

SUMILLA: SOLICITO REDUCCIÓN DE PENSIÓN EN UN PORCENTAJE RAZONABLE Y PROPORCIONAL

SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE (…indicar el nombre del instituto o escuela de educación superior privado…)

(…nombres y apellidos del estudiante…), con Documento Nacional de Identidad Nro. (), con domicilio real en (…indicar donde vive…), en mi calidad de estudiante del Programa de Estudios (…indicar la denominación del programa al que pertenece…), señalando domicilio electrónico para notificaciones en (…indicar un correo electrónico donde desea que se le notifique…); a Ud., respetuosamente, digo:

Conforme al artículo 7, literal a) de la Ley 30512 – Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes - que establece “La Educación Superior se sustenta en los siguientes principios: a) Calidad educativa. Capacidad de la Educación Superior para adecuarse a las demandas del entorno y, a la vez, trabajar en una previsión de necesidades futuras, tomando en cuenta el entorno laboral, social, cultural y personal de los beneficiarios de manera inclusiva, asequible y accesible. Valora los resultados que alcanza la institución con el aprendizaje de los estudiantes y en el reconocimiento de estos por parte de su medio social, laboral y cultural.”

I. PETITORIO
Atento saludo a su persona la presente, que se le hará llegar a través de su correo institucional, es para solicitarle tenga a bien comunicarle a la Promotora se sirva disponer en el plazo de tres (3) días la reducción del pago de mi pensión mensual en un (…indicar el porcentaje que considere justo…) %, esto derivado del caso fortuito del estado de emergencia generado por la pandemia del coronavirus y la grave situación económica en la que me encuentro.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
1.- Soy estudiante de su (…instituto o escuela superior…), cursando estudios de manera regular sin demérito alguno.
2.- Es del caso que por un estado de emergencia sanitaria se ha dispuesto el aislamiento social por parte de todos los ciudadanos, siendo que ello ha generado la imposibilidad de asistir de manera presencial a las instalaciones de su representada, generándose la no prestación efectiva de los siguientes servicios:

Prestación
Presencial
Virtual
1. Ambientes de estudio y Auditorios
Sí (10%)
No (0%)
2. Docentes
Sí (10%)
Sí (10%)
3. Estacionamiento para autos, motos y bicicletas en el campus
Sí (10%)
No (0%)
4. Fotocopiadoras
Sí (10%)
No (0%)
5. Herramientas informáticas
Sí (10%)
No (0%)
6. Instalaciones deportivas
Sí (10%)
No (0%)
7. Laboratorios
Sí (10%)
No (0%)
8. Biblioteca
Sí (10%)
No (0%)
9. Servicios de Salud y Alimentación
Sí (10%)
No (0%)
10. Plataforma informática
Sí (10%)
Sí (10%)
Porcentajes
100%
20%

3.- Del cuadro que se ofrece se verifica, que del 100% de las prestaciones que se ofertaban con regularidad, actualmente se estaría prestando sólo el 20% de las mismas, situación que motivaría de manera necesaria la reducción de las pensiones que se pagan por los servicios que presencialmente prestaba su representada.
4.- Estando a lo anterior resulta de aplicación el artículo 1148 del Código Civil del Perú que indica:

“El obligado a la ejecución de un hecho debe cumplir la prestación en el plazo y modo pactados o, en su defecto, en los exigidos por la naturaleza de la obligación o las circunstancias del caso.” (El subrayado es mío)

5.- Esta norma resulta de aplicación por cuanto la prestación que se pactó fue por un servicio presencial, más no íntegramente virtual; sin embargo, es importante tener presente que esta situación de emergencia no es por culpa de su representada, por lo que resulta de aplicación el artículo 1153 del Código Civil del Perú que indica:

“El cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de la obligación de hacer, sin culpa del deudor, permite al acreedor optar por lo previsto en el artículo 1151, incisos 2, 3 ó 4.” (El subrayado es mío)

6.- Lo indicado nos remite a lo previsto en el artículo 1151, incisos 2, 3 y 4 del Código Civil que indica:

“El cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de la obligación de hacer por culpa del deudor, permite al acreedor adoptar cualquiera de las siguientes medidas: (…) 2.- Considerar no ejecutada la prestación, si resultase sin utilidad para él. 3.- Exigir al deudor la destrucción de lo hecho o destruirlo por cuenta de él, si le fuese perjudicial. 4.- Aceptar la prestación ejecutada, exigiendo que se reduzca la contraprestación, si la hubiere.” (El subrayado es mío)

7.- De esta manera, resulta evidente que se debe de proceder a la reducción de la pensión que se paga mensualmente en el entendido que no se viene prestando el 100% de las prestaciones que habitualmente se otorgaban.

POR LO EXPUESTO:
A Ud. pido dar a la presente el trámite que le corresponda comunicando este pedido a la Promotora, caso contrario me veré en la necesidad de recurrir al INDECOPI conforme al artículo 74.1, literal b) del Código de Protección y Defensa del Consumidor – Ley 29571 que indica: “Atendiendo a la especialidad de los productos y servicios educativos, el consumidor tiene derecho esencialmente a lo siguiente: (…) b. Que se le cobre la contraprestación económica correspondiente a la prestación de un servicio efectivamente prestado por el proveedor de servicios educativos.”

PRIMERO OTROSI. Estando al principio de autonomía de la voluntad y prohibición de abuso del derecho, manifiesto mi predisposición para llegar a un arreglo que beneficie a ambas partes sin perjudicarlas.

Lima, 29 de abril de 2020


(…firma del Estudiante, no es necesaria la firma de abogado…)

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