EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO

EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO. Las normas administrativas deben aplicarse e interpretarse conforme a la realidad (autor José María Pacori Cari). 

El Derecho Administrativo, in essentia, se sustenta en tres (3) principios fundamentales: interés público, legalidad y transparencia; sin embargo, estos tres (3) principios parten de la realidad que se relaciona con el caso concreto o con la realidad nacional, en efecto, atender el interés público sin tener en cuenta la realidad nacional no resulta razonable, la aplicación e interpretación de normas administrativas como consecuencia del principio de legalidad no puede obviar la realidad, la transparencia de las actuaciones de la Administración Pública se hace respecto de actos que se encuentran en la realidad por haber sido realizados por las entidades públicas, es así que la realidad se convierte en el inicio del Derecho Administrativo, desde que este Derecho no puede realizar actuaciones u omisiones que se alejen de la realidad, hacerlo implicaría contravenir la razonabilidad, acarreando la nulidad de los actos de la Administración Pública por imposibilidad física.

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