MODELO DE QUEJA POR DEFECTO DE TRAMITACIÓN POR NO RESPUESTA A SOLICITUD

MODELO DE QUEJA POR DEFECTO DE TRAMITACIÓN POR NO RESPUESTA A SOLICITUD. Con la finalidad que el superior en grado de la autoridad que debe de resolver enmiende su conducta y proceda a responder la solicitud (autor José María Pacori Cari). 


Ahora la explicación en vídeo del modelo


MODELO DE QUEJA POR DEFECTO DE TRAMITACIÓN POR NO RESPUESTA A SOLICITUD

 José María Pacori Cari

Maestro en Ciencias Políticas y Derecho Administrativo por la UNSA en el Perú

Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo

Área: Derecho Administrativo

Línea: Procedimiento Administrativo

En el Perú, cuando se presenta una escrito o solicitud a una entidad pública, se espera una respuesta escrita en el plazo previsto en la ley, generalmente, este plazo es de treinta (30) días hábiles; sin embargo, es posible que la solicitud presentada no sea resuelta en el plazo previsto en la ley, supuesto en el cual es posible presentar en el procedimiento administrativo una queja por defecto de tramitación con la finalidad que el superior en grado de la autoridad que debe de resolver enmienda su conducta y proceda a responder la solicitud (autor José María Pacori Cari)

Modelo de Queja por defecto de tramitación por infracción de plazos 

SUMILLA                   Presento Queja por Defecto de Tramitación

REFERENCIA           Solicitud de (…en caso de no saber el número de expediente administrativo, indicar el documento respecto del cual se ha infringido plazos administrativos…) 

SEÑOR (…indicar la denominación de la autoridad administrativa superior de la autoridad que es quejada, por ejemplo, Gerente de Relaciones Humanas de la SUNAT…) 

(…nombres y apellidos del administrado que presente la queja…), identificado con DNI (…), con domicilio real en (…); a Ud., respetuosamente, digo: 

I. EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO

Conforme al artículo 169 del TUO de la Ley 27444 – Decreto Supremo 004-2019-JUS, presento queja por defecto de tramitación por infracción del plazo legal de 30 días hábiles previsto en el artículo 39 del TUO de la Ley 27444 al no haberse dado respuesta escrita a mi solicitud de (…indicar la sumilla del escrito no atendido…) de fecha (…indicar la fecha de presentación del escrito…); y como consecuencia: 

1. Solicito se dicte medida correctiva de obligación de dar respuesta escrita a mi solicitud de fecha (…). 

2. Solicito se remite copia de los actuados a la Secretaría Técnica de procedimientos administrativos disciplinarios para que proceda conforme a sus atribuciones por presunta existencia de negligencia en el desempeño de funciones. 

Dentro de este contexto, conforme al artículo 169.2 del TUO de la Ley 27444 que indica “La queja se presenta ante el superior jerárquico de la autoridad que tramita el procedimiento, citándose el deber infringido y la norma que lo exige”; procedo a cumplir con los requisitos exigidos por ley. 

II. COMPETENCIA PARA CONOCER LA PRESENTE QUEJA

En el presente caso, mi solicitud de (…indicar la sumilla del escrito presentado…) se está tramitando ante (…indicar la denominación de la autoridad administrativa que tiene su escrito, por ejemplo, la División de Bienestar Social de la SUNAT…), siendo que conforme al organigrama de (…indicar la entidad pública donde se presenta la queja, por ejemplo, la SUNAT…) su superior en grado es (…indicar la autoridad administrativa superior a la autoridad que tiene el escrito, por ejemplo, la Gerencia de Relaciones Humanas de la SUNAT…). 

III. CITACIÓN DEL DEBER INFRINGIDO Y LA NORMA QUE LO EXIGE

El deber infringido es la no respuesta dentro del plazo legal a una solicitud presentada por el suscrito, siendo la norma que lo exige el artículo 86, inciso 6 del TUO de la Ley 27444 que indica “Son deberes de las autoridades respecto del procedimiento administrativo y de sus partícipes, los siguientes: […]  6. Resolver explícitamente todas las solicitudes presentadas, salvo en aquellos procedimientos de aprobación automática.” 

IV. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. Con fecha 10 de mayo de 2020, por mesa de partes virtual presente mi “Solicitud de Desplazamiento de Personal (…)”, por la que solicito (…). 

2. Por su parte, el artículo 39 del TUO de la Ley 27444 – Decreto Supremo 004-2019-JUS – establece que 

“El plazo que transcurra desde el inicio de un procedimiento administrativo de evaluación previa hasta que sea dictada la resolución respectiva, no puede exceder de treinta (30) días hábiles, salvo que por ley o decreto legislativo se establezcan procedimientos cuyo cumplimiento requiera una duración mayor”. 

3. Estando a la no respuesta a mi solicitud en el plazo legal de treinta (30) días hábiles, con fecha (…), presenté mi solicitud de información sobre la revisión de mi solicitud de ampliación, no recibiendo tampoco respuesta alguna. 

4. De esta manera, ha transcurrido por demás el plazo de treinta (30) días hábiles para dar respuesta a mi solicitud de (…), por lo que recurro en queja por defecto de tramitación para que se corrija el defecto de tramitación consistente en la infracción de plazos procedimentales. 

V. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

La presente queja por defecto de tramitación se sustenta en el artículo 169 del TUO de la Ley 27444 que indica 

“169.1 En cualquier momento, los administrados pueden formular queja contra los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos establecidos legalmente, incumplimiento de los deberes funcionales u omisión de trámites que deben ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto en la instancia respectiva. 169.2 La queja se presenta ante el superior jerárquico de la autoridad que tramita el procedimiento, citándose el deber infringido y la norma que lo exige. La autoridad superior resuelve la queja dentro de los tres días siguientes, previo traslado al quejado, a fin de que pueda presentar el informe que estime conveniente al día siguiente de solicitado. 169.3 En ningún caso se suspenderá la tramitación del procedimiento en que se haya presentado queja, y la resolución será irrecurrible. 169.4 La autoridad que conoce de la queja puede disponer motivadamente que otro funcionario de similar jerarquía al quejado, asuma el conocimiento del asunto. 169.5 En caso de declararse fundada la queja, se dictarán las medidas correctivas pertinentes respecto del procedimiento, y en la misma resolución se dispondrá el inicio de las actuaciones necesarias para sancionar al responsable.” 

VI. MEDIOS PROBATORIOS

1. “Solicitud de Desplazamiento de Personal (…)”, por la que solicito (…), no respondida hasta la actualidad.

2. Solicitud de información de fecha sobre la revisión de mi solicitud de (…), no recibiendo tampoco respuesta alguna. 

VII. ANEXOS

1-A Copia de mi Documento Nacional de Identidad.

1-B Copia de correo electrónico de “Solicitud de Desplazamiento de Personal (…)”.

1-C Copia del correo electrónico de Solicitud de información de fecha (…). 

POR LO EXPUESTO:

A Usted pido declarar fundada mi queja por defecto de tramitación. 

Lima, 31 de diciembre de 2020. 

(…firma del administrado que interpone la queja, no requiere firma de abogado…)

 

Acceda al escrito en el siguiente enlace

https://drive.google.com/file/d/1LF-iwzG0t1t6yKJARmztNoGGlKe_VDeA/view?usp=sharing

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