MODELO DE SOLICITUD DE INTERRUPCIÓN DE PROCESO JUDICIAL POR MOTIVOS DE SALUD
José María Pacori Cari
Maestro en Derecho por la Universidad Nacional de San Agustín en el Perú – Miembro de Pleno Derecho del Instituto Vasco de Derecho Procesal
Área Derecho Procesal
Línea Interrupción procesal
Es posible que se fije día y hora para una audiencia, sin embargo, una de las partes que debería de asistir no lo hace por motivos de salud, en este caso, corresponderá a la parte afectada solicitar la interrupción del proceso judicial para que se vuelva a fijar nueva fecha de audiencia (autor José María Pacori Cari)
Modelo de solicitud de interrupción judicial por motivos de salud
ESPECIALISTA […indicar nombres y apellidos…]
EXPEDIENTE […identificar el número de expediente…]
CUADERNO Principal
ESCRITO 01-2025
SUMILLA Solicitud de declaración de interrupción procesal
SEÑOR JUEZ […indicar la denominación del juzgado que tramita el proceso…]
GONZALO LEIVA, en el proceso constitucional de amparo contra resolución judicial que sigue en contra de Luis Alberto Lopez y otros; a Ud., respetuosamente, digo:
I. PETITORIO
Dentro del tercer día de cesado el hecho interruptivo, solicito se declare la interrupción del presente proceso disponiendo la ineficacia de los plazos procesales desde el 26-10-2025 al 27-10-2025, difiriendo la fecha de audiencia única fijada para el 26 de octubre de 2025 a horas 9.00 a.m. a través de su reprogramación.
II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Por Resolución once del 14 de julio de 2025 se dispuso la reprogramación de audiencia única para el día jueves 26 de octubre del año 2025 a horas 9.00 a.m.
2. Sin embargo, me fue imposible participar en la audiencia única programada por la ocurrencia de un hecho imprevisto como es la afectación a mi estado de salud producida por un lumbago, que me generó un descanso médico por dos (2) días del 26 al 27 de octubre de 2025.
3. De esta manera, corresponde acceder a mi pedido por haberse producido un hecho imprevisto que impidió mi asistencia a la audiencia única programada.
III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. La primera disposición final del Código Procesal Civil indica “Las disposiciones de este Código se aplican supletoriamente a los demás ordenamientos procesales, siempre que sean compatibles con su naturaleza”.
2. El artículo 317 del Código Procesal Civil indica “La declaración de interrupción tiene por efecto cortar el plazo o diferir el término para realizar un acto procesal, produciendo la ineficacia de la fracción del plazo o difiriendo el término transcurrido. La interrupción será declarada por el Juez en resolución inimpugnable, de oficio o a pedido de parte, sustentándola en la ocurrencia de un hecho imprevisto o que siendo previsible es inevitable. El plazo para solicitar la declaración de interrupción vence al tercer día de cesado el hecho interruptivo”.
IV. MEDIOS PROBATORIOS
1. Original de Certificado Médico que acredita mi diagnóstico de lumbago con indicación de dos (2) días de descanso del 26 al 27 de octubre de 2025.
2. Original de Receta Única Estandarizada que acredita el tratamiento dispuesto para la afectación de mi salud.
V. ANEXO
1-A Original de Certificado Médico.
1-B Original de Receta Única Estandarizada.
POR LO EXPUESTO
Pido a usted, señor juez, acceder a lo solicitado.
Chota, 31 de octubre de 2025
CORPORACION HIRAM
Servicios Legales
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José María Pacori Cari
Abogado
Maestro en Derecho

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